Perú

CIUDADANOS DEL DISTRITO DE CARHUAMAYO EN JUNÍN DENUNCIAN QUE MINERA MILPO AFECTA SU ACCESO AL AGUA

La compañía minera Milpo es la actual operadora del proyecto de zinc Shalipayco, que se ubica en el distrito de Carhuamayo, departamento de Junín. El yacimiento ubicado a 12 km de la ciudad de Carhuamayo poseería además plata, cobre y oro, motivo por el cual la empresa viene realizando exploraciones en los alrededores de la laguna Yanacocha.

 

Según informó la radio local La Nueva Zona, las últimas intervenciones realizadas alrededor de la laguna habrían secado los puquiales, conocidos popularmente como ojos de agua, y se ha mermado el agua para Carhuamayo, pues la planta de tratamiento de agua potable para la ciudad se abastece de estas fuentes hídricas.

 

Señalaron además haber constatado que el agua contiene una sustancia turbia y lechosa, por lo que exigieron a las autoridades pertinentes hacer los estudios del caso a fin de prevenir enfermedades estomacales en la población o la intoxicación de sus ganados, que pastean con regularidad por la zona.

 

De acuerdo a la información brindada por el Frente de Defensa del Agua de Carhuamayo, a través de una resolución del Cuarto Juzgado Contencioso de Lima se había programado para el día 24 de agosto a las 10 am una inspección a la laguna Yanacocha, a fin de constatar los impactos que pudiera haber causado la exploración minera, que según la empresa Milpo no ha causado ninguna afectación socioambiental. No obstante por falta de logística esta diligencia fue encargada al Juzgado Mixto de Junín, tras lo cual la población empezó a organizarse para acompañar a la comitiva.

Llegado el día de la inspección el Ministerio Público remitió una carta informando que no tenían planificada una visita a la laguna, generando confusión entre los pobladores. Sin embargo el Frente de Defensa del Agua aclaró que la fiscalía no tenía participación en el proceso y que el Juzgado Mixto no había remitido ninguna resolución de postergación para la diligencia, por lo que junto con los presidentes de las comunidades, caseríos, centros poblados y barrios del distrito, así como en presencia del alcalde, los jueces de paz, las juntas del vaso de leche y la población en general realizaron una caminata de 4 horas hacia la laguna, que constituye la reserva de agua para el pueblo de Carhuamayo y forma parte de la zona de amortiguamiento de la reserva natural de Junín.

Lamentablemente la inspección no se pudo concretar porque el Juzgado Mixto se encontraba en huelga, según informaron medios locales. Por lo que informaron que en un tiempo prudencial programarán una nueva fecha.

 

Nuevamente nos encontramos frente a una situación que pone en riesgo el frágil ecosistema de las cabeceras de cuenca y que generaría un nuevo conflicto social ante la lenta respuesta de las autoridades.

 

25 de agosto de 2017

Fuente:http://www.conflictosmineros.org.pe/?q=alertas/25/08/2017/alerta-ciudadanos-del-distrito-de-carhuamayo-en-jun-n-denuncian-que-minera-milpo

Perú

Urge revisar beneficios tributarios del sector minero

    • Estudio muestra que Las Bambas recién pagaría Impuesto a la Renta en cinco años, y que Cerro Verde dejó de pagar US$ 240 millones amparada en un contrato de estabilidad tributaria
    • Beneficios otorgados a sector minero no son justificables, menos en un escenario de desaceleración económica

Desde el 2014, la economía peruana se encuentra en desaceleración. En ese marco, la presión tributaria ha disminuido y bordea apenas el 14% del PBI, muy por debajo de los países de la OCDE, grupo al cual el Perú aspira pertenecer y cuyo promedio de presión tributaria es 25% del PBI. El plan de reconstrucción nacional por los efectos del fenómeno El Niño Costero demandará una inversión aproximada de S/ 23 000 millones en los siguientes años, suma equivalente al 3,5% del PBI. Ante este escenario, incrementar la recaudación para cumplir con las demandas sociales de la población, debe ser un imperativo de este Gobierno. Sin embargo, se mantienen exoneraciones tributarias injustificables en sectores como el minero.

De acuerdo con la publicación «Recaudación fiscal y beneficios tributarios en el sector minero, a la luz de los casos Las Bambas y Cerro Verde», elaborada por Propuesta Ciudadana, CooperAcción y Oxfam, entre los beneficios tributarios y jurídicos que se mantienen desde los años 90 están la depreciación acelerada y la deducción del impuesto a la renta de tercera categoría por inversiones en infraestructura de servicio público. Las grandes empresas cuentan también con contratos de estabilidad jurídica que las protegen de cambios en el esquema tributario.

El documento devela un sistema fiscal inequitativo, incluso entre sectores económicos; lo cual dificulta mejorar la calidad de vida de los peruanos y peruanas y podría generar o acentuar conflictos sociales. Así, si bien la producción minera viene creciendo, el aporte al fisco de este sector cayó de 24,7% en 2007 a 5,4% en 2016. Además, el impuesto a la renta (IR), principal pago de las empresas mineras, se ha diluido. De aportar el 50.9% en el 2007 pasó a 4,6% del total de ingresos por este concepto.

En el caso de Las Bambas, proyecto que inició operaciones en 2016, en Apurímac, el estudio calcula que podría empezar a pagar IR recién en cinco años. «No existe información transparente por parte del Estado acerca de la fecha en que la empresa empezaría a pagar Impuesto a la Renta, pero nuestras proyecciones indican que con un precio moderado del cobre esto recién ocurriría el 2021, aunque esto dependerá de otras variables», explicó César Flores, investigador de CooperAcción. Si bien el precio del cobre ha mejorado en las últimas semanas, aún se encuentra lejos del píco de 4.5 dólares la libra durante el boom minero, señaló Flores.

Señaló que si no se aplicaran algunos beneficios tributarios actuales como la depreciación acelerada, Las Bambas podría empezar a pagar IR en menor tiempo y adelantar así recursos para el canon, que en el marco de un plan de desarrollo podría favorecer a la población de Apurímac, y especialmente, de Cotabambas, una de las provincias más pobres del país.

Adicionalmente, sugirió evaluar el actual esquema de regalías mineras. Actualmente, Las Bambas paga regalías sobre ventas, las mismas que fueron fijadas en su contrato, y no sobre sus utilidades como estableció la más reciente reforma tributaria. «Las regalías sobre ventas han permitido iniciar la operación con recursos para el gobierno subnacional», precisó.

En el caso de Cerro Verde, principal empresa minera de Arequipa, la publicación estima que gracias a su primer contrato de estabilidad tributaria de 15 años (de 1998 a 2013), dejó de pagar aproximadamente US$240 millones por concepto de IR y US$330 millones de regalías (por esta deuda mantiene una contingencia con la Sunat). Ambos montos, sumados, alcanzarían para pagar, por ejemplo, dos años del programa Juntos, orientado a la reducción de la pobreza.

«El esquema tributario que se estableció en los años 90 permitió a esta empresa un conjunto de exoneraciones y beneficios tributarios que significaron pérdidas de ingresos para el Estado y para la región Arequipa», dice Epifanio Baca, investigador del Grupo Propuesta Ciudadana. En 2004 -explica Baca-, se estableció la regalía minera, la cual muchas empresas del sector no pagaron amparadas en contratos de estabilidad jurídica. «Se observa un desinterés por una reforma del régimen tributario del sector minero y ello perjudica directamente a las personas, pues dejan de tener mejores servicios y obras de infraestructura», sostiene.

Recomendaciones

En el marco de la publicación, se propone a las autoridades respectivas lo siguiente:

  • Evaluar los beneficios tributarios, considerando la estructura de costos del sector minero, así como el ciclo de precios de los minerales en el mediano y largo plazo, y buscar optimizar la participación del Estado en la renta extractiva.
  • Evaluar la posibilidad de que el sector regrese al esquema de pago de regalías sobre las ventas totales, como se aplica en el proyecto Las Bambas.
  • Promover la máxima transparencia de los pagos tributarios y no tributarios de las empresas mineras.

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/main/advanced-stuff/cooperaccion-informa/754-urge-revisar-beneficios-tributarios-del-sector-minero.

Perú

COTABAMBAS: ORGANIZACIONES EXIGEN SUSPENSIÓN INMEDIATA DEL ESTADO DE EMERGENCIA

(17/08/2017) Compartimos el pronunciamiento suscrito por diversas organizaciones en rechazo al Estado de Emergencia decretado la víspera por el Gobierno.

PRONUNCIAMIENTO
SUSPENSIÓN INMEDIATA DEL ESTADO DE EMERGENCIA EN COTABAMBAS
Las organizaciones sociales, instituciones nacionales e internacionales reunidas en la ciudad de Abancay  en el evento sobre “Buen vivir desde las comunidades campesinas de las regiones Cusco, Huancavelica, Cajamarca y Apurímac”, ante la declaración de Estado de Emergencia en los distritos de Challhuahuacho, Haquira y Mara de la Provincia de Cotabambas, decretada por el Gobierno Nacional, mediante el D.S. N° 085-2017-PCM, manifestamos lo siguiente:
1. De acuerdo a la Constitución Política del Perú y normatividad internacional, la declaratoria de estado de emergencia es una medida aplicable de manera “excepcional” y solo debe emplearse cuando se produce perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o graves circunstancias, que afecte la vida de la nación, por lo que creemos que el Ejecutivo abusa de las facultades que le otorga la Constitución Política, limitando y restringiendo el derecho a la protesta social que vienen ejerciendo las comunidades campesinas.

 

2. La declaratoria de Estado de Emergencia ante cada conflicto no solo no contribuye a prevenir y solucionar los desencuentros con la población, sino que agrava la criminalización de la protesta que afrontan los líderes, lideresas y defensores del medio ambiente.

3. Las justas demandas de las comunidades campesinas que exigen el respeto de sus derechos, no se pueden responder con el uso desmedido de la fuerza. El conflicto en Las Bambas ya tiene un lamentable saldo de 4 personas fallecidas por heridas de bala producidas por la Policía Nacional del Perú,  sus familias se encuentran en el desamparo y la criminalización de más 100 comuneros  y comuneras.

 

4. Las modificaciones al Estudio de Impacto Ambiental no solo no fueron consultadas, sino que no se previó las medidas adecuadas de mitigación de impactos, como el asfalto de las carreteras por donde transita el transporte minero. La medida implementada por la empresa y aprobada por el gobierno, de regar la carretera, es insuficiente para responder a la movilización de 300 camiones diarios por una vía pública que atraviesa los centros poblados y comunidades.

 

5. Apoyamos a las comunidades campesinas que exigen la actualización de los contratos celebrados entre ellas y la empresa por el uso de su territorio comunal y el transporte de minerales de la Mina Las Bambas. Asimismo, apoyamos su exigencia de que se les brinde el mismo trato que han recibido las cuatro comunidades de Challhuahuacho y Tambobamba.

 

6. Exigimos que las instituciones del Estado garanticen que no se vulnere derechos fundamentales de los miembros de las comunidades campesinas. Asimismo exigimos que al Ministerio Público y el Poder Judicial cumplan su papel de garantes del orden constitucional y solicitamos a la Defensoría del Pueblo mantener un rol activo y vigilante.

7. Instamos al Gobierno a dar solución inmediata y pacífica a las demandas de la población y sus comunidades, convocando a un espacio multisectorial entre las comunidades y la empresa para llegar a acuerdos satisfactorios para todas las partes; asimismo lo instamos a dejar sin efecto la declaratoria del estado de emergencia, para que la población y sus organizaciones puedan ejercer su derecho a reunión y libre tránsito garantizando su participación en la solución de este conflicto.

 

8. Demandamos a la empresa Minera Las Bambas el cumplimiento de su responsabilidad social y ambiental.

 

Abancay, 16 de agosto de 2017.
Suscriben:

 

• Federación Interprovincial de Desarrollo Territorial y Ambiental de las Provincias de Cotabambas, Chumbivilcas, Espinar y Paruro
• Frente de Defensa de la Provincia de Espinar
• Defensoras del Territorio y Cultura K´ana
• Frente de Defensa de los Intereses del Distrito de Haquira
• Federación Regional de Mujeres de la Región de Apurímac
• Derechos Humanos Sin Fronteras
• CEDEP Ayllu

CooperAcción
• Centro Bartolome de las Casas
• Red Muqui
• IDECA
• APRODEH
• Broederlijk Delen – Bélgica
• Asociación Madre Coraje –  España

Fuente:http://www.conflictosmineros.org.pe/?q=alertas/17/08/2017/cotabambas-organizaciones-exigen-suspensi-n-inmediata-del-estado-de-emergencia

Perú

#Alerta: nuevo Estado de Emergencia en Cotabambas

Mediante decreto supremo, el Gobierno ha declarado el Estado de Emergencia en tres distritos de la provincia de Cotabambas (Apurimac). Se trata de los distritos de Mara, Chalhuahuacho y Haquira, en donde la población mantiene bloqueada la carretera del Corredor Minero desde hace dos semanas. Los manifestantes pertenecen a las comunidades campesinas de Pitic, Miraflores, Pisaccassa y Congota.

Con la medida quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, inviolabilidad del domicilio, y libertad de reunión y de tránsito.

La mañana del martes se había informado que la empresa Minera MMG Las Bambas y el MTC habían llegado a acuerdos con representantes comunales, incluyendo la formación de una comisión técnica que evalúe si la empresa minera debe efectuar el pago de compensaciones a las comunidades por posibles desviaciones o ampliaciones ejecutadas en la vía.

Como se recuerda, desde el 7 de agosto se informó que seis comunidades mantenían esta medida de protesta reclamando el pago de derechos de servidumbre por el uso de la carretera que cruza sus territorios.

El uso de esta ruta por parte de la empresa MMG Las Bambas para el transporte diario del mineral es consecuencia de la modificación inconsulta del Estudio de Impacto Ambiental y las negociaciones originales con las comunidades, que contemplaban el uso de un mineroducto. Como han denunciado los pobladores anteriormente, el tránsito ininterrumpido de vehículos pesados viene generando impactos por la polvareda, el ruido, la accidentabilidad, la vibración, entre otros.

Dicha vía empieza en el pueblo de Chumille, en el distrito de Challhuahuacho, atraviesa el distrito de Mara y termina en el límite con la provincia de Chumbivilcas, en Cusco.

Esta carretera fue también la causa del conflicto que estalló en 2016, cuando la represión a la protesta social causó la muerte del comunero Quintino Cereceda por impacto de bala en la cabeza. En ese momento las protesta fue protagonizada por las comunidades de Quehuira, Choquecca, Allahua y Pumamarca.

Desde el conflicto de octubre pasado, el gobierno ha declarado la emergencia una y otra vez, manteniendose suspendidas las garantías constitucionales en las zonas aledañas a este,uno de los principales proyectos mineros del país.

La estrategia de declarar Estado de Emergencia ante cada conflicto no solo no contribuye a prevenir y solucionar los desencuentros con la población, sino que agrava la criminalización de la protesta que afrontan los líderes sociales.

Continúa cerrada la vía a pesar de la declaratoria de Estado de Emergencia. La empresa ha pedido la liberación de la vía para iniciar el diálogo, pero las comunidades no ceden porque consideran que las mesa de diálogo no han funcionado. Si se logra primero acuerdos concretos, liberaran la vía.

 

16 de agosto de 2017

Fuente:http://www.conflictosmineros.org.pe/?q=alertas/16/08/2017/alerta-nuevo-estado-de-emergencia-en-cotabambas

Perú

Puno: Gerente de Recursos Naturales presentará dos estudios de inversión para la remediación de la Cuenca Ramis

Hoy es la Sesión Descentralizada del Consejo Regional de Puno, esta vez se realizará en el distrito de San Antón de la provincia de Azángaro y es el Gobierno Regional de Puno la instancia que deberá informar todas las acciones ejecutadas para remediar la contaminación de la cuenca ramis.

El gerente de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Gobierno Regional de Puno, Edson Pizarro Rojas, afirmó que como funcionario le viene dando seguimiento al caso en particular desde el año 2015, es decir desde que inicio la actual gestión de Juan Luque y a pesar de las múltiples limitaciones con el Alto Comisionado en Asuntos de Formalización de la Minería, Interdicción de la Minería Ilegal y Remediación Ambiental de la Presidencia del Consejo de Ministros, se ha continuado trabajando.

Recordó que hoy presentaran todas las acciones del gobierno regional de Puno, entre estos, estudios realizados para la adquisición de maquinarias agrícola y algunos otros proyectos de remediación para la zona afectadas.

Fuente:http://www.radioondaazul.com/puno-gerente-de-recursos-naturales-presentara-dos-estudios-de-inversion-para-la-remediacion-de-la-cuenca-ramis-70157.html

Perú

Tribunal Constitucional podría ocasionar que mineras no sean fiscalizadas por OEFA

CON FALLO FAVORABLE A PERUBAR

  • Eventual resolución favorable a minera Perubar costaría al Estado unos 200 millones de soles
  •  Hoy en día existen 70 procesos contra el aporte para el organismo
  •  Aporte por regulación que recibe OEFA está amparado en cuatro leyes y por la Constitución

Otro golpe al Organismo de Fiscalización y Evaluación Ambiental (OEFA). Ahora el Tribunal Constitucional (TC) decidirá si el Estado deberá devolver S/ 200 millones de soles de Aportes por Regulación (APR) que esta entidad ha recibido en los últimos tres años, así como la exoneración de este pago –a futuro- en favor de las empresas mineras y extractivas en general.

Y es que la demanda de la empresa minera Perubar, en contra del Decreto Supremo N° 130 -2013-PCM por el cual se establecen los porcentajes APR, podría generar un “efecto dominó” que perjudicaría los recursos económicos con los que OEFA cuenta para realizar sus actividades de supervisión y fiscalización ambiental.

Esta situación, que el TC debe resolver en los próximos días, fue analizada este 10 de agosto, durante el evento público “Importancia del aporte por regulación del OEFA: Fiscalización ambiental y el desarrollo sostenible del país”.

Henry Carhuatocto, Presidente del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS), aseguró que funcionarios de OEFA le brindaron la cifra de unas 70 acciones judiciales (de amparo) que –a la fecha- han emprendido las empresas mineras para cuestionar este tributo. Perubar está a la cabeza.

“El único aporte que tiene OEFA es el APR, puesto que el dinero recaudado producto de las multas –a causa de sanciones impuestas- regresan al tesoro público. Las multas –de OEFA- no son recursos ordinarios, ello lo dice la Ley N°30230 que aún sigue vigente”, resaltó el abogado.

APR respaldado por leyes

Carhuactocto Sandoval citó que en el artículo 8 de la Ley General del Ambiente se señala que: “el costo de acciones de prevención, vigilancia, restauración, rehabilitación y eventual compensación –relacionada con la protección del Ambiente– del impacto negativo de actividades humanas, deben ser asumidos por los causantes de dicho impacto”.

Además, expuso que el Aporte por Regulación se creó en el año 2000 (mediante Ley N°27332), y no mediante decreto supremo, como argumenta Perubar ante el TC, ya que el artículo 74 de la constitución indica que los tributos se crean mediante ley.

“Ningún tributo puede imponerse si el Congreso de la República no lo crea mediante ley, esto corresponde al principio de reserva de ley en materia tributaria. Son cuatro leyes (N°29951, N°30011, N°30115 y N°30282) que apoyan y sustentan que OEFA es el acreedor tributario (quien debe cobrar) el APM en el sector minero. ¿Dónde está inconstitucionalidad?”, cuestionó el letrado.

De igual modo, recordó que el OSINERG se convierte en OSINERGMIN (2007) y se hace cargo del APM, así como de las obligaciones socioambientales. Un año despúes (mayo 2008) se crea MINAM y luego OEFA a la que se transfiere estas funciones y este aporte, es decir se convierte en acreedor tributario.

Contradicción del sector minero

La demanda de Perubar no cuestiona leyes, pero sí el D.S. N°130-2013-PCM, dispositivo legal al que señalan como autor del APR que es “ilegal” y “confiscatorio”. Aun cuando el decreto se basa en las leyes y la Ley de organismos reguladores.

Este fue el argumento que INDECOPI le rechazó a la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) en el 2014 (resolución N° 0425-2014/CTP INDECOPI) y en donde reclamaron que el APM es una “barrera burocrática” para ingresar al mercado, y por ser una “alta tasa” que les impide ser competitivos.

Luego el sector, presenta una acción popular ante el Poder Judicial, y la Corte Suprema de Justicia también resolvió que el APR es legal. Es así que ahí recurren TC, el único que falta pronunciarse.

Otros argumentos

El presidente de IDLADS también indicó que con menos del 1% de su facturación anual (0.11%), el APR no es confiscatorio, tal como señala la SNMPE y Perubar. “Ni que fuera el 60% que perjudicaría el capital de una empresa. Además, lo que el sector minero olvida es que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) también recibe un APM desde 1992 desde las empresas eléctricas, aun cuando no es un organismo regulador”, puntualizó.

Empujan a que mineras se “autorregulen”

A su turno, Javier Jahncke, Secretario Ejecutivo de la RED MUQUI, advirtió que al no haber recursos para OEFA, el Estado se podría ver obligado a disponer que las empresas realicen sus procesos de autorregulación. “Las empresas no puede fiscalizarse solas y luego pasar los informes a OEFA para decir que no contaminan y todo está conforme, cuando muchas veces no es así. A esto nos lleva esta acción llevada al Tribunal Constitucional por Perubar”, remarcó.

Asimismo, mencionó que OEFA no cuenta con recursos suficientes, de por sí, para hacer una fiscalización y supervisión adecuada, ni alcanzar a todas las mineras durante las etapas “secas” y húmedas” (tiempos de lluvia) del año.

“Con el posible retiro del aporte, ¿cómo se podría supervisar y verificar que se cumplen las exigencias de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en campo? ¿Cómo se quiere que luego no se generen impactos ambientales y en la salud de las personas?”, aseveró.

Otra situación referida por Jahncke Benavente es que OEFA da a conocer “cronograma de supervisiones” y fija reuniones de “coordinación previa” (a la fiscalización) con la empresa. Pese a que estos procesos deben ser inopinados.

“No solo se trata de defender los recursos del OEFA, sino que cumpla bien su rol”, apuntó.

Peligro de mayores conflictos sociales

Vanessa Cueto, presidenta de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), recordó que la Defensoría del Pueblo ha reportado 177 conflictos sociales (julio 2017), de los cuales el 73.4% son por temas ambientales. Lo cual indica que la necesidad de contar con mecanismos e instituciones fuertes, como el Ministerio del Ambiente y el OEFA.

“Hacemos un llamado al TC para que tenga una opinión mucho más amplia con la documentación y sustento técnico que desde DAR les hemos hecho llegar. Se trata de tener inversiones, pero que sean sostenibles con el cumplimiento de las reglas ambientales, y así garantizar derechos. Esa es la finalidad”, apuntó.

Objetivo político, no constitucional

Por su parte, Paul Maquet de CooperAcción, comentó que la demanda de inconstitucionalidad de la empresa PeruBar está enfocada en “desfinanciar” a OEFA, y no en el APR que tiene 17 años de existencia.

“El objetivo no es cautelar un derecho constitucional. Esta demanda es política. Ello forma parte de una lógica que ‘contrapone’ regulación ambiental con crecimiento económico. Cuando la regulación ambiental reduce costos, de remediación, así como económicos y sociales”, acotó.

Celeridad a favor de Perubar

Ana María Vidal, secretaria adjunta de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), evidenció la rapidez con que “prosperan” las demandas de las empresas extractivas en el Poder Judicial y el TC.

“Resulta inaudito ver con qué rapidez ha avanzado el proceso. En menos de tres años ya llegó al TC. A comparación de las demandas presentadas en casos como el de Arboleda (Puno) y Cuninico (Uraninas, Loreto), en donde comunidades andinas y nativas siguen esperando que sus demandas presentadas ante el TC sean atendidas desde el presentado demandas ante el TC desde el 2011 y 2015, respectivamente.

DATO:

  • El evento público “Importancia del aporte por regulación del OEFA: Fiscalización ambiental y el desarrollo sostenible del país”; por organizado por Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), el Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS), CooperAcción, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNNDDH), la Organización Nacional de Mujeres Indígenas, Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP) y la RED MUQUI.
  • Perubar S.A. forma parte del Grupo Glencore y fue constituida el 31 de octubre de 1957. Hoy en día desarrolla principalmente operaciones logísticas de almacenamiento, mezcla, acondicionamiento y embarque de concentrados de minerales a empresas del sector minero, vinculadas y de terceros.
  • Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/618-tribunal-constitucional-podria-ocasionar-que-mineras-no-sean-fiscalizadas-por-oefa
Perú

LA CONFLICTIVIDAD SOCIAL SIGUE ALLÍ

Hace unas semanas nos preguntábamos qué significaba la caída atípica en el número de conflictos sociales que registró la Defensoría del Pueblo en los informes del último trimestre. Hoy, con la publicación del informe para julio de 2017, es oportuno volver a discutir si se trata de una tendencia que se mantendrá en el tiempo, o si por el contrario se trató de un tema coyuntural.

En una primera aproximación, las nuevas cifras de la Defensoría muestran que la tendencia a la baja no ha continuado. Tras haber reducido su número de 214 en enero a 177 en junio, en julio se registran nuevamente 177. Son tres los nuevos casos registrados, en tanto que dos se consideran resueltos y uno se consideró retirado por inactividad.

Pero el nuevo informe brinda algunos elementos que confirmarían que la aparente disminución de la conflictividad social puede entenderse como coyuntural. El dato más saltante es la movilización social: luego de que junio registrara un total de 87 acciones colectivas de protesta, este mes se registraron 200 acciones de este tipo.

Como vemos en el siguiente cuadro, este número casi duplica el promedio de protestas que se registró el año pasado, que fluctuaba alrededor de 100 casos mensuales. Esto nos habla de una mayor intensidad de la conflictividad social.

 

 

Otro elemento a considerar es que el número de conflictos socioambientales –que son la mayor proporción de los conflictos totales- no ha tenido una caída significativa y por el contrario presenta un leve repunte, habiendo crecido de 127 en mayo a 130 en el último reporte. De hecho, ha crecido levemente su peso en el total: si en enero eran el 67,3% de los conflictos, ahora representan el 73,4%.

 

De los conflictos socioambientales activos, los que se refieren a la actividad minera representan el 64% y los vinculados a hidrocarburos el 12,8%, explicando así el sector extractivo casi el 80% de los mismos.

En suma, nada indica que la tendencia a la baja esté vinculada con algún cambio de naturaleza más estructural o permanente, menos aún con alguna nueva estrategia implementada por el nuevo Viceministerio de Gobernanza Territorial. Por el contrario, según podemos observar con algunos casos recientes, la tendencia del Gobierno en sus declaraciones públicas sigue buscando deslegitimar las acciones de protesta. Decisiones recientes, como dejar en el limbo el ordenamiento territorial que permitiría precisamente una mejor gobernanza del territorio, con participación de las comunidades, o la flexibilización de reglamentos y estándares ambientales, abren por el contrario el espacio para nuevos desencuentros entre el Estado, las empresas y las poblaciones.

 

09 de agosto de 2017

 

CON EL RUEGO DE SU DIFUSIÓN

 

Perú

Cusco: firman acta final de mesa de desarrollo de Chumbivilcas

Acuerdo ratifica plan de inversión por un monto superior a S/2 mil millones. Se busca poner fin a conflicto minero en la zona.

El ejecutivo firmó hoy junto a autoridades y representantes de la provincia de Chumbivilcas, ubicada en la región Cusco, el acta final de la mesa de desarrollo de dicha provincia, donde se ratifica un plan de inversión de más de S/2 mil 700 millones para la ejecución de diversas obras.

Este plan de desarrollo atenderá la ejecución de proyectos a corto, mediano y largo plazo. Se priorizará una inversión de más de S/800 millones en 145 proyectos de agricultura, educación, salud y transporte, así como de agua potable y saneamiento. Además se adquirirán ambulancias y equipos médicos para el hospital de Santo Tomás y otros centros de salud de la provincia.

Una de las principales obras será la construcción del corredor minero, una vía asfaltada entre Apurímac y Cusco, por donde camiones de diferentes empresas mineras transitarán sin contaminar con polvareda los campos de cultivo de los comuneros de ambas regiones.

En esa misma línea también se acordó la constraucción  de una carretera de 175 kilómetros de longitud que unirá las localidades de Quiñota, Llusco, Santo Tomás, Velille, Maranniyoc y Espinar.

“Tras cuatro meses de diálogo, hemos logrado en tiempo récord concretar y poner en marcha un plan de inversiones que beneficiará a los pobladores de Chumbivilcas. En seis meses regresaremos a Cusco para evaluar el avance de los proyectos”, afirmó el ministro de Energía y Minas (MEM), Gonzalo Tamayo, quien representa al gobierno en esta mesa de desarrollo.

«La provincia está confiando en el proyecto. Esperemos que lo propuesto se cumpla en los plazos establecidos. Estamos poniendo las manos al fuego por nuestras autoridades. Podría haber un problema social muy grande si no se hace», aseguró David Vera, alcalde de Chumbivilcas.

Como se recuerda a finales del año pasado la población de Chumbivilcas realizó una serie de protestas contra las mineras Hudbay y MMG Las Bambas por la contaminación que causa la polvareda de sus camiones. Al gobierno se le reclamaba más inversión en salud y educación.

Las conversaciones se vieron paralizadas en diciembre, cuando el ejecutivo decretó el estado de emergencia en la provincia por 30 días debido a los actos de violencia registrados, como la destrucción de las oficinas de la empresa prestadora del servicio de agua potable en el distrito de Santo Tomás. Tras el levantamiento de la medida de fuerza se retomó el diálogo a fines de enero.

Cabe mencionar que el gobierno tiene en Chumbivilcas otras mesas de diálogo en los distrito de Velille y Chamaca. Estas mesas aún continúan en desarrollo en busca de acuerdos.

Situación en Las Bambas

El pasado 4 de abril comuneros de la comunida campesina de nueva Fuerabamba, ubicada en el distrito de Challhuahuacho, en Cotabambas, llegaron a un acuero con representantes de la mina MMG Las Bambas, donde se estableció que los miembros de su comunidad será contratatos por la empresa con un sueldo no menor a los S/2 mil mensuales. Esta diálogo también fue mediado por representantes del MEM. En días previos algunos comuneros realizaron bloqueos en el sector de Yavi Yavi, afectando la circulación de camiones con producción minera.

Tamayo, del MEM, señaló recientemente que existe un programa de inversiones de 2,000 millones de soles para desarrollar 299 proyectos en la zona de influencia de la mina Las Bambas.

Como se recuerda, el Ejecutivo y autoridades de la provincia de Cotabambas, acordaron en febrero dar inicio a la ejecución de los proyectos en el Plan de Desarrollo de Cotabambas, una propuesta trabajada por ambas partes y que incluye 291 proyectos de inversión.

Fuente:http://elcomercio.pe/peru/cusco/cusco-firman-acta-final-mesa-desarrollo-chumbivilcas-413218.

Perú

Denuncian contaminación de minera Antamina en el mar de Huarmey

Los vecinos y pescadores exigen a las autoridades de Huarmey que realicen los trabajos respectivos para evitar la contaminación. Una ciudadana envío fotografías al WhatsApp de La República donde se aprecia como el mar de la ciudad huarmeña presenta grandes daños debido a la contaminación.

La ciudadana que prefirió mantener su nombre en reserva por medio a represalias, indicó que la situación en la que se encuentra el litoral peruano es preocupante sobre todo para los pescadores artesanales.

Según indicó al WhatsApp de La República “el día jueves 20 de julio, a las 5 de la mañana aproximadamente, una embarcación retornando de sus labores paso por el muelle de la CIA Antamina de Puerto Punta Lobitos, encontrando el mar con petróleo”.

La ciudadana aseguró que, “debido a este grave problema de contaminación, los botes tienen que salir a navegar 4 o 5 horas para buscar peces, pues en nuestra zona no hay”.

“Como toda empresa minera hay contaminación, pero esto de perdura, el petróleo en el mar nos perjudica a todos y sobre todos a los pescadores artesanales que trabajan gracias al litoral peruano”, manifestó laciudadana.

Los vecinos y pescadores exigen a las autoridades de Huarmey que realicen los trabajos respectivos para evitar la contaminación del mar y otros tipos de contaminación que existe en la ciudad.

No es la primera vez que la ciudad de Huarmey tiene este tipo de problema con la empresa minera, tal como lo informamos en La República, el 3 de febrero del 2012, los pobladores de Huarmey realizaron un paro de 48 horas contra la minera a la que acusaron de contaminar el acuífero que les provee de agua potable.

Fuente:http://noalamina.org/latinoamerica/peru/item/37289-denuncian-contaminacion-de-minera-antamina-en-el-mar-de-huarmey

Perú

Informe revela falta de implementación de la consulta previa en minería

Esta vez las críticas al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) por la falta de consulta de los principales proyectos mineros, no vienen de las ONG o de las comunidades campesinas o de grupos ambientalista, sino de la propia Oficina de Control Interno del propio MNEM (OCI MINEM). Como sabemos, si bien esta forma parte del sistema de control, administrativamente forma parte del MINEM

Se trata del informe de Auditoria No 08-2015-2-0054 denominado “Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios para el Otorgamiento de Concesiones de Beneficio, Autorización de Inicio de Exploración, Aprobación del Plan de Minado y Autorización de Actividades de Desarrollo y Preparación a cargo de la Dirección General de Minería”, y fue elaborado por la Oficina de Control Interno del Ministerio de Energía y Minas.

Como lo dice el propio Resumen Ejecutivo, el objetivo general fue “determinar si la Dirección General de Minería y sus unidades orgánicas que le conforman vienen desarrollando sus procedimientos administrativos […] cautelando el cumplimiento de derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas u originarios con sujeción al marco normativo vigente“. (pág. 1). Añade que el período de control auditado es el período del 1 de enero de 2012 al 31 de diciembre del año 2014.
Los hallazgos a los que arriba el informe en sus conclusiones, son realmente reveladores de la forma como la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas (DGM-MINEM), viene incumpliendo su obligación de consulta previa de los proyectos mineros, y hablan por sí mismos.

I. CONCLUSIONES DEL INFORME DE OCI MINEM

Lo que concluye la Oficina de Control Interno del Ministerio de Energía y Minas (OCI-MINEM):

1. OCI-MINEM reconoce que Dirección General de Minería del MINEM no consultó proyectos mineros

La primera conclusión es lapidaria. Esta es una aseveración fuerte y contundente, y constituye una crítica muy fuerte a la DGM-MINEM: “la Dirección General de Minería autorizó el inicio de las actividades mineras de exploración en los proyectos mineros de exploración Alicia y Yagku a favor de la empresas mineras Strait Gold Perú SAC y Exploraciones Águila Dorada SAC, sin realizar procesos de consulta previa”. (pág. 70).

2. La estrategia utilizada: Actas de asamblea de comunidades que “reconocen” que no se afecta sus derechos de pueblos indígenas

La estrategia de la DGM-MINEMfue obtener actas de asamblea, donde están eran forzadas a reconocer que estos proyectos no afectaban sus derechos en su condición depueblos indígenas. En palabras de la OCI MNEM, “sin realizar procesos de consulta previa al considerar las “actas de asambleas comunales” como elementos de sustento suficientes de que tales actividades no afectaran los derechos colectivos de la comunidad campesina de Cancahuani y la comunidad nativa de los Naranjos”. (pág. 70)

3. DGM-MINEM desatendió información de Viceministerio de Interculturalidad

La OCI MINEM denunció que esta conducta resulta agravada toda vez que la DGM-MINEM “contaba con información remitida por el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, que indicaba que existía presencia de organizaciones indígenas a nivel comunal referencial entre las que estaban las comunidades antes mencionadas, omitiendo la obligación de cautelar el derecho colectivo de dichas comunidades”. (pág. 70)

4. DGM-MINEN ha inobservado normas sobre consulta previa

La conclusión de la OCI MNEM es que la DGM-MINEM ha aprobado proyectos mineros “inobservando lo contenido en los artículo 2, 5, 7, 8 y 10 de la Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios (Ley 29785), artículos 3, 5, 7u 8 de su Reglamento (DS 001-2012-MC) y Guía Metodológica; Consulta a los Pueblos Indígenas de febrero de 201, publicada”. (pág.70)

4. La falta de consulta genera riesgo de conflictos sociales

Precisa la OCI MINEM que esta falta de consulta de la DGM-MINEM, además de violar normas referidas a la consulta previa “genera el riesgo de conflictos sociales en la zona de los proyectos mineros, además de las contingencias de carácter legal en contra el Ministerio de Energía y Minas”. (pág. 70)

5. la DGM-MINEM ha actuado sin la debida diligencia

La OCI MINEM va más allá, cuando sostiene que esta falta de consulta de la DGM-MINEM“fue ocasionado por la falta de diligencia de parte del Asistente Técnico, Abogada de la Dirección General de Minería y Director• Técnico Minero, responsables de evaluar las solicitudes de las empresas Strait Gold Perú SAC y Exploraciones Águila Dorada SAC para la autorización del inicio de actividades de exploración minera y emitir el pronunciamiento administrativo y formular la propuesta de Resoluciones Directorales, sin cautelar que éstos actos administrativos se den dentro de la normativa vigente para estos casos”. (pág. 70)

6. Funcionarios de la DGM-MINEM no cumplieron con sus funciones

En base a estas consideraciones la OCI MINEM concluye que “el Director Normativo de Minería y el Director General de Minería no ejecutaron diligentemente sus funciones: al no haber observado que las Resoluciones Directorales para la autorización del inicio de actividades de exploración minera se efectúen dentro del marco normativo respectivo”. (Pág. 70)

II. RECOMENDACIONES DE OCI-MINEM

Luego que OCI MINEM analiza diferentes aspectos de la forma como DGM-MINEM viene evadiendo su responsabilidad de consultar los proyectos mineros, formula esta conclusiones que revelan lo mal que se han estado haciendo las cosas.

1. Inicio de las acciones administrativas contra responsables.

OCI MINEM encuentra indicios de responsabilidad administrativa, acto seguido, solicito el inicio de sendos procesos administrativos. Precisa ésta literalmente lo siguiente: “Disponga, el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades de los funcionarios y servidores comprendidos en las Observaciones No 1, 2 y 3, teniendo en consideración que su inconducta funcional no se encuentra comprendida bajo la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República”.(Pág. 75) (Subrayado nuestro)

2. Se disponga el cumplimiento de la ley y la correcta identificación de los pueblos indígenas

Lo que exige OCI MINEM en buena cuenta, es que DGM MINEM dé cumplimiento a las normas que regulan la consulta previa, y a los lineamientos del Viceministerio de Interculturalidad. Precisa “Disponga, que el Viceministro de Minería instruya a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros encargadade realizar la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios cuyos derechos colectivos puedan verse afectados en forma directa, que la etapa de identificación de pueblos indígenas u originarios, se sujete a establecido en la Ley de Consulta Previa y su Reglamento, además de los lineamientos aprobados por el Viceministerio de lnterculturalidad del Ministerio de Cultura, de tal forma que la identificación de una comunidad campesina o nativa, debe ser efectuada mediante visitas de campo que permita el acopio de informacióndebidamente sustentada a cargo de profesionales debidamente entrenados, asimismo, se realice la evaluación de todos los criterios de identificación establecidos en dicho marco normativo, los cuales deben ser interpretados de manera integral”.(Pág. 75) (Subrayado nuestro).

3. Se realice procesos de consulta cuando corresponda

La recomendación final que OCI MINEM hace a DGM MINEM es muy simple, que realicen consultas cuando corresponda: “Disponga, que el Viceministro de Minería instruya a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros,que en los casos en los cuales las actividades mineras autorizadas indebidamente por la Dirección General de Minería, hayan conducido o conduzcan a nuevas actividades mineras (exploración, explotación, concesión de beneficio u otros) en los ámbitos geográficos de las comunidades campesinas comprendidas en las dieciséis (16) resoluciones directorales materia de denuncia por la Defensoría del Pueblo, así como de aquellas evidenciadas en el presente informe, se dé inicio inmediato a la consulta previa a efecto de identificar la existencia o no de pueblos indígenas u originarios cuyos derechos colectivos puedan verse afectados en forma directa, contando de ser el caso, con la asistencia técnica del Viceministerio de lnterculturalidad del Ministerio de Cultura, en cumplimiento de sus funciones dispuestas en el artículo 28º del Decreto Supremo n.º 001-2012-MC Reglamento de la Ley No 29785, Ley de Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios”.(Pág. 75) (Subrayado nuestro)

A manera de conclusión: ¿Qué hace el Viceministerio de Interculturalidad?

Queda claro que las cosas no se están haciendo bien. Hay un grave e intolerable fraude al Convenio 169 de la OIT y a las obligaciones internacionales del Estado, en materia de pueblos indígenas por parte del Ministerio de Energía y Minas. De otro lado, no queda claro qué está haciendo el Viceministerio de Interculturalidad sobre la materia, ¿qué medidas está tomando este ante esta actitud del MINEM?, ¿está haciendo seguimiento este a esta resolución y a las recomendaciones de la OCI MINEM? ¿Está enterada de este informe? Este órgano debería de hacer seguimiento a la implementación de la consulta previa.

No se trata de cuestionamientos caprichosos. Las actividades extractivas son las que más impacto generan en los pueblos indígenas, y entre ellas son la explotación minería y petrolera las que afectan más los territorios de estos pueblos. La consulta previa de la actividad minera debería ser prioridad para el Viceministerio de Interculturalidad. Pero parece que está dedicado a otras cosas, pues a pesar que el Convenio 169 de la OIT ha sido incorporado hace 22 años al ordenamiento jurídico, solo tres proyectos mineros han sido consultados. No obstante, los grandes proyectos mineros donde hay comunidades campesinas, siguen sin ser consultados como son Antapaccay a cargo de Glencore, Constancia a cargo de Hudbay y Las Bambas a cargo del Consorcio MMG.

Fuente:https://juancruizm.lamula.pe/2017/08/04/informe-revela-falta-de-implementacion-de-la-consulta-previa-en-mineria/juancruizm/