Chile, Litio

Continúa en Chile proceso legal contra adjudicación del litio

30/01/2022(Prensa Latina) Pese a recursos presentados por el Gobierno chileno para destrabar la paralizada adjudicación del litio a dos empresas privadas, continúa el proceso legal en protección de comunidades indígenas, informaron hoy medios locales.

El Ministerio de Minería comunicó el pasado 12 de enero que la empresa china BYD y la chilena Servicios y Operaciones Mineras del Norte obtuvieron los contratos de extracción de litio por 61 y 60 millones de dólares, respectivamente, con una cuota cada una de 80 mil toneladas del mineral, durante 20 años.

El ente aseguró en un comunicado que la entrada de ambas compañías en el mercado local del litio permitirá aumentar el dinamismo de la industria para que Chile recupere su posición en la escena mundial.

Dos días después la Corte de Apelaciones de Copiapó declaró admisible dos recursos de protección, dictó una orden de no innovar y suspendió el proceso de licitación de contratos de explotación, exploración y beneficio de litio.

El tribunal de alzada acogió así las solicitudes del gobernador regional de Atacama, Miguel Vargas, y de comunidades indígenas, recursos a los que se sumó el escrito presentado por un grupo de diputados de izquierda que solicitaron a la Contraloría (ente regulador) investigar el proceso por irregularidades en los procedimientos.

El pasado 21 de enero la Corte resolvió “No ha lugar” los recursos de reposición presentados por el Gobierno, continuando de esta forma con el proceso, lo que constituye un nuevo revés judicial para la administración de Sebastián Piñera, según destacó el periódico Cambio 21.

En opinión del ministro de Minería, Juan Carlos Jobet, la licitación “no afecta a comunidades porque no se han definido zonas geográficas”, lo que es contravenido tajantemente desde los argumentos de comunidades de Pueblos Indígenas, cuyas posiciones tendrán que enfrentarse en los respectivos alegatos judiciales.

Con cerca del 30 por ciento de la producción global y la mayor reserva mundial ubicada en el salar de Atacama, Chile integra junto a Argentina y Bolivia el denominado Triángulo del litio, que guarda más de la mitad de este “oro blanco” en salmuera.

La creciente industria de automóviles eléctricos, computadoras y celulares disparó el precio del mineral en un 500 por ciento en el último año, teniendo como principales mercados a China, Japón, Corea del Sur y Estados Unidos.

En opinión de Gonzalo Gutiérrez, académico de la universidad de Chile y coordinador de la “Red Litio y Salares: Ciencia y Futuro”, vender el litio como materia prima es un grave error, pues lo que se obtiene es muy poco pues las exportaciones de 2019 representaron solo unos 900 millones de dólares, la mitad de las de vinos y 35 veces menos que el cobre.

“Poner el litio en manos privadas es una bofetada al deseo de los chilenos de dejar atrás el extractivismo. Necesitamos un nuevo modelo de desarrollo que incorpore ciencia y tecnología”, apuntó Gutiérrez.
mgt/lpn
https://www.prensa-latina.cu/2022/01/30/continua-en-chile-proceso-legal-contra-adjudicacion-del-litio

Chile, Litio

Gobierno sufre nuevo revés en licitación del litio luego que la Corte de Apelaciones de Copiapó mantuviera orden de no innovar

La Segunda Sala del tribunal de alzada determinó no aceptar el recurso de reposición presentado por el Ejecutivo y que buscaba terminar con la orden de no innovar que detuvo el proceso de licitación del litio.
Hans Hansen –
30/01/2022
El Gobierno buscaba revertir la orden de no innovar decretada por la Corte de Apelaciones de Copiapó sobre el proceso de licitación del litio a través de un recurso de reposición, pero el tribunal de alzada dijo otra cosa y le dio un nuevo golpe al Ejecutivo que deberá esperar lo que dice el tribunal respecto del fondo de las acciones legales que detuvieron el concurso público.

Hay que consignar que el mismo tribunal acogió el pasado 14 de enero dos recursos de protección presentados por la Comunidad Indígena Colla Pai Ote y por el gobernador de Atacama, Miguel Varas, lo cual se hizo previo a la adjudicación de dos de las cinco cuotas que se ofrecían de explotación del litio que dio a conocer el Ministerio de Minería.

Como el tribunal dictó en esa oportunidad la orden de no innovar y se paralizó el proceso, el Gobierno presentó un recurso de reposición en el que se señala que no existen fundamentos sobre la ilegalidad del proceso de licitación, por lo que “resulta improcedente e impropio formular cuestionamientos basados en sensaciones o sentires que se alejan de la realidad”.

Incluso en la acción legal se indica que “mantener la suspensión en los términos que fuera decretada pueda asentar un peligroso precedente que pondrá en riesgo otras licitaciones”.

Sin embargo, la Primera Sala de la corte de alzada, integrada por su presidenta Marcela Ruth Araya, el fiscal judicial Carlos Meneses Coloma y el abogado integrante James Richards Garay, respondió con un fuerte y categórico “no ha lugar a la reposición, sin perjuicio de lo que se resuelva en su oportunidad acerca del fondo de asunto”.
https://www.infogate.cl/2022/01/30/gobierno-sufre-nuevo-reves-en-licitacion-del-litio-luego-que-la-corte-de-apelaciones-de-copiapo-mantuviera-orden-de-no-innovar/

Chile

Nueva Constitución: Rechazan iniciativa convencional que buscaba establecer estatuto constitucional de la minería

Propuesta buscaba conservar en la Nueva Constitución aquellos aspectos que han sido fundamentales para otorgar certeza jurídica y que han posibilitado en las últimas décadas un dinamismo sin precedentes para la minería chilena.
27/01/2022
Minería Chilena
Esta iniciativa convencional constituyente había sido presentada por los convencionales Rodrigo Álvarez, Rocío Cantuarias, Martín Arrau, Carol Bown, Katerine Montealegre, Margarita Letelier, Eduardo Cretton, Marcela Cubillos, Constanza Hube, Ruth Hurtado, Harry Jürgensen, Felipe Mena, Alfredo Moreno, Ricardo Neumann, Pablo Toloza y, Arturo Zúñiga.

En la propuesta se señalaba que, dada la enorme contribución de la minería tanto pública como privada al desarrollo y prosperidad del país, la que va mucho más allá de los recursos fiscales que genera, se propone en la propuesta de nueva Constitución conservar aquellos aspectos que han sido fundamentales para otorgar certeza jurídica y que han posibilitado en las últimas décadas un dinamismo sin precedentes para la minería chilena.

Es así como en concreto, se proponía lo siguiente:

Establecer, en primer lugar, que el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas. Lo anterior, sin perjuicio de la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre los terrenos en cuyas entrañas estuvieren situadas.
Consagrar a nivel constitucional que el Estado podrá otorgar a las personas naturales y jurídicas las concesiones mineras necesarias para explotar y explotar las sustancias minerales contenidas en las minas del dominio del Estado.
Mantener que la constitución y extinción de las concesiones sea por resolución judicial.
Reservar a una ley de alto quórum (aprobada por las 4/7 partes de los diputados y senadores en ejercicio) la determinación de las sustancias concesibles, la duración de las concesiones y las causales de extinción del dominio sobre las concesiones.
Se eleva a nivel constitucional que el régimen de amparo se traduce en el pago de una patente.
Consagrar el derecho de propiedad sobre la concesión minera y su protección vía recurso de protección.
https://www.mch.cl/2022/01/27/nueva-constitucion-rechazan-iniciativa-convencional-que-buscaba-establecer-estatuto-constitucional-de-la-mineria/

 

Chile

Concesiones mineras en territorios indígenas podrían ser anuladas

La Convención Constitucional aprobó en general los artículos transitorios que permiten revocar permisos de explotación minera y mega proyectos de generación eléctrica otorgados “sin consentimiento previo” de la comunidad.
28/01/2022
Minería Chilena

La Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional aprobó en general la propuesta de restitución de los territorios indígenas. En ésta se establece el mecanismo de saneamiento, catastro y restitución de tierra, y anula las concesiones para proyectos mineros y empresariales ubicados en territorios que pertenezcan a pueblos indígenas “sin consentimiento previo”.

Un artículo transitorio de la normativa indica “decrétese la nulidad de pleno derecho de todos aquellos permisos, autorizaciones o concesiones de exploración y explotación mineras, áridos, aguas, forestales, mega proyectos de generación eléctrica y cualesquiera otros del mismo tipo que recayeren sobre bienes naturales ubicados en territorios indígenas”.

Esta nulidad deberá decretarse, “cuando estos 10 permisos, autorizaciones o concesiones hayan sido otorgados o implementadas sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades indígenas del territorio o la debida consulta, por tratarse de actos vulneratorios de los derechos a la integridad de las tierras y territorios indígenas, de los derechos culturales y de supervivencia, y de la libre determinación y autonomía de los Pueblos y Naciones Preexistentes al Estado”.

La normativa también señala que “se evaluará un nuevo otorgamiento de estos permisos, autorizaciones o concesiones en un plazo no mayor a 2 años, después de los correspondientes procesos de consulta y consentimiento previo, libre e informado, de acuerdo a las normas en la materia y estándares internacionales aplicables, velando, en cualquier caso, en conjunto con las comunidades, por la preservación del territorio bajo los principios de solidaridad y equidad intergeneracional”.

Luego de ser votadas en general, los constituyentes podrán presentar indicaciones para pasar a su discusión en particular. Finalmente, pasará al Pleno, donde deberá ser ratificado para formar parte del borrador de la nueva Constitución.
https://www.mch.cl/2022/01/28/concesiones-mineras-en-territorios-indigenas-podrian-ser-anuladas/

Chile

Quintero- Puchuncaví: Ministros del Tribunal Ambiental visitan zonas clave para posible conciliación en demanda por reparación ambiental

La acción se produjo en el marco de la demanda por reparación de daño ambiental interpuesta por organizaciones civiles locales, a raíz de la llamada contaminación histórica de la zona.
20/01/2022
Los ministros del Segundo Tribunal Ambiental visitaron las comunas de Quintero y Puchuncaví, donde recorrieron, durante dos días, diversos puntos de interés para el proceso de conciliación impulsado por esta judicatura en el marco de la demanda por reparación de daño ambiental interpuesta por organizaciones civiles locales, a raíz de la llamada contaminación histórica de la zona.

La diligencia fue encabezada por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Cristián Delpiano y Cristián López y la ministra Daniella Sfeir quienes fueron acompañados por un equipo de profesionales del Tribunal, junto con representantes de los demandantes y demandados.

El recorrido del Tribunal incluyó las caletas de Horcón y Ventanas, el borde costero de Quintero y Puchuncaví, el estero Campiche, la ex escuela La Greda y el Santuario de la Naturaleza Las Petras.

“Hace unos años se presentó en nuestro Tribunal una demanda que tiene por objeto obtener la reparación por el daño ambiental, que distintos actores de la sociedad civil -incluyendo sindicatos de trabajadores del mar, pescadores, buzos mariscadores-, señalan haber sufrido durante todos estos años de actividad industrial en la zona de Quintero y Puchuncaví. Es a raíz de esa demanda, que se dirige contra 12 industrias emplazadas en el área y contra el Estado de Chile, representado por el Ministerio del Medio Ambiente, que el Tribunal está intentando un acercamiento entre las partes y durante este tiempo hemos estado conversando de buena fe entre las distintas partes de este conflicto, que sabemos que es un conflicto social que deriva de situaciones de contaminación ambiental ocurrida durante décadas”, explicó al respecto el ministro presidente del Tribunal, para luego detallar que “hemos planteado lo que se llama una conciliación, la cual contiene una batería de medidas que, si bien evidentemente desde el punto de vista del Tribunal no puede ser exhaustiva en cuanto a resolver todos los problemas existentes en el área, sí puede ayudar en la línea de revertir una tendencia, lograr mayores niveles de paz social y en ese sentido estamos haciendo este recorrido esta inspección con una visión de lograr esa conciliación en buenos términos”.
Objetivos y medidas

En relación con los objetivos que persigue el Tribunal al llevar a cabo el recorrido por la zona, el ministro Ruiz aclaró que “venimos a observar los territorios, cómo conviven con la actividad industrial, cuáles son las implicancias, hemos hablado con actores locales también en las caletas de Horcón y de Ventanas y eso evidentemente es información muy valiosa que a nosotros como jueces nos va a llevar a tomar una mejor decisión y en este caso, en aras a buscar un acuerdo entre las partes que siempre es la mejor salida para cualquier conflicto”.

Respecto de las medidas propuestas por el Segundo Tribunal Ambiental en las bases de conciliación, el ministro presidente destacó que si bien es cierto algunas tienen un perfil más técnico, pues procuran lograr, por ejemplo, una actualización tecnológica y que las actividades industriales que operan en Quintero- Puchuncaví tengan un estándar alto; también hay medidas que tienen características más ambientales, como reforestación, y otras que tienen como objeto mejorar la calidad de vida de las personas desde la perspectiva social.

“Si bien aquí hay muchos estudios creemos también necesario que se haga un análisis de riesgo de lo que significa este nivel de actividad industrial, sus implicancias, sus efectos, emisiones, efluentes, residuos que ermita evitar los tristes hechos ocurridos durante los últimos años”, agregó.

Finalmente, Ruiz recordó que, si las partes no alcanzan una conciliación, “evidentemente hay que retomar el juicio y ahí hay que abrir un largo término probatorio que nos llevará a concluir probablemente en un año si es que aquí hay daño ambiental y cuáles son las medidas para repararlo”.

“Nosotros esperamos que eso prospere y que llegado el momento en que nosotros les presentemos una versión definitiva -porque hoy día tenemos una versión preliminar de conciliación- sean la mayor, sino todas las partes las que suscriban esta conciliación de manera de sumarse todos a una nueva línea de acción que sea más bien mancomunada y no polarizada, no de acrecentar el conflicto, sino de revertir la tendencia que se ve ahora”, dijo.

Cabe recordar que en junio de 2021, el Segundo Tribunal Ambiental presentó a demandantes y demandados una propuesta de bases de conciliación, tras lo cual ha sostenido numerosas audiencias bilaterales con cada una de las partes a fin de aclarar sus dudas y atender comentarios respecto de la propuesta. En este marco es que el Tribunal resolvió decretar la inspección a fin de realizar una revisión en el territorio de las medidas contenidas en las bases propuestas.

La acción de demanda por daño ambiental fue presentada en julio de 2016 por el Sindicato de trabajadores independientes, pescadores artesanales, buzos mariscadores y ramas similares de Caleta Horcón y el Sindicato de trabajadores independientes, pescadores artesanales, buzos mariscadores y ramas similares de Caleta Ventanas, además de vecinos de ambas localidades de la Región de Valparaíso en contra de Codelco División Ventanas, Aes Gener S.A., Catamutún S.A., Puerto Ventanas S.A., Empresa Nacional de Electricidad S.A., GNL Quintero S.A., Empresas Copec S.A., Gasmar S.A., Oxiquim S.A., Petróleos, Asfaltos y Combustibles S.A., Melón S.A., Enap y del Ministerio del Medio Ambiente.
https://www.mch.cl/2022/01/20/quintero-puchuncavi-ministros-del-tribunal-ambiental-visitan-zonas-clave-para-posible-conciliacion-en-demanda-por-reparacion-ambiental/

Chile

Comisión de Medioambiente de la Convención aprueba en general anular concesiones mineras en territorios indígenas

La nulidad se produce «cuando estos permisos hayan sido otorgados o implementados sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades».
25/01/2022 Cecilia Román, Emol.
La Comisión de Medioambiente de la Convención Constitucional aprobó en general una norma que declara la nulidad «de todos aquellos permisos, autorizaciones o concesiones de exploración y explotación mineras, áridos, aguas, forestales, mega proyectos de generación eléctrica» que recaigan sobre bienes naturales «ubicados en territorios indígenas, cuando estos permisos, autorizaciones o concesiones hayan sido otorgados o implementadas sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades indígenas del territorio o la debida consulta».

La iniciativa es una propuesta de artículo transitorio para la nueva Constitución, promovida por los convencionales del pueblo mapuche Natividad Llanquileo, Victorino Antilef y la machi Francisca Linconao, pero tiene las firmas de otros cuatro escaños reservados, dos integrantes de Chile Digno y otros independientes. En la comisión, se visó con 11 votos a favor, seis en contra de Jorge Abarca (INN), Rodrigo Álvarez (UDI) Trinidad Castillo (Colectivo Socialista), Bernardo Fontaine (RN), Pablo Toloza (UDI), Roberto Vega(RN), y dos abstenciones de Juan José Martin (INN)y Carolina Sepúlveda (INN).

Los permisos decretados como nulos se reevaluarán en un plazo «no mayor a dos años», y después de los «correspondientes procesos de consulta y consentimiento previo, libre e informado, de acuerdo a las normas en la materia y estándares internacionales aplicables, velando, en cualquier caso, en conjunto con las comunidades, por la preservación del territorio bajo los principios de solidaridad y equidad intergeneracional». La comisión de saneamiento, catastro y restitución Otro de los artículos transitorios que propone la norma y se aprobó es uno que establece la creación y el financiamiento por parte del Estado de una comisión encargada de desarrollar las bases de una «política de saneamiento, catastro y restitución de las tierras, aguas, territorios indígenas históricos y espacios sagrados».

Esta deberá constituirse dentro de los primeros cinco meses posteriores a la entrada en vigencia de la Constitución, tendrá representación «proporcional todos los pueblos y naciones preexistentes al Estado» y su función será informar al Gobierno sobre las demandas de restitución de tierras que cuenten con informe de factibilidad aprobado por la actual Conadi, pendiente de ejecución, «para que en el plazo de 8 meses se concluya su adquisición». El texto establece que «aquellas tierras indígenas históricas catastradas que estén en posesión del Fisco, serán transferidas a título gratuito a las comunidades indígenas respectivas dentro de un plazo máximo de dos años, una vez que presenten solicitud ante el organismo correspondiente designado por la Comisión a que hace referencia este artículo». La base de esta política tendrá que priorizar «preferencia y urgencia a la restitución de tierras que cuenten con espacios sagrados o de significación cultural». Este se aprobó con 13 votos a favor, cuatro votos en contra de Roberto Vega, Bernardo Fontaine, Rodrigo Álvarez y Pablo Toloza; más una abstención de Trinidad Castillo. Con esta aprobación, la norma queda habilitada para avanzar hacia la discusión en particular, lo que permitirá que se le ingresen indicaciones. De ser aprobada en esa instancia nuevamente, pasa al pleno de la Convención, donde necesitará de 2/3 de los constituyentes para integrar el proyecto de nueva Constitución.
Fuente: Emol.com – https://www.emol.com/noticias/Nacional/2022/01/25/1044913/comision-medioambiente-restitucion-tierras-permisos.html

Chile

Primer Tribunal Ambiental decreta visita inspectiva a Cerro Colorado

La diligencia judicial se efectuará este lunes 31 de enero y estará a cargo de la ministra presidenta del Primer Tribunal Ambiental, Sandra Álvarez Torres.
21/01/2022
En el marco de la solicitud de alzamiento de la medida cautelar determinada por el Primer Tribunal Ambiental, que prohíbe a la Minera Cerro Colorado la extracción de agua del acuífero Lagunillas por el nivel de incertidumbre existente respecto a la condición del lugar, el órgano jurisdiccional decretó la visita inspectiva al sistema lacustre de Lagunillas.

La medida fue anunciada por el tribunal luego de la audiencia de revisión que se efectuó, en la que los abogados de la empresa y del demandante entregaron nuevos antecedentes a los ministros.

La diligencia judicial se efectuará este lunes 31 de enero y estará a cargo de la ministra presidenta del Primer Tribunal Ambiental, Sandra Álvarez Torres, quien junto al ministro en ciencias, Cristián López Montecinos y asesores jurídicos y en ciencias del organismo, serán los encargados de recabar los antecedentes necesarios para decidir si se acoge la solicitud de alzamiento de la medida cautelar, se mantiene o se modifica.

Además, se solicitó la presencia de funcionarios de la Dirección General de Aguas (DGA), y del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
Causa

Esta visita inspectiva se enmarca dentro de la demanda por daño ambiental efectuada ante el tribunal por Luis Jara Alarcón, en contra de la Compañía Minera Cerro Colorado por el eventual daño ambiental al acuífero Lagunillas por la extracción de agua realizada por la minera con fines productivos.
https://www.mch.cl/2022/01/21/primer-tribunal-ambiental-decreta-visita-inspectiva-a-cerro-colorado/

Chile

Balance Medioambiente 2021: Cobre es el sector que más electricidad consume en el país

Así lo señala el reporte del Ministerio del ramo, donde también se da a conocer la evolución de la oferta total de energía primaria y la participación de las energías renovables en el consumo final total de energía.
18/01/2022
Minería Chilena
El consumo de energía final en Chile llegó a 2019 a 301.629 teracalorías, donde el sector industrial y minero se llevan el 38%, seguido por el transporte, con 37%, según indica el Sexto Reporte del Estado del Medio Ambiente, publicado por el Ministerio del ramo, en que se dan a conocer 130 indicadores de desempeño ambiental.
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La minería del cobre es una de las principales demandantes energética del país, llevándose por sí sola el 13,7%, siendo también el sector productivo más electrificado, pues cerca del 60% de su consumo es con energía eléctrica, seguida de petróleo diésel, gas natural y petróleo combustible.

Otros sectores que tienen el segundo mayor consumo eléctrico para sus procesos productivos, con alrededor del 40% son industrias varias y el sector energético de auto consumo. Después viene el sector comercial, público y residencial y el de papel y celulosa.
Energía

El balance del Ministerio también aborda la participación de las energías renovables en el consumo final de energía, señalando que se ha mantenido estable desde 2010: «La proporción de energías renovables en el consumo final total alcanza su mayor valor el año 2014, representando un 23,2% del consumo final total. Luego, se observa un decaimiento para los años 2015 y 2016, para posteriormente el 2017 y 2018 experimentar un alza, alcanzando un 22,2% y 23% . El año 2019, el porcentaje de participación equivale a 22,2% donde los tipos energéticos predominantes son biomasa (13%) y energía hídrica (1,8%)».

Además, el documento indica que la oferta total de energía primaria en 2019 llegó a 345.647 Teracalorías (TCal), cifra encabezada por el petróleo y sus derivados, seguida por la biomasa y el carbón.

«Por otro lado, la energía eólica y solar presentan un incremento desde el 2013, en el cual se ofertó 333 TCal a partir de energía eólica, y 5 TCal de energía solar, mientras que para el 2019 la energía eólica cuenta con 4.210 TCal y la energía solar con 5.519 TCal, sin embargo, la participación de estas energías en la oferta total es solo de un 3% al 2019», se precisa.
https://www.mch.cl/2022/01/18/balance-medioambiente-2021-cobre-es-el-sector-que-mas-electricidad-consume-en-el-pais/

Chile, Litio

La discusión olvidada del litio: informe describe los problemas que SQM ha causado al pueblo lickanantay

Joaquín Riffo B.18/01/2022
Protestas de las comunidades lickanantay en el contexto de la firma de acuerdos CORFO-SQM, enero 2018
INTERFERENCIA conversó con Marcel Dieder, abogado del Observatorio Ciudadano, quienes evacuaron un estudio que da cuenta de cómo la explotación del litio -en este caso de una empresa que no ganó la reciente licitación- afecta los derechos de los pueblos indígenas aledaños a los salares.

Tras la resolución de la Corte de Apelaciones de Copiapó de suspender el proceso de licitación del litio tras dos recursos presentados, tanto por el gobernador regional de Atacama, Miguel Vargas, como por integrantes de diversos pueblos originarios, la discusión pública sobre el proceso que llevó a cabo el gobierno también está considerando otros elementos que no fueron tenidos en cuenta en un primer término por los distintos actores que se enfrentaron en ella.

En particular se trata de los efectos que esta industria sobre pueblos indígenas. En cuanto al segundo recurso presentado, este fue presentado el 12 de enero “en favor de la comunidad Colla Pai Ote y en favor de todas aquellas personas y comunidades indígenas que habitan los territorios en cuestión” y plantea que “esta licitación, tal como está diseñada, afectará a las personas en cuyo favor se recurre, pues la licitación no tiene límite geográfico dentro del territorio de Chile, y por ende, puede ser invocada en cualquier territorio donde exista litio, sean los salares de Atacama (Atacama), Maricunga (Copiapó), Coipasa, Salar del Huasco (Tarapacá), u otros”, donde se hace alusión a que en el proceso se vulneró el artículo 7 del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas, “por no haberse completado la consulta indígena a que obliga el derecho nacional e internacional, de acuerdo al petitorio”. De tal modo, los argumentos van más allá sobre la mera temporalidad del concurso o quiénes pudiesen resultar ganadores.

El trabajo tuvo por objeto realizar una identificación y evaluación de los impactos que la empresa SQM ha generado en los derechos humanos del pueblo lickanantay o atacameño que habita en la Provincia del Loa, en la región de Antofagasta.
En efecto, la acción legal presentada por Ariel León Bacián, de los pueblos aymará-quechua; Nancy Piñones, del pueblo aymará; Verónica Henríquez, del pueblo mapuche; Esteban Araya, del pueblo lickanantay o atacameño; Rafael Tuki, del pueblo rapa nui; y Ercilla Araya, presidenta de la comunidad indígena colla Pai Ote, encuentra un correlato cercano en la “Evaluación de Impactos en Derechos Humanos de SQM en los Derechos del Pueblo Indígena Lickanantay” (ver la publicación completa aquí), un estudio de febrero de 2021 y presentado en agosto de ese año en donde se evidencia cómo la compañía chilena ha afectado los derechos del pueblo atacameño en su ejercicio de explotación del litio.

INTERFERENCIA se comunicó con uno de los autores, el abogado Marcel Diedier del Observatorio Ciudadano para conocer más detalles de cómo se ve en perspectiva la publicación a la luz del concurso público que se ha tomado la agenda durante las últimas semanas. Esto, pese a que SQM no ganó este concurso, pero cuyo actuar sirve de proxy de la industria.

La publicación fue financiada por la Fundación Heinrich Böll Cono Sur y contó con el apoyo del Consejo de Pueblos Atacameños, organización que agrupa a las comunidades lickanantay o atacameñas de Atacama la Alta, donde se encuentra el Salar de Atacama donde SQM desarrolla sus operaciones, así como con el involucramiento de las comunidades del Salar que integran este pueblo.

Sin consulta indígena y en plena escasez hídrica

Según su propia definición, el trabajo tuvo por objeto realizar una identificación y evaluación de los impactos que la empresa SQM ha generado en los derechos humanos del pueblo lickanantay o atacameño que habita en la Provincia del Loa, en la Región de Antofagasta.

Para su realización se utilizó como referencia la guía metodológica Todo Derecho para evaluaciones de impacto en los derechos humanos basadas en la comunidad, que ha sido elaborada por OXFAM y la Federación Internacional de Derechos Humanos-FIDH en 2011 y utilizada desde entonces por muchas comunidades afectadas en sus derechos por empresas en todo el mundo.

Se trata de una metodología que busca proveer de herramientas a las comunidades y a las organizaciones de la sociedad civil para medir el impacto real o potencial de un proyecto de inversión sobre los derechos humanos.

En conversación con este medio, Dieder explicó que “hemos hecho dos publicaciones en territorio lickanantay, que son las evaluaciones de impacto en derechos humanos. Nosotros hicimos una en lo que se denomina el “triángulo del litio” entonces indagamos qué empresas trabajan en Argentina, Bolivia y Chile, y cuáles han sido las comunidades que han sido impactadas. En el caso de suelo chileno, en particular el trabajo se hizo en base a las dos principales empresas que explotan el mineral en suelo chileno que son Albemarle y SQM. Pero además, el documento desarrolla las responsabilidades en primer parte del Estado de Chile pero también otros países involucrados que tienen inversiones en empresas de litio como China y Canadá”.

SQM proyecta para los próximos años la ampliación de su planta de carbonato en el Salar de Atacama para producir 180.000 toneladas por año por USD $450 millones. Lo anterior, además de ampliar sus operaciones en el Salar del Carmen con una inversión de USD $180 millones.
Según el estudio, la realización de este trabajo estuvo motivada por las múltiples denuncias que durante los últimos años han venido formulando tanto el Consejo de Pueblos Atacameños como las comunidades de la cuenca del Salar de Atacama por las que consideran como graves afectaciones por parte de esta empresa a los derechos que les han sido reconocidos a los pueblos indígenas tanto en el derecho nacional como internacional.

Tales denuncias adquieren mayor gravedad teniendo presente que el 2018 Corfo celebró con SQM nuevos contratos que le permitirán seguir desarrollando sus operaciones en el Salar de Atacama hasta el año 2030, aumentando significativamente el volumen de extracciones de litio y, por lo mismo, sus impactos en las comunidades atacameñas aledañas y en el ecosistema de dicho Salar.

A ello se suma el hecho de que SQM proyecta para los próximos años la ampliación de su planta de carbonato en el Salar de Atacama para producir 180.000 toneladas por año por USD $450 millones. Lo anterior, además de ampliar sus operaciones en el Salar del Carmen con una inversión de USD $180 millones, según informó Cochilco.

Consultado sobre si en su percepción ha quedado fuera de la discusión pública sobre la licitación el impacto que tiene la industria del litio en las comunidades, en el entendido de que la conversación se ha centrado más sobre el recurso y su adjudicación, Dieder opina que “lo que ha faltado en el discurso es mencionar a los afectados. He escuchado hablar de comunidades, pero ni siquiera al pueblo lickanantay, entonces eso es bastante grave. Uno está escuchando sobre si lo explota una empresa pública o una privada, si hay una Empresa Nacional del Litio o no, pero en ningún momento se hace mención a la participación de las comunidades que dentro de sus territorios se están viendo afectados”.

En esa línea, el abogado describió que “entre las cosas que me ha llamado la atención en el discurso de las distintas fuerzas políticas es cómo la oposición le impugna al actual gobierno de que esto se hizo rápidamente e incluso han presentado recursos de protección que han resultado inadmisibles. Y en ese sentido, para mí es inadmisible que la oposición no considere que esto viene desde marzo de 2021, con un hito en junio del año pasado y la licitación la conocemos como tal en octubre. El Consejo de Pueblos Atacameños también interpuso un recurso de protección pero dentro del plazo porque estaban pendientes de lo que ocurre en su territorio, entonces llama la atención que los bloques del Congreso realicen estas acciones a último momento cuando esto se pudo haber frenado con mucha anterioridad y no la última semana”.

En cuanto a la afectación del territorio por las empresas SQM y Albemarle, que fueron consideradas en el estudio, y el hecho de que ambas hayan quedado fuera de los beneficiados que anunció el gobierno en su momento, Dieder explicó que “hay una falta de consulta de todas las empresas que están trabajando hoy en el Salar de Atacama. No hay ningún proyecto que haya sido sometido a la consulta indígena. Eso es un asunto también bastante grave por el impacto que se genera porque tanto Albemarle como SQM se encuentran dentro de las empresas que producen más litio a nivel mundial, entonces es increíble que compañías de esa envergadura, que obviamente tienen que cumplir con determinados estándares a nivel internacional para poder operar, no cumplan ni siquiera con la consulta indígena”.

“Uno está escuchando sobre si lo explota una empresa pública o una privada, si hay una Empresa Nacional del Litio o no, pero en ningún momento se hace mención a la participación de las comunidades que dentro de sus territorios se están viendo afectados”
Así, según el jurista, “desde las empresas, uno podría escuchar que esto entró en vigencia de forma posterior, en relación a la vigencia del Convenio 169, pero bien sabemos que los últimos convenios han sido cuando el 169 ya estaba en vigencia, lo que da cuenta de los derechos que están siendo afectados”.

A juicio de uno de los autores del informe “acá uno de los temas más importantes es el agua. En la ley indígena también hay una regulación particular al respecto en los artículos 63 y 64 que establece una especial protección de las aguas que les pertenecen a los pueblos del norte de Chile. En un contexto de escasez, esta explotación que han tenido SQM y Albemarle que durante décadas extrajeron litio sin que hubiese una fiscalización, cuando no existía una institucionalidad ambiental como la que existe actualmente. Recién en 2010 con distintas leyes y la creación de algunas instituciones como el Servicio de Evaluación Ambiental recién se iniciaron las primeras fiscalizaciones a todo tipo de empresa. Y cuando se fiscaliza a SQM, la autoridad administrativa se da cuenta que está incumpliendo su RCA para producir y explotar litio, por lo que se inició un proceso sancionatorio. Y ahí se pudo dar cuenta que se extrajeron más cuotas de salmuera que lo que estaba concedido en el permiso, y ese es un proceso que se encuentra abierto”.

Didier sostiene que “los pueblos atacameños siempre han defendido que la extracción de salmuera es directamente la extracción de agua, que está combinada con determinadas sales y químicos. Y si a eso se le suma la extracción que han tenido SQM, Albemarle, Minera Escondida y Minera Zaldívar que son las cuatro que operan en el Salar de Atacama, juntan casi 4 mil litros de agua por segundo. Es decir, una cifra muy elevada para la escasez de agua que hay en el norte”.

Otro punto a abordar fue la incertidumbre que generó en las comunidades el hecho de que la licitación no especificara en qué lugar se iba a hacer la exploración y extracción de litio. Al respecto, el abogado manifestó que “estimo que el gobierno no hizo las consultas pertinentes porque cómo la licitación estaba abierta a todos los salares del norte de Chile se podrían ver eventualmente afectados distintos pueblos. Entonces era difícil determinar a quién había que consultar, pero obviamente esto deja en suspenso y en una situación de mucha incertidumbre a las comunidades que están en esos territorios respecto de lo que va a ocurrir. Inicialmente, cómo estaban estas 400 mil toneladas si uno va sacando la cuenta de la disponibilidad que tiene cada salar, inevitablemente se tendría que haber tocado el Salar de Atacama. Y si ya sabemos que está con un estrés hídrico, ahí está el peligro, y la posibilidad de que el salar sea explotado ahora por nuevas empresas”.
https://interferencia.cl/articulos/la-discusion-olvidada-del-litio-informe-describe-los-problemas-que-sqm-ha-causado-al

Chile, Litio

¿Un estado de bienestar hecho de litio y cobre?

Alejandra Mancilla 18/01/2022
Cuando los noruegos descubrieron petróleo costa afuera, a fines de los años sesenta del pasado siglo, lo usaron para construir uno de los estados de bienestar más generosos del mundo. Ante la demanda disparada de litio y cobre que se espera a nivel mundial en las próximas décadas, es tentador pensar que Chile podría hacer lo propio si el Estado aprovecha la riqueza derivada de estos. Sin embargo, hay importantes diferencias entre ambos casos. Más que a un estado de bienestar, quizás a lo que debiéramos aspirar en el siglo XXI es a un estado de “buen vivir”.

Lykkeland (Tierra de felicidad) es una popular serie del canal público noruego NRK que cuenta la historia de cómo, en pleno boom petrolero a nivel mundial, se descubrió unos de los mayores pozos de petróleo en el Mar del Norte en los años sesenta del pasado siglo, y de cómo los noruegos decidieron que este sería el motor principal de desarrollo y prosperidad a mediano y largo plazo.

Si fueron empresas privadas como Philips las que iniciaron la prospección y explotación, ya que contaban con la tecnología y el know-how, rápidamente el Estado noruego fundó su propia empresa, Statoil (hoy Equinor, de capitales mixtos), y comenzó a usar los ingresos del petróleo para financiar un estado de bienestar que está entre los más exitosos de Europa. En 1990, además, el Parlamento estableció el Fondo de Pensiones noruego con los excedentes de riqueza derivados de la extracción del mineral, constituidos principalmente por los impuestos a las empresas petroleras (¡78 por ciento!), pagos de licencias para exploración, y dividendos de la empresa estatal –que hoy cuenta con un 33 por ciento de participación de privados–.

A junio de 2021, el “Fondo del Petróleo” era uno de los más ricos del mundo, tanto que alcanzaba para repartirle unos 200 millones de pesos a cada ciudadano. Constituido solo con inversiones extranjeras, su objetivo es proteger a la economía de los cambios bruscos en los ingresos derivados del petróleo y ser una reserva financiera para las generaciones presentes y futuras –sobre todo considerando que los años dorados del oro negro ya pasaron, y que su extracción irá en descenso en las próximas décadas–. Como se resume en su página web, el fondo busca “asegurar que ocuparemos nuestro dinero de manera responsable, pensando a largo plazo, y que aseguraremos el futuro de la economía noruega”. Noruega se convirtió, en breve, en un estado de bienestar hecho de petróleo.

En su reporte de 2021, titulado “El rol de minerales críticos en las transiciones a energías limpias”, la Agencia Internacional de Energía estima que, si los países se esfuerzan por cumplir con el Acuerdo de París, la demanda de minerales necesarios para la construcción de energías limpias se cuadruplicará de aquí al 2040, principalmente para la construcción de vehículos y baterías eléctricas. La demanda de litio aumentará 40 veces según el reporte. Se estima que la construcción de nuevas líneas eléctricas, en tanto, hará aumentar la demanda de cobre a más del doble. Chile es el primer productor mundial de cobre y posee las mayores reservas a nivel mundial, mientras que es el segundo productor mundial de litio y cuenta con la mitad de las reservas mundiales. La pregunta obvia, entonces, es: ¿podría convertirse Chile en un estado de bienestar hecho de litio y cobre?

Desde 2007, Chile cuenta con un Fondo de Estabilización Económica y Social (FEES), formado a partir de los ingresos del cobre, cuyo fin es financiar déficits fiscales y amortizar la deuda pública. Desde 2006, además, existe el Fondo de Reserva de Pensiones, a través del cual el fisco financia las obligaciones previsionales hacia los más desposeídos. Fue a esos fondos soberanos a los que el Gobierno recurrió durante la pandemia, para financiar la ayuda social entregada a familias y pymes.

En un contexto donde el Presidente electo aspira a dar una mejor calidad de vida a toda la población –y debe buscar los medios para hacerlo–, y donde la Convención Constitucional tiene entre sus misiones fundamentales repensar el marco normativo para ciertos recursos naturales clave, es tentador pensar que las arcas fiscales podrían seguir llenándose y creciendo si, como país, trazamos una estrategia para la explotación del litio (y revisamos la del cobre) –así como Noruega trazó la suya para el petróleo–.

Hay, sin embargo, al menos tres diferencias importantes que no hacen fácil simplemente trasponer la experiencia escandinava a Chile. Estas diferencias, a mi juicio, deberían llevar a nuestro país por un camino propio en lo que se refiere a la explotación de minerales en su territorio.

En primer lugar, mientras el petróleo noruego se ubica costa afuera y su explotación no afecta directamente a poblaciones humanas, las externalidades negativas que genera la gran minería sobre las comunidades circundantes están bien documentadas. Estos costos tienen que tomarse en cuenta si el camino que se quiere seguir –como sugirió en una entrevista reciente el ministro de Energía, Juan Carlos Jobet– es convertirse en el primer productor mundial de litio. La voz y el voto de quienes se ven más afectados por la industria debería ser así una consideración fundamental a la hora de normar su extracción (lo que han sugerido José Aylwin y Marcel Didier en una columna en este medio).

En segundo lugar, cuando Noruega comenzó a extraer petróleo en los años sesenta del siglo pasado, el cambio climático generado por el uso de combustibles fósiles no era tema aún, y los derrames de petróleo eran considerados daños colaterales, si bien con el tiempo las regulaciones ambientales fueron haciéndose más estrictas. En la actualidad, cuando ya no es posible escudarse en la ignorancia de sus efectos, unos de los temas de debate recurrente en ese país es si es éticamente aceptable seguir extrayendo petróleo y haciendo nuevas prospecciones. Algunos incluso han sugerido que se debiera compensar a quienes salen dañados por dicha extracción; por ejemplo, a los habitantes de países cuyas costas serán inundadas por el aumento en el nivel del mar, causado por el cambio climático antropogénico.

En el caso de las energías llamadas “limpias”, en cambio, ya sabemos que su “limpieza” se mide en término de emisiones directas de CO2, pero la evaluación se complica si se consideran los costos ambientales de extraer los materiales que se necesitan para producirlas. En el caso del cobre, el sobreúso de agua para los procesos de producción y la contaminación provocada por los relaves son solo dos ejemplos. En el caso del litio, este se encuentra en salares ubicados en las cercanías de parques nacionales. Extraerlo requiere perforar dichos salares y luego evaporar el agua contenida en la salmuera, lo que se hace en piscinas de evaporación de hasta un millón de metros cuadrados (el equivalente a unas 150 canchas de fútbol profesional). Otras tecnologías para extraerlo usan ácido clorhídrico e hidróxido de sodio (soda cáustica) y requieren reinyección de salmuera al salar. En suma, de minería verde, poco.

Por último, y conectado con los dos puntos anteriores, cabe preguntarse si el modelo de estado de bienestar noruego desarrollado a partir de la explotación de un recurso natural puede replicarse en el siglo XXI, y si es deseable de replicar. Mientras los estados de bienestar del siglo XX fueron de la mano de la Gran Aceleración económica posterior a la Segunda Guerra Mundial y se basaron en la premisa de crecimiento económico infinito y en el aumento exponencial en la explotación de la naturaleza, hoy se ha hecho obvio lo problemático de esto. En este contexto, en lugar de correr para satisfacer la demanda de litio o de cobre antes que otros, los chilenos tenemos la oportunidad de preguntarnos antes qué tipo de sociedad queremos, en qué relación con la naturaleza y a qué costo. Quizás, en lugar de un estado de “bienestar” medido por índices económicos estrechos, valdría más la pena enfocarse en construir un estado de “buen vivir” (como ya lo han hecho, al menos en el papel, Bolivia y Ecuador), tomando en serio la necesidad de transitar a otro modelo social, ético, político y económico.

Con una nueva Constitución ad portas y un nuevo Gobierno que ha reconocido al menos en principio la necesidad de hacerse estas preguntas más de fondo, lo que está claro es que estamos en un punto de inflexión, y que tenemos una oportunidad única para sacudir la inercia y convertirnos en un ejemplo de cómo podrían hacerse las cosas de otra manera: con una mirada de Estado de largo plazo, que integre a actores públicos, privados y civiles, y que no dependa de los gobiernos de turno, sino que se mantenga por sobre las alternancias de poder.
https://www.elmostrador.cl/opinion-newsletter/2022/01/18/un-estado-de-bienestar-hecho-de-litio-y-cobre/