Perú

Los fallidos intentos de las mineras para debilitar la fiscalización ambiental

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional, que declara infundada la demanda interpuesta por Cerro Verde, cierra la controversia de las mineras que rechazaban pagar el aporte por regulación al OEFA. El abogado especializado en materia ambiental analiza el historial de medidas que las compañías impulsaron para evitar ese pago en los últimos años.

os intentos para debilitar la fiscalización ambiental en el Perú son conocidos. Desde su creación, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), ha sufrido varios intentos que buscan evitar su funcionamiento. Y en ese contexto, quienes deberían fortalecer esta labor de fiscalización, han recurrido a diversas estrategias para evitar su existencia y operación.

Recordemos que cuando el OEFA nació, el año 2008, no tenía recursos y el Ministerio del Ambiente tuvo que transferir dinero de su presupuesto para que este iniciara sus funciones. Al mismo tiempo, la transferencia de competencias de Osinergmin se dio sin recursos. Todo ello hacía prever una limitada posibilidad para ejercer su rol.

El fallo establece que debe garantizarse la provisión de los recursos adecuados a las entidades a cargo de la supervisión

Luego, algunas normas generaron mecanismos para asignar el presupuesto mínimo que le permitiera una adecuada fiscalización ambiental. El 2013, la Ley del Presupuesto del Sector Público estableció que “las funciones de supervisión y fiscalización en materia ambiental, relacionadas a las actividades de energía y minería que desarrolla el OEFA se financian con cargo al aporte por regulación”.

Este aporte jugó y juega un rol fundamental para que el OEFA ejerza su función fiscalizadora, por ejemplo, para la mediana y gran minería. La autoridad ambiental verifica que todas las obligaciones asumidas por las empresas se estén cumpliendo y que esas actividades no afecten el ambiente. Por ende, el OEFA es un garante de que las inversiones se realicen de manera adecuada. Sin embargo, en los últimos años, han habido diversos intentos para evitar que las mineras paguen el aporte por regulación.

Estos hechos ponen en evidencia los intentos sistemáticos para evitar el pago del Aporte por Regulación (APR). En este contexto, la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (EXP N°05410-2015-PA/TC), que declara infundada la demanda interpuesta por la minera Cerro Verde contra este aporte, deja zanjado el tema. En adelante, los demás casos en curso, deben seguir la misma lógica.

Este precedente resulta sumamente relevante para seguir el camino hacia la consolidación de la fiscalización ambiental en el Perú y su institucionalidad, con el fin de que las actividades productivas y extractivas se desarrollen de la mejor manera.

El TC señala que todos los argumentos deben ser leídos de manera integral con el marco institucional, jurídico, social y económico del país, destacando el rol importante de la actividad minera en la economía peruana. Sin embargo, reconoce, que este debe encontrar un justo equilibrio entre el desarrollo económico y la protección del derecho a gozar de un ambiente sano y equilibrado, por lo que le corresponde tanto al Estado como a la sociedad, emplear las medidas necesarias para ello.

El OEFA es un garante de que las inversiones se realicen de manera adecuada.

En ese sentido, el fallo establece que debe garantizarse la provisión de los recursos adecuados a las entidades estatales a cargo de la supervisión y fiscalización de dichas actividades con el fin de cumplir cabalmente con su objetivo.

El TC también precisa que el aporte por regulación se calcula sobre la base de la facturación mensual de la empresa minera, deduciendo a ello el impuesto general a las ventas y el impuesto de promoción municipal, con lo cual, objetivamente, pagan más quienes más facturan. Y si más facturan es porque extraen más minerales para su producción, lo que implica una magnitud más amplia de los impactos generados. Esta forma de cálculo garantiza la igualdad de los contribuyentes y evita la confiscatoriedad de su patrimonio.

Es en esa lógica que los magistrados del TC, Manuel Miranda Canales, Carlos Ramos Núñez, Marianella Ledesma Narváez y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera declararon infundada la pretensión de quitar o evitar el pago del APR.

Sin embargo, mención aparte merecen los magistrados Ernesto Blume Fortini y José Luis Sardón de Taboada, quienes emitieron un voto en minoría y tuvieron una interpretación alineada a la de las empresas mineras que estaban contra el pago del APR.

¿Quién debe asumir esos costos de la vigilancia y del cumplimiento de las obligaciones ambientales? De acuerdo a todas las interpretaciones y principios del derecho, es el titular del proyecto. Esto está plasmado en principios fundamentales como el de la internalización de costos. Si queremos garantizar que las actividades se desarrollen de manera adecuada, debemos garantizar la imparcialidad, y que nuestro Estado tenga las condiciones y recursos para la fiscalización.

Sin ello, solo habrá más conflictividad, como la que vemos en los últimos tiempos. El desarrollo sostenible nos demuestra que es posible desarrollar las actividades bajo una lectura integral, considerando lo social, económico y ambiental, en igualdad de condiciones.

 

Fuente:https://ojo-publico.com/1358/los-intentos-fallidos-de-las-mineras-para-debilitar-la-fiscalizacion-ambiental?fbclid=IwAR1XzUtdfLdM_mb1bijZpNrcp8Bc3AnUTB_imn2A1D8RmsDqJitcFGbWBVQ

Perú

La legalidad del aporte por regulación que cobra OEFA a las empresas mineras ha sido confirmada por el Tribunal Constitucional

Con fecha 15 de agosto de este año, el Tribunal Constitucional declaró infundado el recurso de agravio Constitucional presentado por la empresa minera Cerro Verde S.A en el proceso judicial que ésta iniciara en marzo del año 2014, mediante una demanda de amparo contra el Estado peruano (PCM, MEM,OEFA), para evitar que el OEFA aplique el aporte por regulación, una contribución que pagan las empresas de gran y mediana minería para financiar las funciones de fiscalización ambiental que realiza esta entidad. Este proceso judicial ha sido uno más dentro de muchas otras acciones que las empresas mineras emprendieron contra el aporte por regulación. Hasta la fecha todos han sido desestimados.

En este proceso, Cerro Verde solicitó la inaplicación del Decreto Supremo  130-2013-PCM, norma que operativiza el cobro del mencionado aporte, con el argumento de que vulneraba los principios de reserva de ley, legalidad y no confiscatoriedad. De manera concreta, señaló:

  • El aporte por regulación es un tributo creado por decreto supremo y no por ley como lo dispone la constitución en su art. 74 (principio de reserva de ley).
  • Que la norma reglamentaria que lo crea tiene como sustento la ley del presupuesto del sector público del año 2013, que por su naturaleza tiene prohibido referirse a materia tributaria.
  • No existe ley alguna que autorice a OEFA como acreedor tributario, es decir, que autorice a esta entidad a cobrar directamente los montos recaudados por concepto de aporte por regulación.
  • Los montos cobrados vulneran el principio de no confiscatoriedad, que consiste en “no afectar de manera irrazonable y desproporcionada la esfera patrimonial de las personas”. Considera desproporcionado tomar como base imponible un porcentaje de la facturación anual y no el valor del costo real del servicio o actividad que las empresas reciben del Estado.

En su sentencia, el TC se pregunta si el Decreto Supremo 130-2013-PCM crea realmente un nuevo tributo, distinto al aporte por regulación establecido por el artículo 10 de la Ley 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. Concluye que se trata del mismo aporte y que sus  alcances lo precisan la cuadragésima octava disposición complementaria final de la Ley 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013; la tercera disposición complementaria final de la Ley 30011, que modifica la ley del Sistema de Evaluación y Fiscalización Ambiental; la Ley 30115, Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año 2014; y la ley 30282, Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año 2015. El TC señala que todas esas leyes señalan a OEFA como acreedor tributario del aporte por regulación con el objeto de financiar sus actividades institucionales.

Para el TC, de esas normas y de la Ley 29732, se desprende la tarea de la PCM y de otras carteras ministeriales de precisar y fijar, a través de una norma reglamentaria (infralegal),  los montos del aporte por regulación que serán materia de cobro, hecho que se materializa en el D.S. 130-2013-PCM. Sobre la falta de autorización a OEFA como acreedor tributario, el TC afirma que esa autorización se da en las leyes 29951 y 30011.

Sobre el cuestionamiento a la forma de fijar la cuantía, el TC señala que no existe norma tributaria que contemple la obligación de los acreedores tributarios de contar con una estructura de los costos del servicio de la actividad estatal que el aporte busca financiar.

El TC considera que las labores institucionales de OEFA generan beneficios para la sociedad en general, pero también para las empresas contribuyentes del aporte por regulación, pues con sus acciones se optimiza el funcionamiento del mercado.

Además, considera que el costo de la actividad que se busca financiar sería mayor si se toma en cuenta las consecuencias del impacto al ambiente que podría producirse debido al incumplimiento de las normas ambientales.

Igualmente, el TC señala que el Arancel de Fiscalización Minera (AFM) que pagan las empresas es de naturaleza distinta al aporte por regulación. El primero es un monto muy pequeño que deben abonar los titulares de la actividad minera por las acciones de fiscalización o exámenes especiales, que realizan los fiscalizadores externos. Indica que se creó con el objeto de solventar las acciones de supervisión de campo, y pagan únicamente los honorarios del fiscalizador. A diferencia de ello, el aporte por regulación es una contribución para pagar las actividades del OEFA, las que comprenden todo el macroproceso de fiscalización ambiental que involucra labores de supervisión, fiscalización, evaluación, control y sanción en materia ambiental.

El TC indica también, que el incremento de la actividad minera ha generado la necesidad de establecer el aporte por regulación,  que ha sido necesario contar con él para lograr que las  entidades fiscalizadoras sean lo suficientemente sólidas para garantizar el derecho a gozar de un ambiente sano.

Sobre la razonabilidad y proporcionalidad del pago, el TC afirma que pagan más quienes más facturan, que son las empresas que más minerales extraen,  y cuya magnitud de los impactos de su actividad puede ser mayor.

A ello añade, que se  ha cumplido con lo estipulado en el artículo 10 de la Ley 27332, es decir, el tope máximo fijado para esta contribución (1.00% de lo facturado), toda vez que conforme a los Decretos Supremos 127, 128, 129 y 130-2013-PCM, que aprueban los aportes por regulación del sector energético y minero a favor de Osinergmin, OEFA y el MEM, la suma de los cobros efectuados por dicho concepto no ha superado el tope máximo. Por ejemplo en el 2014 OEFA, OSINERGMIN y MEM en conjunto recaudaron solo el 0.36%; el 2015, el 0.34% y el 2016 el 0.29%. Es decir, juntas no superaron el tope del 1%, es más, año a año la contribución ha ido disminuyendo.

Finalmente debemos decir que esta noticia es muy positiva, pues garantiza a OEFA recursos que le permiten desarrollar sus actividades con mayor solvencia. Esto es muy importante porque las actividades evaluación, supervisión y fiscalización ambiental suelen ser muy costosas.

 

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/la-legalidad-del-aporte-por-regulacion-que-cobra-oefa-a-las-empresas-mineras-ha-sido-confirmada-por-el-tribunal-constitucional/

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Espinar: Referendum en Huano Huano

El día de ayer en la provincia de Espinar, Cusco, los presidentes de Pacopata y Huini Coroccohuayco, Felipe Kána y Ruperto Sayco, informaron que este sábado 07 de setiembre, se realizará un Referendum en la comunidad de Huano Huano para determinar la venta y los términos de misma sobre sus tierras comunales a la Minera Antapacay.

Los dirigentes manifestaron su preocupación sobre el Referendum puesto que no se ha resuelto la interrogante respecto a si la negociación se refiere a todas las tierras tituladas a favor de Huano Huano o si se respetarán las tierras bajo posesión de Pacopata y Huini Coroccohuayco. Explican que se presume que la propia empresa minera es la que promueve la campaña del “SÍ a la venta” mediante operadores que proclaman ser coordinadores de la comunidad y mediante una campaña de desprestigio hacia los presidentes de las otras comunidades involucradas, Pacopata y Huini Coroccohuayco.

Además, el día de ayer, tambíen se desarrolló la reunión plenaria de la Mesa de Diálogo para Desarrollo Sostenible de Espinar, con el propósito de informar acerca de los avances en la ejecución de proyectos en la provincia de Espinar sobre los ejes: sistemas de riego, vías de transporte, saneamiento, entre otros. Se informó que este año ya se han invertido más de 1200 millones de soles en intervenciones.

Así mismo, se informó que la comunidad campesina de Tintaya Marquiri realizó una reunión con la Minera Antapacay que contó con la participación de los funcionarios y el Gerente General de la empresa. Los principales temas de la agenda fueron el incumplimiento de compromisos por parte de la minera y la ejecución del proyecto de saneamiento básico para el abastecimiento de agua en los años siguientes. Para lo cual acordaron con la empresa la formulación del expediente técnico del proyecto y la implementación de un plan de emergencia para el abastecimiento de agua desde el próximo mes ante la actual escasez agua en la comunidad.

 

Fuente:http://conflictosmineros.org.pe/2019/09/06/espinar-referendum-en-huano-huano/?fbclid=IwAR1ZG8oVGzEY-WrZ1TDraoYWTmBBClvQmQiRwSmzbVFY5AMdtLTiiPZMZOU

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Cusco: comunidades campesinas rechazan concesión minera en Pisac

Los dirigentes denuncian que esta medida se ha realizado sin la consulta previa a las comunidades de la zona y resaltaron que la concesión está en pleno corazón del Valle Sagrado de los Incas.

En diciembre de 2017, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet) otorgó la concesión minera Huallata de Plata a Esteban Quispe Sikos. Esta concesión, de 100 hectáreas de extensión, está ubicada en Pampallacta (Pisac, Cusco), una zona de cabecera de cuenca y de donde los pobladores se abastecen de agua para el consumo humano y el riego de campos de cultivo en las localidades de Calca, Urubamba y Machu Picchu.

Por ello, las 12 comunidades campesinas del distrito de Pisac se han manifestado en contra de esta concesión minera, ya que temen que en caso se realice actividad extractiva se contamine a las cuatro lagunas de la zona.

Los dirigentes denuncian que esta medida se ha realizado sin la consulta previa a las comunidades de la zona y resaltaron que la concesión está en pleno corazón del Valle Sagrado de los Incas.

 

El presidente de la comisión de regantes, Pascual Chipa, afirmó que la actividad minera podría perjudicar a más de 4,500 agricultores y artesanos.

Esta semana, vence el plazo que dieron los dirigentes de Pisac a las autoridades para anular esta concesión minera. Cuando protestaron a mediados de agosto pasado, señalaron que si esto no se hacía, iban a bloquear el puente Pisac, lo que afectaría a la actividad turística en el Valle Sagrado de Urubamba.

Como explica la abogada Carolina Gamarra Barrantes, la concesión minera es:

«el acto administrativo por el cual el Estado confiere a una persona un derecho real para la exploración y la explotación de recursos minerales dentro de un área de terreno superficial concedido y la propiedad sobre los recursos minerales que se extraigan conforme a lo establecido en la resolución que concede el título de concesión».

Fuente:https://redaccion.lamula.pe/2019/09/04/cusco-comunidades-campesinas-rechazan-concesion-minera-en-pisac/jorgepaucar/?fbclid=IwAR2Huhc-ys8oVpbcOB4GjRrPpCu4N3BokuI3h9q-bTNIJeIKj115jKymYJk

Perú

La Oroya: 10 años. ¿Qué aprendimos?

El 14 de agosto de 2019 se cumplieron 10 años de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitiera el caso de habitantes de La Oroya afectados por la contaminación con metales pesados proveniente de una planta metalúrgica.

REGISTRO GRATUITO https://bit.ly/2Kxjt8z

Fue el PRIMER CASO en evidenciar la problemática generada por ese tipo de contaminación en Perú.

Este seminario servirá como foro para exponer desde distintas perspectivas las EXPERIENCIAS, APRENDIZAJES Y DESAFÍOS del caso en esta década. El propósito central es aportar al debate nacional sobre la necesidad de una política pública integral para las personas vulnerables y/o afectadas por metales pesados provenientes de la extracción de recursos mineros y petroleros, y de un aparato institucional que implemente efectivamente esa política en cumplimiento de las obligaciones internacionales de Perú en materia de derechos humanos.

Jueves, 5 de septiembre de 2019 de 11:00 a 13:00 UTC-05

 

Perú

Líderes y lideresas del corredor minero del sur andino solicitan al MINJUS ser incorporados en el Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos

Líderes y lideresas de las provincias de Espinar, Chumbivilcas, Paruro (Cusco) y Cotabambas (Apurímac) firmaron una carta en la que solicitan al señor Vicente Antonio Zeballos Salinas, Ministro de Justicia y Derechos Humanos, que se les incorpore dentro del proceso del Plan Nacional de Acción. Las y los dirigentes de las cuatro provincias señalaron la importancia de participar en este espacio ante la continua afectación a sus derechos humanos por parte de las empresas mineras transnacionales que operan en el corredor minero. Así mismo, solicitaron que este proceso participativo sea llevado a cabo en las regiones de Cusco y Apurímac.

Lea la carta aquí ➡ CARTA A MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de los representantes de comunidades de Cotabambas y Paruro Apurímac

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/lideres-y-lideresas-del-corredor-minero-del-sur-andino-solicitan-al-minjus-ser-incorporados-en-el-plan-nacional-de-accion-sobre-empresas-y-derechos-humanos/?fbclid=IwAR3czKMpTqHHmBGaexaJ_JtRYV4kR7mHG_C7lHDx6lSMJlSr_4k4y5e5NTA

Perú

Tía María: Anuncian paro de la Macro Región sur para el 16 de septiembre

El fin de semana se realizó el II Encuentro Macro Regional del sur en el distrito de Cocachacra, en Islay, Arequipa. En el evento se dieron cita, diversos representantes y delegaciones de Tacna, Moquegua, Puno, Cusco y Madre de Dios, quienes acordaron exigir la cancelación del proyecto minero Tía María de la empresa Southern.

Entre las acciones se acordó convocar a un paro de toda la Macro Región sur para el día lunes 16 de septiembre, y una marcha de sacrificio hacia Lima. El paro general coincidiría con el inicio del evento Convención Minera Perumin 34, que se realizará en el Centro de Convenciones Cerro Juli en Arequipa.

El encuentro se desarrolló en el coliseo de Cocachacra y contó con la participación de congresistas de Nuevo Perú; Alberto Quintanilla de Puno, Edgar Ochoa de Cusco, y Horacio Zeballos de Arequipa. Los parlamentarios expresaron su apoyo a las demandas de los pobladores y ratificaron la inviabilidad del proyecto minero, según informó el portal elbuho.pe.

Además para este lunes 2 de septiembre se tiene previsto continuar con las protestas; en lugares como Majes y La Joya, paralizarán sus actividades. En el programa acordado también se quedó la participación en la marcha «Que se vayan todos» en Arequipa el 5 de septiembre, y el 9 del mismo mes, una jornada de lucha. Estas actividades están planificadas como parte de preparar el paro general.

 

Fuente:https://wayka.pe/tia-maria-anuncian-paro-de-la-macro-region-sur-para-el-16-de-septiembre/?fbclid=IwAR2MXDV0A3-HP7lel9uoqlza6AUTKZJvQcBx1yO2tUE9Pt-EQYF4JglqwEA

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Tía María: Convocan a nuevo paro por la cancelación del proyecto minero en el Sur

Han pasado más de 50 días desde el inicio del paro indefinido en el Valle de Tambo. En la localidad siguen las protestas y se anuncian nuevas medidas de fuerza en contra de la criminalización por parte de la Policía Nacional. Los episodios de enfrentamiento continúan dándose en todo Islay, fuera de Cocachacra, en Mollendo y la Joya, donde protestan por la cancelación del proyecto minero.  Solamente la última semana se dieron ocho detenciones nuevas contra manifestantes que protestaban contra el proyecto Tía María. Además, los manifestantes señalan que por la criminalización que se da en su contra, prefieren no acudir a los servicios de salud a atender a sus heridos.

En esta coyuntura, la empresa minera Southern Perú ha manifestado que no desistirá del proyecto minero en Valle de Tambo y ha denunciado por abuso de autoridad  contra el gobernador regional de Arequipa, Elmer Cáceres Llica, por anular el derecho de servidumbre sobre 49 hectareas de las Pampas de Cachendo. La compañía minera manifiesta que el gobernador pretendería ocasionar la pérdida irreversible de la concesión en perjuicio de la empresa.

Por su parte, el gobierno regional de Arequipa concierta propuestas con los gobiernos regionales de la mancomunidad macroregional sur exigiendo la intervención del Presidente, el gobierno nacional y los demás ausentes en el conflicto, como el sector educación. Destacan sus demandas por una nueva normativa sobre la consulta previa, las concesiones mineras y la distribución de regalías por la actividad minera en el marco del debate sobre la nueva ley general de minería; y por una política de desarrollo territorial enfocada en el transporte, el comercio y la agricultura.

Las organizaciones sociales en contra del proyecto minero anuncian un programa de medidas de fuerza por la cancelación del proyecto en el Valle de Tambo. A partir de esta semana, inician las manifestaciones en los distritos de Majes y La Joya en Arequipa, las que se extenderían a toda la macroregión sur en una jornada de lucha el lunes 9 del presente mes. Este nuevo proceso de aumento de la conflictividad en la región se organizaría en torno a una marcha de sacrificio hacia Lima para exigir la cancelación de Tía María al gobierno nacional y un paro macroregional desde el día 16 de septiembre, coincidiendo con el inicio de la 34° Convención Minera en Arequipa.

En el contexto actual los niveles locales y regionales de la sociedad y el gobierno se reorganizan en torno a un nuevo proceso de lucha por la inclusión de la agenda subnacional en el debate nacional. Frente a esto, quedan ausentes el gobierno nacional y el sector empresarial que a la par se repliegan para atender los conflictos que se vienen dando en otros ámbitos.

 

Fuente:http://conflictosmineros.org.pe/2019/09/02/tia-maria-convocan-a-nuevo-paro-por-la-cancelacion-del-proyecto-minero-en-el-sur/?fbclid=IwAR12dHmoXEHF4UGY8BOSshgohF09-vJqee8HWMLca52MydimzUgRDOpHiqo

Perú

Chugur, el pueblo en emergencia ambiental condenado a otro proyecto minero

La historia de la zona más golpeada por los pasivos mineros en Cajamarca, que se rehúsa a la sobreexplotación de sus tierras.

A tres horas de la ciudad de Cajamarca, en medio de una neblina y un viento helado que envuelve la vegetación de Chugur (Hualgayoc) a 4000 m.s.n.m; el pequeño y silencioso Jhon Gallardo Pérez de siete años desconoce las reformas políticas pendientes en el Congreso y apenas ha escuchado sobre los incendios forestales desatados en la Amazonía de Brasil. Lo que ha aprendido a su corta edad es que los ríos no son de agua clara sino amarillenta, que su familia y sus animales sufren males por la contaminación de las mineras que lo hacen saltar del susto por los estruendos de las explosiones; y que otra empresa quiere entrar a Chugur a hacer exploraciones en busca de minerales.

Antes de que las operaciones mineras comiencen a dejar extensos pedazos de tierra muerta por la provincia de Hualgayoc, el distrito de Chugur solo era reconocido por los 12 mil litros diarios de leche y otros productos derivados que llegan hasta los mercados de Lima, Trujillo (La Libertad) y Chiclayo (Lambayeque). Chugur es un nombre que proviene de “chugurcillo”, una planta de flores lila que abunda en sus campos; o del término “cchuga” -de la desaparecida lengua culi según el lingüista cajamarquino Hugo Miranda- y que hace referencia a “terrenos en forma de plato”.

Desde hace dos años, Jhon siente dolores en el cuerpo. Se lo contó a su mamá, Roxana Pérez Ruiz (28), y a su abuela, Isabel Ruiz Alarcón (62), quienes se dedican a la producción de leche, y a la siembra de papa y olluco cerca a su casa, en la zona alta de Chugur, conocida como Sinchao, por donde pasa un río amarillento del mismo nombre.

Roxana Pérez Ruiz, junto a su hijo, Jhon. Viven en la zona alta de Chugur, Sinchao, una de las áreas más afectadas de la provincia de Hualgayoc (Cajamarca).

-¿Has sentido algún tipo de malestar o dolores en el cuerpo? -le preguntamos a Jhon, quien inmutado asiente con la cabeza. Al preguntarle qué partes del cuerpo le duelen, se lleva el dedo índice a la sien y lo desliza hacia abajo hasta llegar a la nariz. Roxana, su madre, rompe el silencio de su hijo y comenta que a veces le sangra la nariz. El dedo índice de Jhon sigue bajando hasta llegar a la garganta, y tras una pausa que indica dolor en esa parte de su cuerpo, termina en el estómago.

Roxana cree que los dolores que siente su hijo son secuelas causadas por convivir con los pasivos ambientales. Los mismos que han contaminado a sus animales y los ríos de donde consumen agua. “Acá ya no podemos tomar agua cruda, antes tomábamos sin hervir (…) Estaremos con los metales más pesados acá, plomo a la sangre tendremos pe, si estamos acá cerquitita”, susurra.

Las sospechas de Roxana tuvieron sustento cuando, luego de la declaratoria de emergencia ambiental en los distritos de Hualgayoc y Chugur, las intervenciones delOrganismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente (CENSOPAS) pusieron en el papel los altos niveles de contaminación por metales pesados en Hualgayoc.

En Sinchao, la zona alta de Chugur en donde la empresa Anta Norte pretende empezar a explorar en busca de minerales, hay por lo menos 91 pasivos ambientales mineros sin reparar.

Salud en emergencia

En setiembre de 2016, la entonces ministra de Ambiente, Elsa Galarza Contreras, declaró en Emergencia Ambiental las zonas altas de las microcuencas de los ríos Tingo-Maygasbamba, Hualgayoc-Arascorgue y Perlamayo, ubicados en Hualgayoc, provincia que actualmente tiene 1286 pasivos ambientales.

Con las alertas activadas desde la PCM, se empezó a ejecutar el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo y las intervenciones de diferentes sectores del Ejecutivo para medir el grado de afectación por metales en personas, animales, ríos y suelos.

El CENSOPAS empezó por examinar a 372 personas en Hualgayoc, de los cuales 97 eran de Chugur. En todos ellos encontraron plomo, cadmio, mercurio y arsénico, por lo que el gobierno aprobó el Plan de Entrega de Resultados y Atención Primaria de Salud para darle seguimiento y vigilancia a los afectados por metales pesados.

En Chugur, las enfermedades más comunes, según las estadísticas del Ministerio de Salud y los censos del 2007 y 2017, son las gastrointestinales y las respiratorias, las cuales se contraen por el consumo de aguas contaminadas.

Exámenes realizados por la OEFA y la Universidad Nacional de Cajamarca encontraron plomo, arsénico y cadmio en varias quebradas y lagunas de Chugur.

Para el toxicólogo Ricardo Puell, quien ha atendido a por lo menos una treintena de afectados por metales tóxicos, la convivencia con los pasivos ambientales como sucede en la población de Chugur , genera que el daño sea crónico, y por ende, peor. «Se encuentran expuestos a diferentes metales que no se encuentran solos, sino en mezclas, y por lo tanto tienen un factor de riesgo de potenciación, haciendo que a pesar de tener los metales dentro de los Valores Límites Permisibles (VLP), este fenómeno hace que la combinación de los mismos en el cuerpo tengan un potencial tóxico final alto», apunta.

“Acá era bonito. los cerros eran bonitos, las aguas acá no faltaban y ya no hay ni para dar a nuestro ganado. Las aguas están amarillas. ¿Ya de dónde van a tomar?”, se pregunta Roxana, desde lo alto de Chugur, en Sinchao, rodeada de por lo menos 91 pasivos ambientales dejados por la minería, como 20 bocaminas, 13 piques, 8 tajos y 28 depósitos de desmontes y relaves.

Señalando a sus vacas, Roxana continúa: “Ellas también, tenemos que ver de dónde lo toman el agua para también la producción de leche lo podamos consumir. Hay tipos de cambio en su caquita y en partes orinan negro”.

Para la abogada especialista en temas ambientales, Gabriela Salvador, el estado de la zona alta de Chugur es crítica. “Una de las zonas que más pasivos ambientales en Hualgayoc es Sinchao (…) Por más que suene duro, se habla de que el área de Sinchao debería de verse la manera de generar desplazamientos. Estamos entrando en una etapa de desplazados ambientales. Y, aún, así el Minem está dando permisos de exploración”, sostuvo.

Además de vidas humanas afectadas por metales pesados, los animales y las tierras también estarían contaminadas por los pasivos ambientales que dejan sin reparar las empresas mineras.

Un estudio de la Universidad Nacional de Cajamarca sobre la calidad de las aguas de Chugur encontró plomo, arsénico y cadmio en seis quebradas de Chugur: Sinchao, Colorada, San Juan Pampa, Tacamache, Seca y Ramírez Tantahuatay. La OEFA, por su parte, encontró altos niveles de plomo en las lagunas Los Gentiles y La Huaca, y en menor grado en Las Auroras, Kiwillas y Campos.

La evidencia recogida muestra que las aguas no son la única fuente de contaminación. Una Declaración de Impacto Ambiental elaborada por la compañía CICA Ingenieros Consultores Perú SAC muestra la presencia de arsénico, cadmio y plomo en los suelos de Chugur. Las causas, según el estudio, podrían ser “la formación natural de los suelos” o la “antropogénica por las actividades desarrolladas en el sitio”.

Más minería

En mayo de este año, una carta de tono urgente llegó al despacho del congresista Marco Arana (Frente Amplio). Era del alcalde de Chugur, José Vargas Paredes, quien daba cuenta que la empresa Anta Norte S.A.C ya había empezado a realizar talleres en el distrito para presentar el proyecto de exploración de minerales, resaltando que en la zona aún hay pasivos ambientales sin reparar.

La empresa Anta Norte SAC es una compañía que fue cofundada por Southern Legaly Peru SAC, una subsidiaria de Regulus Resources Inc, una exploradora canadiense que busca minerales en Cajamarca para Southern Cooper Corporation Compañía de Minas Buenaventura, que tiene 169 infracciones ambientales y 42 multas que suman 4 millones 283 mil 168 soles.

Para los comuneros de Chugur, las empresas mineras que han operado en su distrito solo ha dejado tierra muerta después de extraer minerales.

El congresista Arana envió una carta al ministro de Energía y Minas, Francisco Ísmodes Mezzano, en la que escribía: “solicito se me informe qué acciones adoptará su sector respecto al rechazo del proyecto de exploración Anta Norte por parte de la población de Chugur”.

Wayka pudo acceder a la transcripción del taller realizado en 19 de marzo por Anta Norte, con el acompañamiento de funcionarios del Ministerio de Energía y Minas, autoridades locales y comuneros. Casi al inicio de la ronda de preguntas, el comunero Martín Ramos Rondero tomó la palabra para expresar: “Toda empresa minera trae contaminación”.

La respuesta que le dio el ingeniero Melanio Estela Silva, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del MINEM, intentó –malamente- igualar la contaminación a gran escala de una trasnacional con la de un campesino en los andes: “Bueno eso es cierto, por si acaso toda actividad humana trae contaminación, no solamente la empresa minera. Hasta hacer mi casa en un rincón de mi chacra, si ya cambié el uso de esa zona, o sea, toda actividad origina, entonces lo que debemos hacer es cuidarlo y no maltratarlo mucho”.

Transcripción del taller que realizó la empresa Anta Norte el pasado 19 de marzo de este año, con el acompañamiento de funcionarios del Ministerio de Energía y Minas.

Wayka también accedió a la Declaratoria de Impacto Ambiental que realizó la compañía CICA Ingenieros Consultores Perú SAC para Anta Norte S.A.C y encontró la larga lista de posibles impactos socioambientales en la zona.

La presencia de Anta Norte SAC en Chugur podría generar la alteración de la calidad del aire, emisiones gaseosas, variación de los niveles de ruido, afectación de los suelos por derrames de hidrocarburos, residuos u otras sustancias tóxicas; alteración de las aguas superficiales y subterráneas, además de las especies de flora y fauna, riesgo a la seguridad de los trabajadores y a la salud de la población.

“El Ministerio de Energía y Minas siempre dice que la agricultura y la minería pueden ir de la mano. Eso es totalmente absurdo, ustedes han podido ver. Con los años, los suelos y las aguas contaminadas, no podemos producir, no podemos tomar agua”, opina el alcalde de Chugur, José Vargas, quien también tiene una hija de 11 años, afectada por los constantes dolores de cabeza a consecuencia de los metales pesados.

Las operaciones de Anta Norte en Chugur consisten en remover 12 mil 908 metros cúbicos de tierra para construir 23 plataformas de perforación de 18×20 metros, además de dos pozas por plataforma para depositar los fluidos. También se instalarán pozas de lodos, almacenes de aceites, petróleo y residuos sólidos. Sobre esto último, se ha previsto generar hasta 64.8 kg de residuos peligrosos.

Una larga lista

Antes de Anta Norte, figura una lista de mineras que han operado en Chugur, y han dejado pasivos ambientales por doquier como el proyecto Tantahuatay, a cargo de la minera Coimolache -que es parte de Compañía de Minas Buenaventura-, la cual tiene 20 infracciones ambientales según la OEFA, y 137 mil 978 soles en multas, además de haber destruido parte del cerro “Dos Tetas” ubicado en la frontera de los distritos de Hualgayoc y Chugur.

Otra operación que dejó pasivos regados a su paso fue el proyecto Colorada, de la Compañía San Nicolás, que arrastra 62 infracciones y 7 millones 586 mil 845 soles en multas. La empresa Gold Fields, con 26 infracciones y 864 mil 312 soles en multas, también es conocida por la contaminación que desatan sus operaciones en Cajamarca: la población los responsabiliza de la muerte de más de 16 mil truchas y la contaminación de las aguas de 36 canales de riego.

Cuando un proyecto minero se queda en la zona, no discrimina altura, bajas temperaturas, flora, fauna o vidas humanas. Las infracciones y multas parecen quedar en el archivo del olvido, igual que las vidas afectadas.

La empresa Anta Norte SAC pretende instalar 23 plataformas de perforación de 18×20 metros en Chugur para buscar minerales, pese a que aún no se reparan los pasivos ambientales.

“Mire que Chugur ha sido tan bonito, con sus pastos verdes, su ganadería, hemos estado bacán, pero acá la empresa minera ha venido y lo ha secado todas las aguas, las plantas”, dice Roxana, repasando la vista de sus campos desde su casa. Ahora, sin saber de dónde consumir agua sin metales para su familia y sus animales, a ella como al resto del distrito, solo le queda recordar cómo fue Chugur antes de la minería.

 

fuente:https://wayka.pe/chugur-el-pueblo-en-emergencia-ambiental-condenado-a-otro-proyecto-minero/?fbclid=IwAR211ZhLBHwrYMwlj7J-fMJkQKOBlzDAJzmJYcgviXc51veG7mqPB6Tfzcs

Perú

Algunos apuntes para una actividad minera más justa y menos ingobernable

El reciente conflicto sucedido en torno al proyecto minero Tía María ha puesto nuevamente en debate la necesidad de efectuar modificaciones a las distintas leyes que regulan los procedimientos y autorizaciones para realizar actividades mineras. Luego de la solicitud planteada por los presidentes regionales del sur, el presidente Vizcarra recogió el guante y planteó en su reciente Mensaje a la Nación la necesidad de actualizar este marco normativo. El objetivo, según dijo en esa oportunidad, es “brindar un marco legal claro a los inversionistas y ofrecer tranquilidad y desarrollo para todos”[1]. De inmediato, tanto la CONFIEP como la SNMPE pusieron el grito en el cielo, y El Comercio lanzó un furibundo editorial para descalificar cualquier intento de reformar las leyes mineras. El argumento utilizado por estos grupos empresariales -así como de otros think tanks que los soportan- es casi siempre el mismo: cualquier intento de modificar las leyes mineras no generará otro resultado que la huida de inversiones y, por lo tanto, millonarias pérdidas para el país.

Pero los conflictos sociales que a diario se suceden también vienen provocando millones de soles en pérdidas, tantas que ya incluso resulta difícil poder estimar. A partir de ahí, uno podría preguntarse por qué tanta insistencia del gremio minero para oponerse a cualquier tipo de reforma, tomando en cuenta las cuantiosas pérdidas económicas que tienen que afrontar por los continuos incidentes conflictivos y los complejos procesos de negociación y renegociación con las comunidades. Una hipótesis bastante plausible sería que, aún en este escenario de continuos paros y bloqueos, las empresas todavía perciben a las leyes vigentes como sumamente ventajosas para sus intereses.

Diametralmente distintas son las percepciones de las comunidades y poblaciones diversas, que diariamente soportan los impactos de la actividad minera en sus tierras y espacios de vida. A estas alturas ya resultan risibles los argumentos que consideran que los conflictos sociales se originan siempre por la labor de unos “asesores”, que azuzan, manipulan y mienten a las comunidades para obtener beneficios económicos personales o debido a intereses políticos oscuros y radicales. Es el cuco de los hermanos Chávez Sotelo. Pero estos conflictos son mucho más complejos que los argumentos planteados por portales Web como “El Montonero” o “Lampadia”.

No es el objetivo de este artículo analizar las diversas causas de la conflictividad social, pero sí planteamos que muchos aspectos de las leyes mineras contribuyen a una situación de evidente desequilibrio entre los intereses de las empresas y la población. Esta asimetría de poderes contribuye decisivamente al conflicto entre las partes.

Como un medio para reducir estas desigualdades, y también como un mecanismo que permita mejorar los niveles de legitimidad de las empresas en su zona de operaciones (la llamada “licencia social”), queremos compartir de forma breve algunos aspectos críticos de las leyes mineras que bien podrían incluirse en una propuesta de reforma:

1) Participación ciudadana y consulta previa: los mecanismos de participación ciudadana son tan flexibles con las empresas, que el Estado no acredita que la información que estas transmiten a las comunidades cumpla con los fines de la

participación: que las comunidades estén adecuadamente informadas de todos los aspectos del proyecto minero, sean positivos o negativos para sus intereses. A las empresas solo les basta entregar la lista de participantes de los talleres realizados para sustentar ante el SENACE o ante el MINEM que han cumplido con este procedimiento.

Otra forma que tienen las empresas para acreditar que han “cumplido” con este requisito, consiste en hacer entrega del expediente del EIA a las comunidades. Este es un documento de miles de páginas (con anexos incluidos) que casi en su totalidad está compuesto por información técnica y que en muchos de sus componentes solo puede ser entendible por un ingeniero o un geólogo. La empresa en esos casos ya no tiene la obligación de explicar los contenidos de ese voluminoso expediente a las comunidades (“que ellos se las arreglen”). Un caso reciente y sintomático de lo expuesto es la situación de las comunidades de la Zona del proyecto minero Coroccohuayco, que es la ampliación de la mina Tintaya – Antapaccay, perteneciente a la multinacional suiza Glencore. De acuerdo a la modificatoria del EIA propuesto, serían afectadas más de 100 viviendas de estas comunidades, incluyendo tierras comunales e infraestructura de uso común. A la fecha, las comunidades Huano Huano, Pacopata y Huini de la Zona Coroccohuayco no están informadas de este plan de Glencore. La ley no exige a la empresa que tenga que ir y socializar esos contenidos a las comunidades, a pesar que la situación pone en peligro su supervivencia física y cultural.

Por su parte, la aplicación de la consulta previa también termina siendo un saludo a la bandera. De acuerdo a las normas nacionales que han desarrollado el Convenio 169 de la OIT, la consulta se aplica en el momento previo a la autorización de las actividades de explotación y/o beneficio; es decir, cuando ya se han aprobado todos los permisos previos, incluyendo el EIA, que es el documento en el cual se define de qué forma el proyecto minero va a impactar al ambiente y a las comunidades de la zona de influencia. Con un EIA aprobado prácticamente ya todo está consumado, por lo que el mecanismo de consulta previa pierde totalmente sentido y eficacia como medio para que los pueblos indígenas puedan plantear sus intereses o dudas y que se les tome en cuenta.

2) Reducir el tiempo de las concesiones mineras: de acuerdo a la última reforma aprobada, cuando aún era presidente Pedro Pablo Kuczynski, una persona natural o jurídica puede mantener su concesión inactiva hasta por 30 años; es decir, las normas no le obligan a explotarla, y solo tiene que pagar un monto menor por penalidades que no generan ningún desincentivo para abandonar el título de concesión. No se tiene referencia de casos de proyectos de inversión mineros que requieran un proceso de maduración tan largo. Por tanto, la norma incentiva a quienes mantienen la concesión sin producir o invertir en ella, con fines especulativos, dificultando las posibilidades de efectuar un adecuado ordenamiento territorial que reconozca o promueva otro tipo de intervenciones en la naturaleza que pueden concurrir en los territorios concesionados para la minería.

Además, no se debe olvidar que la existencia de estas concesiones “ociosas” representa el principal cuello de botella para formalizar a la pequeña minería en el país, pues los mineros artesanales requieren obtener el permiso del titular de la concesión para legalizar sus actividades. Las normas no obligan a este titular a ponerse de acuerdo con los mineros artesanales, pudiendo mantener su concesión inactiva y, a la vez, obstaculizar la formalización de los mineros artesanales, en un juego de suma cero. No son poco frecuentes los enfrentamientos entre titulares de concesiones y mineros artesanales, frente a los cuales las leyes mineras no ofrecen salidas sostenibles para armonizar los intereses de ambos.

3) Estudios de Impacto Ambiental más rigurosos: hasta hace poco tiempo, el MINEM todavía seguía siendo el ente encargado de aprobar los EIA de los proyectos mineros. Este sistema generaba una evidente distorsión, pues el mismo sector asumía la obligación de promover la actividad minera y fijar sus límites. A partir de diciembre de 2015, el SENACE -entidad adscrita al sector ambiente- ha asumido las funciones de evaluar los EIA de los grandes proyectos mineros, constituyéndose en un importante avance para corregir este problema del sistema certificador.  Pero, de forma simultánea, al proceso de implementación de este nuevo órgano se crearon normas que reducían los estándares para que el proceso de evaluación de los EIA sea lo suficientemente riguroso. Estas normas fueron conocidas como los «paquetazos ambientales» decretados por el gobierno de Humala entre los años 2013 y 2014.

Una de estas normas creó los denominados Informes Técnicos Sustentatorios, más conocidos como ITS (Decreto Supremo 054-2013-PCM). Los ITS permiten a las empresas cambiar partes de su EIA original mediante un proceso simplificado, aprobándose en un plazo no mayor de 15 días y sin pasar por un proceso de participación ciudadana. De acuerdo a la norma, la modificación propuesta por los ITS no debe ser ambientalmente significativa. Resulta bastante cuestionable si bajo esas condiciones (¿qué es y qué no es ambientalmente significativo?) se pueden evaluar adecuadamente las reales dimensiones del impacto ambiental y social que los cambios en los proyectos mineros traen consigo. La ausencia de participación ciudadana es otro punto álgido. Como se recuerda, a fines de setiembre de 2015 se produjo un desborde popular en las inmediaciones de la mina Las Bambas, que terminó con el saldo de 3 personas fallecidas, una inválida y decenas de heridos. Uno de los principales motivos de la escalada conflictiva se debió a los cambios que había hecho la mina a través de los ITS cuando se puso en venta, y que no se informaron a la población.

Además, si bien pareciera que los ITS fueron creados para ser aplicados de forma excepcional (respecto al procedimiento regular de modificación de un EIA, que puede durar hasta 120 días), en la práctica estos se han constituido en el procedimiento más utilizado por las empresas mineras para cambiar componentes de sus proyectos. Solo en el caso de Las Bambas se han hecho 9 modificaciones, 6 por ITS y 3 a través del procedimiento regular. Al dividirse los componentes y aprobarse sus cambios por separado y bajo procedimientos simplificados y poco rigurosos (como los que permiten los ITS), no se tiene la posibilidad de evaluar los impactos negativos acumulados de la operación minera y sus efectos sobre la población.

Por último, no se debe dejar de mencionar los problemas en el proceso de evaluación de los EIA. La función de elaboración de los EIA es llevada a cabo por consultoras privadas pagadas por las empresas mineras. En este proceso el Estado no tiene ningún tipo de intervención, generándose en la práctica una privatización de esta función. Por la importancia que tienen los EIA para controlar los impactos que se pueden generar por las actividades mineras, esta situación conlleva un riesgo alto en el supuesto que la empresa quiera reducir costos y hacer un estudio poco riguroso, o el mínimo necesario para que su EIA sea aprobado (lo cual no es tan difícil porque casi nunca se desaprueban). Como señala José de Echave en un reciente artículo[2], se requiere una mayor participación del SENACE en la formulación de los EIA. Lo curioso de todo esto es que, en varios casos de estallidos sociales se propuso realizar estudios alternativos que pudieran contrastar la información contenida en los EIA presentados por las empresas (y elaborados por sus consultoras). En tales casos (Tambogrande, Tía María, Conga, etc.), los sectores empresariales y sus medios de comunicación afines siempre descalificaron la rigurosidad de estos estudios. Pero nunca se ha puesto en cuestionamiento la idoneidad de las consultoras que contratan las empresas mineras. De hecho, la consultora Geoservice Ingeniería S.A.C., que fue contratada por Southern para elaborar el EIA de Tía María, se encuentra sancionada por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) por haber presentado documentación falsa para acceder a una buena pro de un contrato de servicios[3].

4) Intermediación del Estado en las negociaciones entre la empresa minera y las comunidades: la orientación de la política económica del país que se instauró a inicios de los noventa, y que en esencia rige hasta la actualidad, sentó la idea de que el mercado y los acuerdos entre privados tienen resultados más eficientes que la intervención estatal. Por tanto, la nueva política minera creada a partir de este enfoque relegó el papel del Estado en esta actividad económica, tanto en la producción como en la regulación de las relaciones con las poblaciones aledañas. Así, son los arreglos privados los que han venido definiendo el desarrollo de los proyectos mineros. Cada empresa ha ido definiendo las reglas de juego en sus ámbitos de influencia, sin ningún tipo de intervención estatal en las relaciones creadas con la población. Pero es un problema muy común que los contenidos de los acuerdos entre la empresa y las comunidades sean muy abiertos o ambiguos en los compromisos asumidos por el primero; por ejemplo, con cláusulas tales como “priorizar la contratación de mano de obra local”. Sin contar con el Estado como actor intermediario -salvo cuando ya estalla el conflicto y se altera el orden público-, la interpretación de estos acuerdos entre las partes es lo que usualmente lleva a situaciones de enfrentamiento. En un contexto de evidente desventaja para que las comunidades puedan negociar en igualdad de condiciones con la empresa, es que personajes con intereses económicos particulares o agendas políticas radicales podrían calar.

Otra práctica muy común de las empresas mineras consiste en impulsar negociaciones bilaterales y reservadas con cada una de las comunidades de su zona de influencia, como medio para obtener acceso a los terrenos comunales. Si no puede convencer a toda la comunidad, coopta a algunos comuneros influyentes para que convenzan al resto, ofreciéndoles ventajas económicas. Es una práctica de muchas empresas el fomentar el divisionismo entre las comunidades y entre los mismos miembros de una comunidad (divide y vencerás). Los problemas se traslucen en el desmembramiento social, la pérdida de su identidad cultural, alienación, y en muchos casos también problemas de depresión y alcoholismo.

Como se ha podido comprobar, las normas mineras tienen una serie de aspectos críticos que generan condiciones de gobernabilidad poco favorables para la ejecución de los proyectos mineros. Muchos de los problemas descritos podrían evitarse o atenuarse si el Estado tuviera un rol menos pasivo en la gobernanza de estas actividades, y si existieran mecanismos legales más eficaces y rigurosos para proteger de mejor manera los derechos de las comunidades impactadas. Existen suficientes argumentos para impulsar cambios en el marco normativo minero, más allá del necesario cambio de actitud de muchas empresas mineras que siempre manifiestan la intención de sacar ventaja de las debilidades y vacíos del sistema.

 

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/algunos-apuntes-para-una-actividad-minera-mas-justa-y-menos-ingobernable/?fbclid=IwAR2n7tM3SOdIT11f9ys5_MxTMuPk5jpvAYjtfsmj9-TRYi_9xTWzZsIY_fg