Panamá

Estado de derecho, seguridad jurídica y caso Minera Petaquilla

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la Ley No. 9 de 1997, por la cual se aprueba el contrato celebrado entre el Estado y la sociedad Minera Petaquilla, S.A., ha dado mucho de qué hablar en los últimos días. Como era de esperarse, la Cámara Minera de Panamá y la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura han salido a la palestra pública señalando que la ley es inconstitucional, más no el contrato. Eso no nos sorprende en lo absoluto, pues dichos gremios tienen como norte la promoción de los negocios y la inversión. Sin embargo, tenemos al ministro de Comercio e Industrias que velozmente se reúne a puerta cerrada con el sector minero y publica un comunicado mediante el cual señala que el fallo solamente afecta la ley declarada inconstitucional, más no el contrato, resaltando que es prioritario defender la seguridad jurídica de la inversión. Con igual opinión y rápidamente se manifestó el ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, desconociendo con ello su deber básico e irrenunciable como servidores públicos de cumplir y hacer cumplir la ley.

Se entiende por Estado de derecho a la forma de organización política en la que se encuentra sujeta la vida social, que por medio de un marco jurídico ejecuta un conjunto de reglamentos a fin de garantizar el principio de legalidad y los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

No existe Estado de derecho cuando el Órgano Legislativo actúa desde una posición partidista o cuando el Órgano Ejecutivo actúa desde una perspectiva personal, violando la legislación, desconociendo los dictámenes de la Corte Suprema de Justicia y generando disconformidad en la ciudadanía. Todas las personas debemos cumplir las leyes vigentes, incluidas las autoridades, por muy alto que sea su cargo. Ambos ministros parecen haber olvidado que la seguridad jurídica de la inversión que defienden a ultranza nunca puede ir por encima de la Constitución. Existe un principio elemental en el derecho, que por encima de los contratos, e incluso por encima de la propia ley, está la Constitución Política, al grado de que ningún contrato puede celebrarse contraviniendo sus preceptos y aunque no suela hablarse del control de constitucionalidad de los contratos, esta es una consecuencia inevitable del principio de supremacía de la Constitución. Estamos conscientes de que la decisión de la Corte Suprema de Justicia trae aparejada una secuela compleja de efectos jurídicos y situaciones que merecen un profundo análisis y que deben ser resueltas sabiamente, pero en ningún momento debemos ignorar que tenemos la obligación de ser respetuosos del Estado de derecho y la Constitución.

Urge modernizar nuestro Código Minero de 1963, especialmente en lo concerniente a la garantía en los planes de cierre de la mina y el establecimiento de áreas que deben ser cerradas a la minería, como las áreas protegidas y zonas de recarga acuífera. El caso de Minera Petaquilla es un ejemplo de lo que nunca más debe volver a repetirse en nuestro país.

Fuente:http://www.radiotemblor.org/?p=12715

Panamá

Campesinos de Coclé sin justicia y reparación por impactos mineros

En seguimiento en materia de Protección de los y las Defensores de Derechos Humanos, posterior a la participación de Panamá en el 165 Período de Sesiones, en Montevideo, Uruguay ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sobre “Criminalización de la protesta y el acoso jurídico de defensores, con complicidad de las autoridades y agentes de la autoridad, en distintas formas de violencia”.

A la Oficina del Relator de Defensores y Defensores de Derechos Humanos, Víctor Atencio Gómez, de la Defensoría del Pueblo de Panamá, se aproximaron los dirigentes comunitarios Willy Ábrego y Martín Rodríguez, a enfatizan desde la sociedad civil, que no hay respuesta del Estado para mitigar el acoso, los ataques, o detener las demandas que enfrentan porque el sistema general de cumplimiento sigue siendo inoperante y tampoco han sido abordados estándares y medidas de protección.

Martín Rodríguez ha venido a denunciar que la empresa Minera Panamá le tiene una demanda penal en la comunidad de Donoso y que los falsos, calumnias e injurias que pesan sobre su persona hoy se convirtieron en orden de conducción. Presentando una queja formal ante la Defensoría del Pueblo.

Willy Ábrego denuncia a la Empresa porque no les permite transitar por la vía que da acceso a la comunidad apartada de Nueva Lucha y al prohibir el paso a las poblaciones, no se le permite buscar el sustento diario para su familia. También se ha acercado a los Ministerios, de Educación, Salud y Obras Públicas, por el derecho a educación, salud y ambiente sano, que merecen, para que se acerquen al área y escuche la viva voz del pueblo, las necesidades sentidas por la población, pues antes de que llegara Minera Panamá, ya el pueblo Ngobe habitaba esas tierras, pero aún en ningún lado ha encontrado respuesta. Exponen haber sido discriminados por ser de la etnia Ngone Bugle al tratar de conversar con el Ingeniero encargado y haber recibido descalificativos frente a 120 grupos que tienen grabados en audio como prueba.

El Lic. Víctor Atencio de la Defensoría del Pueblo manifiesta su preocupación por que los Estándares del Sistema Interamericano son bien claros. No se puede abusar del sistema jurídico para presionar a los activistas e impedir que logren ejercer su derecho humano a defender derechos humanos. Su actividad es fundamental para consolidación de la democracia.

Expresa que la criminalización para acallar voces críticas que están reivindicando temas como el respeto a los pueblos originarios, al medio ambiente, a través de este sistema de represión penal, particularmente en la visita que este funcionario ha hecho a la comunidad, se logró constatar por el camino viable que es insostenible por el costo de $184.00 dólares que deben pagar por mar, río y tierra para llegar a sus hogares. Pero además es un camino inhumano porque hablamos de comunidades de muy bajos recursos que, en caso de niños, mujeres embarazadas o enfermas, implica 4 horas y media entre trochas, montañas y lanchas, y esto es inaceptable cuando tienen una ruta corta que la empresa les niega el acceso y podemos estar hablando de más de 4 mil personas que padecen este trato.

Los señores Ábrego y Rodríguez, gastando los pocos recursos que tenían, se aproximaron una vez más a la Defensoría del Pueblo que aún no les da respuesta, aunque fue desde 2015 la primera vez que interpusieron la denuncia.

Fuente:http://www.radiotemblor.org/?p=12776

Panamá

Minería a cielo abierto y el efecto de un fallo

‘EL FALLO ES UNA VICTORIA AMBIENTAL TRASCENDENTAL PORQUE RECONOCE QUE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO NO REPRESENTABA LOS MEJORES INTERESES PARA EL ESTADO’.

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DECLARÓ INCONSTITUCIONAL LA LEY 9 DE 1997, QUE APRUEBA EL CONTRATO LEY DE MINERA PETAQUILLA, ¿CÓMO ANALIZA ESTE FALLO?

El fallo de la Corte Suprema de Justicia, que declaró inconstitucional la Ley 9 de 1997, entre el Estado y Minera Petaquilla, S.A., es una victoria ambiental trascendental porque reconoce que la suscripción del contrato no representaba los mejores intereses para el Estado, y señala que la Asamblea Nacional debió rechazar la aprobación del contrato porque claramente contravenía preceptos constitucionales y que no cumplía con las exigencias legales contenidas en el Decreto de Gabinete No. 267 de 21 de agosto de 1969, vigente al momento que se otorgó la concesión, que establecía como requisito para otorgar una concesión minera la convocatoria a una licitación pública con la participación de empresas estatales o mixtas. Es decir, logramos demostrar —en total apego a la ley— que se trata de un contrato leonino y abusivo, contrario a los convenios internacionales que Panamá ha suscrito en la materia.

A SU JUICIO, ¿CUÁLES SON LAS IMPLICACIONES DE ESTE FALLO?

Al declararse la inconstitucionalidad de la ley, el contrato es nulo, ya que esas operaciones se hicieron en violación a la Constitución y en perjuicio del patrimonio ambiental del país. Evidentemente, las empresas mineras que han operado en el país lo han hecho con contratos leoninos y en perjuicio de los intereses del Estado, por lo que se hace urgente implementar una moratoria minera que nos permita reflexionar y tomar acciones acerca del modelo minero actual que nos ha expuesto al saqueo y la depredacción extranjera. Es importantísimo modernizar el marco legal, ya que el Código Minero, que data de 1963, está obsoleto y representa una grave y peligrosa debilidad institucional. Además, este fallo ha dado lugar a que se tome más conciencia sobre el tema de la minería y sus implicaciones ambientales, sociales y económicas. Asimismo, es una pieza jurisprudencial importante que nos va a permitir influir en los administradores de justicia para que en futuros casos se tomen las decisiones correctas.

¿CÓMO ANALIZA EL HECHO DE QUE LA CORTE HAYA TARDADO DIEZ AÑOS PARA RESOLVER ESTA DEMANDA?

El hecho que la Corte tardó diez años para resolver esta demanda nos lleva a reflexionar que, como país, nos hace falta mejorar el acceso a la justicia ambiental para obtener una solución judicial completa, pertinente, ambientalmente eficiente y expedita. La experiencia panameña en la materia es muy incipiente aún, a pesar de que hay una creciente demanda relativa a la protección de los derechos ambientales. En mi experiencia como abogada litigante en temas ambientales, me preocupa muchísimo la demora de los tribunales en la solución de los conflictos de naturaleza jurídico ambiental pues, en muchos casos, cuando finalmente el juez dicta sentencia, el daño está consumado. Recordemos que el derecho ambiental tiene un carácter preventivo.

EL GOBIERNO HA DICHO QUE EL CONTRATO SIGUE VIGENTE. ¿CÓMO ANALIZA ESTA REPUESTA?

Esta respuesta está totalmente al margen de la ley y desconoce el Estado de derecho. El principio de supremacía constitucional señala claramente que ni los contratos ni la ley están por encima de la Constitución Política. Por lo tanto, si la ley fue declarada inconstitucional, por defecto el contrato se cae. La Constitución es la ley suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico por los valores y principios que contiene. Tan sencillo como eso.

¿CUÁL ES SU ANÁLISIS DE LA ACTIVIDAD MINERA A CIELO ABIERTO EN PANAMÁ?

La actividad minera a cielo abierto es la que más problemas ambientales, sociales y destrucción causa. Panamá es un país que debido a su ubicación en una zona tropical —y por registrar el doble o triple de precipitaciones— no es conveniente la actividad minera a cielo abierto, pues los químicos tóxicos como el cianuro se mezclan con la lluvia y generan drenajes ácidos, ocasionando daños irreversibles al ambiente. Además, el Código Minero es obsoleto; contiene sanciones por faltas o incumplimientos muy débiles y con controles mínimos, y no es explícito en el tema de los planes de cierre de la mina, ni tampoco hace referencia a las zonas que deben ser cerradas a la minería, como lo son las áreas protegidas. Es una actividad en la cual las empresas internalizan las ganancias y externalizan los costos sociales y ambientales a las comunidades. Los daños ambientales que causa son graves e incluso irreversibles, y los cánones que pagan las empresas al Estado son irrisorios comparados a las ganancias que perciben. Es lamentable que en Panamá han sido sacrificadas áreas protegidas, zonas de rica biodiversidad y ríos, que han sido contaminados por el derrame de químicos a causa de esta industria que perjudica igualmente la salud humana, debido a la exposición a largo plazo al polvo y a los productos químicos industriales, generando conflictos socioambientales, particularmente entre grupos indígenas.

PARTE DE LOS CUESTIONAMIENTOS CONTRA LA MINERÍA A CIELO ABIERTO SE DAN POR LOS DAÑOS AMBIENTALES, ¿CUÁL ES SU CONSIDERACIÓN?

La minería a cielo abierto tiene consecuencias ambientales devastadoras e irreparables: es una actividad extremamente venenosa y contaminante, que destruye la tierra, el agua, el paisaje, el aire, la flora, la fauna, los ecosistemas; causante de la tala de bosques, contribuyendo al cambio climático y arruinando las actividades productivas como la agricultura, la ganadería, la pesca y el turismo. Además, produce ruido por las vibraciones y detonaciones de las maquinarias que contaminan acústicamente. Al iniciarse la explotación minera a cielo abierto, los daños son duraderos, profundos e inmediatos. Muchas veces los lugareños no están lo suficientemente informados sobre los riesgos que corren y toman agua envenenada, respiran aire contaminado y consumen alimentos contaminados, lo que genera una situación de grave amenaza para su salud. La minería a cielo abierto es absolutamente insostenible y afecta los recursos naturales de los que disponen las comunidades para sustentar su futuro.

‘SI ANALIZAMOS ALGUNAS DE LAS RAZONES FUNDAMENTALES EN LAS QUE SE BASA EL FALLO, NOS DAMOS CUENTA DE QUE NO HAN SIDO CONSIDERADOS DIVERSOS ASPECTOS MUY IMPORTANTES’.

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DECLARÓ INCONSTITUCIONAL LA LEY 9 DE 1997, QUE APRUEBA EL CONTRATO LEY DE MINERA PETAQUILLA, ¿CÓMO ANALIZA ESTE FALLO?

La demanda que llevó a este fallo fue interpuesta hace nueve años y el contrato de concesión fue aprobado hace veinte años. Si analizamos algunas de las razones fundamentales en las que se basa el fallo, nos damos cuenta de que no han sido considerados diversos aspectos muy importantes… la ley establece que en el requisito de licitación para otorgar el contrato de concesión sobre la zona no se tuvo en cuenta el Decreto 267 de 21 de agosto de 1969, sobre el que se basa el fallo para establecer que debió llevarse a licitación el objeto del Contrato Ley 9 de 1997… Para ello basta leer lo que establece el Código de Recursos Minerales vigente desde 1963, y enterarse de que en 1973 fue licitada y otorgada a un consorcio japonés que luego desistió de ella. Posteriormente, como lo establece el Código de Recursos Minerales, el área podía ser restaurada para usos mineros, tal como en efecto sucedió en 1991. Por otro lado, no se entra a valorar la situación y la verdadera incidencia actual del proyecto, sino que se consideran válidos los supuestos sobre futuras afectaciones argumentados en la demanda de hace nueve años. Actualmente en la zona hay una radical mejora en todos los índices de desarrollo sostenible, de una región que era la segunda más pobre del país.

A SU JUICIO, ¿CUÁLES SON LAS IMPLICACIONES DE ESTE FALLO?

Tal como lo han expresado los gremios y conocidos personajes de la vida pública nacional, el fallo creó una enorme incertidumbre en el inversionista directo extranjero más grande que ha existido en la historia del país, generando interrogantes muy serias sobre la seguridad jurídica para las inversiones futuras en Panamá, ya que con esta acción dicha institución del Estado actúa en contravía al objetivo de ser garante de esta seguridad. Estamos seguros de que las implicaciones generadas no pasarán más allá del susto que se ha suscitado en la opinión pública nacional…

¿CÓMO ANALIZA EL HECHO DE QUE LA CORTE HAYA TARDADO DIEZ AÑOS PARA RESOLVER ESTA DEMANDA?

Es sumamente preocupante, ya que como de hecho ha sucedido en este caso, en diez años cambian muchas cosas en materia ambiental, económica, social e, incluso, en el marco legal del país. Por ejemplo, cabe recordar que cuando se firmó el contrato en 1997 no existía la Ley Ambiental que entró a regir años después.

EL GOBIERNO HA DICHO QUE EL CONTRATO SIGUE VIGENTE. ¿CÓMO ANALIZA ESTA REPUESTA?

Una cosa es el contrato de concesión minera, que es un acto administrativo, y otra el Contrato Ley. Este último se hizo con el objeto de garantizar la seguridad jurídica de tan significativa inversión; paradójicamente ha tenido el efecto contrario con este fallo.

¿CUÁL ES SU ANÁLISIS DE LA ACTIVIDAD MINERA A CIELO ABIERTO EN PANAMÁ?

La naturaleza dispuso el mineral y el hombre busca la forma más eficiente y segura de extraerlo. Hacerlo a cielo abierto no es decisión de unos gerentes malos, es una opción técnica, que depende de las condiciones geográficas, distribución del mineral, de los costos, y hasta del clima. Incluso un mismo yacimiento puede ser puesto en producción, en parte a cielo abierto y en parte subterráneo, a lo largo de su vida, en forma consecutiva e incluso simultánea. El mineral extraído, tanto de una mina subterránea como a cielo abierto, puede ser procesado a la intemperie, o en instalaciones industriales bajo techo, y eso también es una decisión técnica. A cielo abierto sólo se hace la extracción de las rocas; el mismo procedimiento que se usa para obtener materiales de construcción, minerales industriales, calizas para cemento y la mayoría de los productos mineros con que se construye todo lo que nos rodea… Los países desarrollados han aprovechado el sector minero, y aquí se incluye de hecho la minería a cielo abierto, partiendo de su evidente potencial económico, que le permite constituirse en plataforma de desarrollo a nivel… Luego han construido sobre una visión compartida del rol que a ésta le cabe en el desarrollo nacional, así como un acuerdo respecto de las acciones prioritarias para lograr metas nacionales.

PARTE DE LOS CUESTIONAMIENTOS CONTRA LA MINERÍA A CIELO ABIERTO SE DAN POR LOS DAÑOS AMBIENTALES. ¿CUÁL ES SU CONSIDERACIÓN?

Existe una lista de ejemplos que muestran que la minería tardó más de la cuenta en asumir la importancia de minimizar sus impactos ambientales. Esta es, al final, una de las principales causas de la desconfianza y conflictividad instalada en torno al sector. Sin embargo, esto ha tenido un efecto muy positivo y hoy en día se reconoce el progreso que ha habido en materia de regulación, y que todo el sector minero formal es actualmente regulado y supervisado por la autoridad pública y también por la ciudadanía. Esto significa que todos sus impactos son previamente evaluados, posteriormente reportados en sus fases de construcción y operación, y fiscalizados por la autoridad ambiental. En cierta medida, los problemas ambientales persisten por la incapacidad de la institucionalidad para asegurar el cumplimiento de la legislación vigente, la persistencia de algunos vacíos en regulación y la necesidad de introducir nuevos incentivos para que las empresas asuman los desafíos ambientales, particularmente los asociados al cambio climático. Hoy en día las compañías tienen total disposición en utilizar tecnologías que reduzcan o eviten el daño ambiental y así cumplir con estándares internacionales, lo que ha servido de referencia a otras industrias.

Fuente:http://laestrella.com.pa/panama/politica/mineria-cielo-abierto-efecto-fallo/24086247

Panamá

Estado de derecho, seguridad jurídica y caso Minera Petaquilla

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la Ley No. 9 de 1997, por la cual se aprueba el contrato celebrado entre el Estado y la sociedad Minera Petaquilla, S.A., ha dado mucho de qué hablar en los últimos días. Como era de esperarse, la Cámara Minera de Panamá y la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura han salido a la palestra pública señalando que la ley es inconstitucional, más no el contrato. Eso no nos sorprende en lo absoluto, pues dichos gremios tienen como norte la promoción de los negocios y la inversión. Sin embargo, tenemos al ministro de Comercio e Industrias que velozmente se reúne a puerta cerrada con el sector minero y publica un comunicado mediante el cual señala que el fallo solamente afecta la ley declarada inconstitucional, más no el contrato, resaltando que es prioritario defender la seguridad jurídica de la inversión. Con igual opinión y rápidamente se manifestó el ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, desconociendo con ello su deber básico e irrenunciable como servidores públicos de cumplir y hacer cumplir la ley.

Se entiende por Estado de derecho a la forma de organización política en la que se encuentra sujeta la vida social, que por medio de un marco jurídico ejecuta un conjunto de reglamentos a fin de garantizar el principio de legalidad y los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

No existe Estado de derecho cuando el Órgano Legislativo actúa desde una posición partidista o cuando el Órgano Ejecutivo actúa desde una perspectiva personal, violando la legislación, desconociendo los dictámenes de la Corte Suprema de Justicia y generando disconformidad en la ciudadanía. Todas las personas debemos cumplir las leyes vigentes, incluidas las autoridades, por muy alto que sea su cargo. Ambos ministros parecen haber olvidado que la seguridad jurídica de la inversión que defienden a ultranza nunca puede ir por encima de la Constitución. Existe un principio elemental en el derecho, que por encima de los contratos, e incluso por encima de la propia ley, está la Constitución Política, al grado de que ningún contrato puede celebrarse contraviniendo sus preceptos y aunque no suela hablarse del control de constitucionalidad de los contratos, esta es una consecuencia inevitable del principio de supremacía de la Constitución. Estamos conscientes de que la decisión de la Corte Suprema de Justicia trae aparejada una secuela compleja de efectos jurídicos y situaciones que merecen un profundo análisis y que deben ser resueltas sabiamente, pero en ningún momento debemos ignorar que tenemos la obligación de ser respetuosos del Estado de derecho y la Constitución.

Urge modernizar nuestro Código Minero de 1963, especialmente en lo concerniente a la garantía en los planes de cierre de la mina y el establecimiento de áreas que deben ser cerradas a la minería, como las áreas protegidas y zonas de recarga acuífera. El caso de Minera Petaquilla es un ejemplo de lo que nunca más debe volver a repetirse en nuestro país.

Fuente:https://www.prensa.com/opinion/derecho-seguridad-juridica-Minera-Petaquilla_0_5135486472.html

Panamá

Corte Suprema de Justicia de Panamá declara inconstitucional contrato con Minera Petaquilla

Luego de 20 años la Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá (CSJ), en fallo del 21 de diciembre de 2017, declara inconstitucional la Ley 9 del 25 de febrero de 1997, que aprobaba un contrato entre el Estado panameño y la Sociedad Minera Petaquilla, S.A., otorgándole a esta última la concesión de los yacimientos de oro y cobre y otros minerales, en el área conocida como Cerro Petaquilla ubicado en la Provincia de Colón en el Distrito de Donoso. La Ley 9 de 1997 fue demanda de inconstitucional en el 2009 por la Abogada Susana Serracín en representación del Centro de Incidencia Ambiental (CIAM).

El Fallo contó con la aprobación de cinco de los nueve magistrados de la CSJ, entre los aspectos importantes que señala el fallo es que: reconoce que la actividad minera a cielo abierto es perjudicial para un ambiente sano, que la suscripción del contrato no representaba los mejores intereses del Estado, desatancando que la Asamblea Nacional debió rechazar la aprobación del contrato, puesto que contravenían preceptos constitucionales, y que el mismo no cumplía con las exigencias legales establecidas en el Decreto de Gabinete 267 del 21 de agosto de 1969 vigente a la fecha de otorgada la concesión, que establecía como requisito para otorgar una concesión minera, la convocatoria a una licitación pública con la participación de empresas estatales o mixtas..

La Contrato otorgó a la empresa Sociedad Minera Petaquilla, S.A., que concedía 13, 600 hectáreas de terreno para sus operaciones, fue obtenida durante la presidencia de Ernesto Pérez Balladares y obtuvo licencias de exportación durante la presidencia de Ricardo Martinelli Berrocal.

Este lunes 24 de Septiembre la Secretaria General de CSJ, publicó el edicto de notificación a las partes dentro del proceso para luego de cumplido este paso, dar trámite para su publicación en Gaceta Oficial, entre las consecuencias jurídicas que presenta el fallo, está la nulidad del contrato y el cese de actividades en la zona concesionada.

Escuchemos declaraciones de Susana Serracín, abogada ambientalista quien interpuso demanda de inconstitucionalidad contra el contrato otorgado a la Sociedad Minera Petaquilla, S.A.

Fuente:http://movimientom4.org/2018/09/corte-suprema-de-justicia-de-panama-declara-inconstitucional-contrato-con-minera-petaquilla/

Panamá

Comunidades Panameñas por una justicia socioambiental

Más de 10 casos sobre conflictos socioambientales distributivos y temático, se presentaron en la Primera Audiencia Popular “Verdad, justicia y reparación socioambiental para Panamá”. Cuyo objetivos fueron la unificación de criterios y naturaleza de los casos registrados en el país. Además el rediseño de una hoja de ruta que involucrará a las comunidades en resistencia por localidad, región y a nivel nacional. Considerando la pluralidad de conflictos y redes de organizaciones de lucha involucradas en 3 ejes temáticos:

A. Extractivismo hídrico
B. Extractivismo territorial
C. Criminalización de la protesta social y a defensores de los derechos humanos

Las comunidades que presentaron su testimonios fueron: comunidad de Santa Rita que lucha contra la hidroeléctrica Chuspa en la provincia de Chiriquí; la Red Ecológica, Social y Agropecuaria de Veraguas RESAVE que resisten contra 6 concesiones hidroeléctricas sobre el río Santa María en la provincia de Veraguas. En esta temática, un representante del corregimiento de Juan Díaz de la provincia de Panamá, expuso las implicaciones que conlleva la cuenca del río Juan Díaz.

Sobre el acaparamiento territorial, se abordo el caso de la Laguna de Matusaragatí presentada por la Alianza por un mejor Darién, la violación al Parque Nacional Volcán Barú, la isla de Pedro González que lucha contra el Grupo Eleta, edificadores de un proyecto de turismo inmobiliario. Otros casos presentados fueron la palma aceitera en la provincia de Darién que se ha convertido en una plaga para los ecosistema y forma cultural de producción agrícola.

En cuanto al extractivismo minero, se abordaron las irregularidades de la concesión minera Cerro Quema, que además de operar con permiso vencido, también a sido promotor de la persecución a Basilio Pérez, quién expuso su caso en dicha audiencia. Así como la lucha de las comunidades indígenas y campesinas que luchan contra la minería a cielo abierto y que impulsan su estrategia a través del Movimiento Mesoamericano contra el Modelo Extractivo Minero M4.

Sobre criminalización de la protesta social y a defensores de los derechos humanos, se estudio los casos de la ambientalista Ligia Arreaga, Larissa Duarte, Basilio Pérez y moradores de Isla Pedro González. Que son víctimas de demandas y amenazas a la integridad física y vida.

Es importante destacar que entre los ejes causales de los conflictos socioambientales en el marco de la Ecología Política, está la economía de libre mercado, en que los bienes comunes son principal rubro para sostener el capital y mercaderes comerciales de las grandes potencias. Pero que también vienen disfraza de Economía Verde, y su falsa solución a la crisis ambiental global. Algunas de sus ramificaciones son los Mecanismos de Desarrollo Limpio MDL, Reducción de Dióxido de Carbono y Deforestación REDD, servicios ambientales y compensación por pérdidas de biodiversidad. Que son las más negociadas en Panamá.

Estos son los casos más emblemáticos de cientos de conflictos registrados en Panamá, que fueron presentados en esta iniciativa popular.

Todos los testimonios, representaron la voluntad colectiva, como una muestra al estado de que la justicia socioambiental también es posible desde los cabildos populares y rurales. Y que esta audiencia estuvo constituido por profesionales en las materia a fines a los casos, entre ellos:

  • Celia Sanjur Socióloga
  • Evidelio Adames Biológo
  • Susana Serracín Abogada ambiental
  • Miguel Ramos Economista
  • Juana Camargo Feminista

La audiencia popular dio como resultado la creación de un instrumento legal y social que tiene como propósito ser vinculante ante el Estado (órganos de gobierno, ministerios e instituciones públicas, defensora del pueblo y organismos internacionales de derechos Humanos), con el objetivo de hacer una revisión de las concesiones, auditorias, sanciones y cancelaciones de proyectos que no cumplen la ley y que producen impactos negativos irreversibles al ambiente y humanidad.

Esta audiencia se realizó el domingo 22 de abril, en el marco del Día de la Tierra. Y aniversario de la Coordinadora en Defensa de las Tierras y Aguas de Coclé CODETAC en la Comunidad de Las Tablas de El Potrero del Distrito de La Pintada, Provincia de Coclé. Que contó con un espacio de actividades como intercambio de semillas de distintos puntos de Panamá, bailes folklóricos, actividades culturales y recreativas. Esta audiencia, sigue la dinámica de la Ruta de la Verdad realizada por las comunidades rurales y la organización hermana Acción Ecológica de Ecuador.

Esta Audiencia fue convoca por: el Colectivo Voces ecológicas COVEC y Fundación para el Desarrollo Integral, Comunitario y Conservación de los Ecosistemas en Panamá (FUNDICCEP)

Fuente:http://movimientom4.org/2018/04/video-fotos-comunidades-panamenas-por-una-justicia-socioambiental/

Panamá

Camipa aboga por extender concesión de Cerro Quema

El proyecto minero Cerro Quema, en el centro de Panamá, ‘es una oportunidad para los pobladores de la región’, por lo que la Cámara Minera de Panamá (Camipa) instó al gobierno de Juan Carlos Varela que no deje pasar esta opción de levantar una zona deprimida económicamente.

El proyecto, que ya lleva invertido más de 100 millones de dólares, está pendiente de la extensión de la concesión solicitada desde el año pasado, y de la aprobación de un tercer estudio de impacto ambiental, presentado hace tres años.

El presidente de Camipa, Alfredo Burgos, declaró a Acan-Efe que Tonosí, donde se ubica Cerro Quema, ‘es un área deprimida, que en un tiempo tenía producción de ganado’.

Allí ‘hay un yacimiento, hay una oportunidad que se debe aprovechar, porque sobre todo ha habido migración hacia las ciudades, la idea es que permanezcan en el área, abrir negocios, para producir otro tipo de economía’, indicó.

Cuestionado sobre el eventual rechazo a continuar la explotación minera, Burgos sostuvo que ‘sería perder una oportunidad grandiosa para la región, es un área deprimida, y se necesita que un proyecto como este se desarrolle, no solo por la minería, sino por la conservación del área’.

La firma canadiense Orla se hizo de la concesión de Cerro Quema aproximadamente hace un lustro, y proyecta invertir otros 120 millones de dólares en la construcción y extracción del oro de las entrañas de Cerro Quema, a unos 900 metros de altura. Esa actividad se espera que genere unos 500 empleos directos y el doble indirectos.

Burgos explicó que la explotación en Cerro Quema ‘no solamente es lo que está ahora mismo, es posible que haya otros yacimientos dentro de la concesión, (que se detecten) en un futuro, que también puedan convertirse en parte del proyecto y que continúe desarrollándose la producción de minerales’ en la provincia central de Los Santos.

Fuente:http://laestrella.com.pa/panama/nacional/camipa-aboga-extender-concesion-cerro-quema/24058551

Panamá

Como el cianuro, opositores a la minería en Panamá se evaporan, dice empresa

Una historia acumulada de 30 años, cuando en plena dictadura panameña surgió la idea de explotar el oro de Cerro Quema, está en su encrucijada más difícil, pues aunque los opositores se evaporan como el cianuro, los inversores y trabajadores desesperan por la burocracia, dijo a Acan-Efe uno de los involucrados.

Apreciando las nubladas, húmedas y calientes tierras que albergan toneladas de oro, con un coro de fondo de monos aulladores, el director general de campo de Minera Cerro Quema, el ingeniero ambiental panameño José Bustamante, detalla a Acan-Efe cómo se ha logrado corregir lo que sus anteriores dueños permitieron.
Hace casi 20 años el gobierno, empujado por la población, cerró el proyecto por unos sedimentos tóxicos lanzados a río Quema, una loza que tomó tiempo remover.

Bustamante, quien desde hace más de 7 años está al frente del proyecto sobre el terreno, explicó a Acan-Efe con su acento santeño que es natural de un pueblo de Tonosí, ubicado a dos minutos de Cerro Quema, y reconoció que «siempre ha habido contrarios» a la mina.

La canadiense Orla se hizo de la propiedad de Minera Cerro Quema S.A. hace unos años atrás, con todo el pasivo y activo histórico que arrastra, con enemigos formidables como el Frente Santeño Antiminería y el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), que cabildean para que se les saque del lugar por un supuesto riesgo ambiental.

«La empresa ha sido muy responsable en esa parte del manejo ambiental, de la mano con las actividades que realizamos el grupo que ha estado en contra se ha ido diluyendo, porque la comunidad se ha dado cuenta del manejo ambiental que ha tenido por la reforestación, la calidad de las aguas y la educación», aseguró.

«Hace siete a nueve años atrás la relación con la comunidad no era muy buena, ya ahora los que trabajan aquí se relacionan muy bien con la comunidad, que ha aceptado el proyecto, sabe los programas sociales que se beneficiarán, han recogido más de mil firmas para solicitar al presidente panameño, Juan Carlos Varela, una respuesta para el proyecto por el impacto negativo que habrá si se va», dijo.
Sobre los riesgos de contaminación de aguas y de lluvia ácida, especificó que «todo proyecto, si es una empresa responsable, lo hace bien desde un inicio», y que la subsidiaria de la canadiense «siempre tuvo la responsabilidad de hacer estudios de prefactibilidad».

«Los tajos no van a ser profundos por el tipo de mineral que tenemos, el mineral está antes de los 40 a 110 metros de profundidad, o sea van a quedar sobre 200 a 400 metros de donde se encuentra el agua subterránea», aseguró, y reiteró que «el estudio (de impacto) lo califica como un proyecto viable social y ambientalmente».

Bustamante explicó que de los 120 millones de dólares a invertir durante la construcción y explotación de la mina se destinará «un alto presupuesto al aspecto ambiental», sin precisar cifras, aunque indicó que actualmente las medidas de protección ambiental reciben 2 millones de dólares de presupuesto anual.

La lixiviación, donde se comienza a extraer el oro, se hace con agua y cianuro, pero en un porcentaje tan bajo que se diluye al contacto con el aire, sostuvo.

Será en un sistema de circuito cerrado desde un pozo con un caudal de 27.5 metros cúbicos por hora desde donde se bombeará a un tanque en donde el líquido será purificado permanentemente, detalló. El oro no está en pepitas, es microscópico», aclaró.

De las 15.000 hectáreas de la concesión se impactará 480 hectáreas, de las cuales 30 hectáreas de antiguos potreros serán las ocupadas por la planta de procesamiento, las maquinarias y bandas de transporte desde los tajos a cielo abierto, para extraer a diario unas 10,000 toneladas de piedra que serán sometidas a lixiviación.

En el recorrido a las alturas de Cerro Quema, cubierto de una espesa bruma, Acan-Efe pudo constatar las columnas de humo de las quemas vecinas y el área boscosa de la mina donde manadas de monos gritaban, mientras los expertos advertían del riesgo de picaduras de serpientes, alacranes o arañas.

Bustamante enfatizó que «solo estamos proyectados para sacar oro y un cierto porcentaje de plata durante cinco años de beneficio de minerales y tres años y medio de cierre y postcierre», cuando fue cuestionado que la prospección menciona la posible presencia de minerales de cobre.

De 130 trabajadores, con una edad promedio entre 35 y 45 años, a inicios de año se ha reducido a 105 por la falta de los permisos por parte del Gobierno para comenzar a construir la mina. 
Fuente:http://www.panamaamerica.com.pa/economia/como-el-cianuro-opositores-la-mineria-en-panama-se-evaporan-dice-empresa-1102762
Panamá

Frente santeño se opone a renovación de concesión minera en Los Santos

El Frente Santeño contra la Minería, organización ambientalista de la provincia, reiteró este miércoles 4 de abril su rechazo y repudio a la actividad minera en Los Santos.

La reacción de los santeños surge después de que representantes de la empresa Minera de Cerro Quema visitaran programas de televisoras locales, en donde abogaron por la renovación de la concesión.

A la citada empresa le fue otorgada la concesión en 1997 y esa autorización fue publicada en la Gaceta Oficial de 26 de febrero de 1997. La concesión era por 20 años y venció el año pasado y no ha sido renovada.

Mediante la Resolución No. 1 de 2018, el Frente Santeño contra la Minería expresó que ese tipo de actividad amenaza las fuentes de agua de la zona, así como deteriora ambientalmente una región que ya confronta un marcado daño de sus recursos naturales.

Agregó que durante dos décadas la organización empresarial, que dice explotar el proyecto minero de Cerro Quema, no ha logrado concretar su propósito.

La organización ambiental recordó que se ha vencido el plazo de 20 años, hecho acaecido en febrero de 2017.

Mientras, los moradores de la región le exigen al gobierno del presidente Juan Carlos Varela el cierre definitivo de la empresa minera.

Fuente:https://www.prensa.com/provincias/Frente-Santeno-renovacion-concesion-Santos_0_5000499920.html

Panamá

Integración , descolonización y extractivismo minero

La democracia implica respetar los espacios de reproducción, lo que a su vez implica plurinacionalizar el territorio del Estado moderno; dar cabida a la gestión del territorio sobre diversas formas de ver y reproducir la vida.

Existe una revuelta de la naturaleza desde los pueblos del continente americano, dado el agotamiento de la reproducción de la vida que, como respuesta, abren sus mundos para reencantar el pensamiento desde-hacia otros horizontes de afectividades, para encontrar sentidos de vida ante la duda de la existencia porque la modernidad ya no ofrece futuro. Esto quiere decir que desde los pueblos hay fisuras político-epistémicas que están situando las alternativas de vida, modos diversos de estar en el mundo, basadas en las relaciones comunales para recrear los sueños y posibilidades de un futuro abierto no prediseñado por el Estado moderno, cuyo modelo de más desarrollo, más progreso y más extractivismo minero nos quieren implantar a como dé lugar. Dice Zibechi que ‘ese mundo nuevo existe, ya no es un proyecto ni un programa sino múltiples realidades, incipientes y frágiles. Defenderlo, para permitir que crezca y se expanda, es una de las tareas más importantes durante las próximas décadas’ (Zibechi, 2003) en el siglo XXI. Dicho de otra forma, las múltiples realidades son aquellas que provienen de los pueblos racializados (indígenas, afrodescendientes y campesinos) que con sus dinámicas propias de sus lugares están reproduciendo otras formas de pensar y de sociabilizar. La democracia que requerimos en Panamá, México, Colombia, Argentina, Ecuador, Brasil, Honduras, en definitiva, en todos los países, implica respetar los espacios de reprod ucción, lo que a su vez implica plurinacionalizar el territorio del Estado moderno, es decir, darle cabida a la gestión del territorio sobre diversas formas de ver y reproducir la vida, lo que desencadenaría en una gestión pluriversal del territorio.

RESISTENCIAS Y DESCOLONIZACIÓN

Las resistencias contra la minería moderna nos abren esas posibilidades de descolonizar tanto el futuro como el espacio-tiempo presente regido por la modernidad. Es decir, un futuro abierto a los múltiples espacios-tiempos de los pueblos existentes que fueron encubiertos (Dussel, 1996), y que hoy pugnan, no solo por su reconocimiento institucional, sino por la creación de mundos sin necesidad de recurrir al Estado y al mercado capitalista, cuya creación se basa en la autodeterminación y autonomía territorial.

Las resistencias que vemos en los últimos tiempos, no son resistencias propias de los actuales momentos, sino una manifestación de los pueblos silenciados por siglos, que cobran una importancia en la actualidad porque ya es imposible seguir encubriendo el entrampe de la modernidad (Bautista, 2015), que ha llevado todo a la muerte. Por eso, las resistencias por mantener la vida son luchas contra-modernas, de allí la importancia de valorar el legado milenario de saberes que nos han permitido ir más allá que la modernidad (Bautista, 2015).

Las actuales resistencias contra-extractivas además de ser expresiones contra la acumulación de hechos, de opresión, de aniquilamiento cultural, de racismo, de la humillación histórica, de la pérdida constante de la vida, en un contexto histórico de neocolonialismo minero, son también manifestaciones de la recreación de los paisajes de pensamiento como nunca antes visto y sentido en la historia latinoamericana. La valoración de formas de trabajo enfocadas en el alimento, en la gestión de cuidado de las montañas, del agua y el amor por el río, son ahora prácticas ‘críticas a la modernidad’ (Abdiel, 2018) que podemos hacer, porque la modernidad privilegió trabajos monstruosos basados en disparar bombas y balas, producir pobreza y acumular riqueza, estallar montañas y contaminar la tierra, expropiar la cultura de los cuerpos y territorios mediante la violencia.

Las resistencias son manifestaciones de la r-existencia [Por06], de aquel residuo que ha quedado después de siglos de destrucción constante de mundos y de saberes. Ese residuo se convierte hoy en la semilla que empieza a expandirse con potencia desde la solidaridad de los pueblos y de articulación de posicionalidades sobre la vida que guardan un objetivo presente común: reproducir la vida-cultura-naturaleza, en definitiva, el territorio.

RADICALIDAD DE LAS MÚLTIPLES ALTERNATIVAS

MISIÓN Y VISIÓN DE FLACSO

La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) es un organismo regional, instituido por la UNESCO para impulsar y satisfacer necesidades en el conocimiento de las Ciencias Sociales.

El Programa FLACSO-Panamá busca dotar a la población de análisis sobre los principales problemas que la aquejan, y contribuir con las estrategias de programas de solución.

Los conflictos ambientales que resultan del extractivismo minero tienen entonces una solución, una única salida, la vida del territorio o la muerte del mismo. No hay puntos medios, ni negociación posible porque como indica Machado (2015) ‘allí donde se radica la mina, estalla el conflicto como conflictividad estructural de larga duración’.

La radicalidad no debe de entenderse como simple fundamentalismo ecológico, como lo piensan los extractivistas y funcionarios del Estado, es que no hay otra forma u otro modo posible sino descolonizar la naturaleza, lo que implica radicalizar las múltiples alternativas existentes al extractivismo minero. La negociación nos condena de antemano a la pauperización y creciente racismo (inferiorización) de nuestros pueblos. De allí, que las resistencias hayan comprendido que con el extractivismo minero no hay posibilidades de convivencia porque su razón y su lógica de ser es racializar al extremo a los pueblos, transferir/producir escasez, en definitiva, la ampliada destrucción de la vida. La descolonización de la madre naturaleza [Wal08] es ahora una visión desde el presente que asumieron/asumimos las resistencias contra el extractivismo minero, ya posible en el siglo XXI.

Las transiciones epistemológicas y políticas que requiere la humanidad están siendo construidas desde este continente para el mundo. Tomará años, como dice Dussel, para ver más nítidas esas transiciones, pero es un proceso no reversible de transición hacia otra cosa, hacia otra forma de vida. Esa es quizás la mayor característica que podamos asignar a las ‘sociedades en movimiento’ (Zibechi, 2017) en la actualidad, su capacidad de producir transiciones hacia otra vida posible en la diversidad. Arturo Escobar (2014) denomina este proceso como Pluriverso. Ya entendemos el porqué de la negación en las consultas populares-autonómicas contra la megaminería y la creciente hermandad de pueblos en diversos momentos en la historia reciente, donde convergen posicionalidades que se articulan en agendas y construcción de alternativas de liberación desde una geopolítica de otro modo. En definitiva, es una geopolítica que nos remite a la integración latinoamericana de los pueblos ‘desde’ abajo. Ganar más integración implica avanzar hacia la descolonización.

MAS INTEGRACIÓN=MÁS DESCOLONIZACIÓN.

Lo anterior supone la construcción de una integración latinoamericana desde abajo. Hemos visto en los últimos 20 años un sinnúmero de actores sociales y comunales contra el extractivismo minero en congresos, encuentros y creación de redes cuyo carácter ha sido integrista a favor de la causa de la liberación de Latinoamérica como el Movimiento Mesoamericano contra el Modelo Extractivo Minero, la Red Colombiana Frente a la Gran Minería Transnacional, Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas, Unión de Asambleas Ciudadanas en Argentina. Es decir, tales formas de organización en redes y congresos deben ser entendidos desde la integración de los pueblos en América sin las cuales no es posible avanzar hacia las múltiples descolonizaciones, precisamente porque la colonización implicó la fragmentación de los cuerpos de sus contextos y de los amplios territorios/territorialidades, al implantar fronteras modernas a favor de la gestión del extractivismo minero. Dicha integración desde abajo implica otra mirada desde la territorialidad de los pueblos que deciden/decidieron acabar con la continua soberanización de los minerales, es decir, radicalizar no solamente las alternativas de vida, sino fomentar más y de forma incluyente los diversos actores y perspectivas de/desde Latinoamérica. En ese sentido, tenemos que la integración de pueblos contra el extractivismo minero implica un avance en la descolonización que está siendo producida al radicalizar las alternativas a la modernidad desde las resistencias para liberar el presente y el futuro.

El autor es geógrafo.

Fuente:http://laestrella.com.pa/panama/nacional/integracion-descolonizacion-extractivismo-minero/24055058