Chile

Tribunal Ambiental da a conocer inédito acuerdo de conciliación entre el CDE, comunidades indígenas y Minera Escondida

Esto se da en el marco de la demanda de reparación por daño ambiental al Salar de Punta Negra -una cuenca altoandina ubicada en Antofagasta- interpuesta en contra de la compañía minera.
02/06/2021 | Por A. González, Emol 12 Salar de Punta Negra.
Un inédito acuerdo tripartito entre el Estado, comunidades indígenas atacameñas y empresa minera Escondida se concretó en el marco de la conciliación por la demanda de reparación por daño ambiental que había sido interpuesta en contra de la compañía minera.

Con 19 medidas de gestión, compensación y reparación por un monto que podría alcanzar los $67 mil millones, el Primer Tribunal Ambiental, aprobó, ayer, el Acuerdo de Conciliación entre el Consejo de Defensa del Estado (CDE), la Comunidad Indígena Atacameña de Peine, el Consejo de Pueblos Atacameños y Minera Escondida en el marco de la demanda de reparación por daño ambiental en el Salar de Punta Negra interpuesta en contra de la empresa privada.

El acuerdo se selló luego de un acucioso e inclusivo trabajo llevado a cabo por las partes y apoyado por el Primer Tribunal Ambiental, el que incluyó, la entrega de bases de conciliación y la actuación como amigable componedor por parte del órgano colegiado.
Entre los aspectos que más destacan está la «Mesa de Gobernanza Socioambiental de la Subcuenca del Salar de Punta Negra y sectores aledaños» y la elaboración y validación de un Plan de Manejo que deberá llevar adelante la minera para contribuir a la recuperación natural del acuífero del Salar de Punta Negra.

Este último punto se basa en el artículo 42 de la Ley 19.300 por lo que deberá ser autorizado por el Ministerio de Medio Ambiente, MMA, y podrá ser fiscalizado por la Superintendencia de Medio Ambiente, SMA. Contempla medidas que permitirán restaurar, compensar, y mantener los múltiples servicios ecosistémicos y la protección de microorganismos del salar, incluyendo los extremófilos, es decir, aquellos capaces de vivir en condiciones extremas. En tanto, la Mesa de Gobernanza Socioambiental tiene como fin facilitar el diseño, la co-construcción, ejecución y seguimiento de las medidas de manera participativa, coordinada y en igualdad de condiciones para la Subcuenca del Salar de Punta Negra y estará conformada por dos representantes de la Comunidad Atacameña de Peine; del Estado designados por el CDE en el ejercicio de sus competencias de coordinación; de Minera Escondida; y un representante del Consejo de Pueblos Atacameños.

Los ministros Mauricio Oviedo (presidente), Marcelo Hernández y Óscar Clavería realizaron la revisión del acuerdo con el fin de procurar que éste cumpliese con el principio de indemnidad que le encarga la Ley 20.600 de tribunales ambientales y que tiene que ver con que se implementen medidas de reparación ambiental del daño causado. El monto total del acuerdo es de US$81.192.184, pudiendo superar los US$93 millones de ser necesario.

Mesa de Gobernanza Socioambiental Uno de los aspectos de mayor relevancia tiene relación con la participación de las partes en la Mesa de Gobernanza Socioambiental, la cual debe cumplir con los principios de participación, transparencia, rendición de cuentas y justicia social, así como llevar adelante las tareas de revisión y aprobación de todas las medidas en torno a la ejecución de acciones de transición como diagnósticos, investigaciones y estudios; y la revisión, aprobación y seguimiento del Plan de Manejo que será elaborado por una entidad independiente previo a someterla a la aprobación del Ministerio de Medio Ambiente.

Entre las medidas de transición, previas al plan de manejo, que deberán ser aprobadas por la mesa están las de difusión y puesta en valor, además, de los diagnósticos y estudios de forénsica ambiental, catastro territorial, levantamiento de línea base físico-biótica, modelo hidrogeológico y ecosistémico, ecología de especies clave, de hábitat, etnográfico y de paisaje y potencial turístico.

También, las medidas de compensación como la conservación del humedal altoandino y las medidas de reparación como la continuidad de funcionalidad de los Sistemas Vega-Canal-Laguna del salar y la búsqueda de fuentes alternativas para el suministro de aguas para el Sistema de Irrigación Superficial y Subsuperficial, con la consiguiente liberación de aguas del acuífero del salar de Punta Negra; así como la transferencia de los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneos y superficiales de la subsubcuenca Salar de Punta Negra al Ministerio del Medio Ambiente para fines de Conservación.

Plan de Manejo
Respecto al plan de manejo, tendrá una vigencia indefinida con una revisión periódica cada cinco años y comprende todas las medidas que se ejecutarán desde la fase uno, incluida la instalación y funcionamiento de la mesa de gobernanza, y las que deben aprobarse posteriormente como el retiro de infraestructura industrial, la conservación de humedales altoandinos, las rutas de trashumancia, la protección de microorganismos, incluyendo extremófilos y la contribución a una aceleración en la recuperación natural del acuífero del Salar de Punta Negra, además de la transferencia de derechos de agua para fines de conservación.

El plan de manejo comprenderá un mecanismo de seguimiento ambiental, que tendrá por finalidad asegurar que las variables ambientales relevantes que fueron objeto de este instrumento para la restauración del medio ambiente evolucionen según lo proyectado.

Demanda
En la demanda, que fue acogida a trámite en abril del año pasado, el Consejo de Defensa del Estado estableció que el daño ambiental causado por la minera se funda en siete aspectos. En primer lugar, por la disminución severa de los niveles del acuífero del salar, lo que compromete su regeneración; el deterioro o menoscabo de sustrato salino; la pérdida total o parcial de los bofedales y su vegetación; la pérdida del ecosistema particular del salar; la modificación o pérdida del hábitat lo que afecta la fauna; la pérdida de servicios ecosistémicos y la pérdida de biodiversidad.

El salar
El Salar de Punta Negra se ubica a 170 km. al sureste de Antofagasta y tiene una superficie de 250 km2. Se trata de una cuenca altoandina del tipo endorreica que se caracteriza por tener grandes variaciones morfológicas, climatológicas y geológicas, que albergan una delicada y única riqueza de biodiversidad, como también ha sido espacio de trashumancia de comunidades indígenas atacameñas. Está compuesto por vegas, canales y lagunas (VCL), donde se han registrado 47 especies de aves, 51 especies de plantas, 13 especies de mamíferos y 7 especies de reptiles, mientras que en los VCL se albergan micro crustáceos, nemátodos, insectos y algas. La fauna incluye, entre otros, distintas especies de flamencos, patos, aguiluchos, halcones, tórtolas, lechuzas, perdicitas, zorros, vicuñas, roedores de distintas especies, lagartijas e insectos.
Fuente: Emol.com – https://www.emol.com/noticias/Economia/2021/06/02/1022658/acuerdo-conciliacion-cde-comunidades-escondida.html

 

Chile

COMUNICADO COORDINACIÓN DE TERRITORIOS POR LA DEFENSA DE LOS GLACIARES

CRIMEN AMBIENTAL: SENADORES UDI, RN, PS Y PPD DE LA COMISIÓN DE MINERÍA DEJAN SIN PROTECCIÓN ZONA QUE RODEA A LOS GLACIARES Y AL PERMAFROST
28 mayo 2021
“Se privilegió a la megaminería de alta montaña que históricamente ha destruido glaciares y sus entornos, hipotecando el derecho humano al agua y el equilibrio ecosistémico”
En la última sesión de la Comisión de Minería y Energía del Senado celebrada este miércoles 26 de mayo de 2021, se aprobaron los artículos (sexto y séptimo) que eran los de mayor controversia en la tramitación del sexto intento de proyecto de ley sobre “protección de glaciares”. Dichos artículos estaban referidos al ambiente periglacial (entorno próximo a los glaciares) y al permafrost (capa de suelo congelada por exposición permanente a temperaturas bajo cero), ambas áreas esenciales para lograr una efectiva protección de los glaciares, ya que como hemos reiterado majaderamente: si no se protege todo el ecosistema glaciar entonces los glaciares siguen en peligro. Sin embargo, senadores tanto de gobierno como de “oposición” votaron en contra de los glaciares y de las comunidades y territorios que viven gracias a ellos (70% de la población del país), y a favor de que estos dos elementos, centrales en el equilibrio ecosistémico, pudieran ser intervenidos vía Sistema de Evaluación Ambiental (SEA), tal como ha venido sucediendo hasta ahora.

Lo aprobado por la Comisión va en desmedro de todos los criterios ambientales y vulnera el Derecho Humano al Agua, por eso como Coordinación de Territorios por la Defensa de los Glaciares denunciamos que si este proyecto se termina de aprobar de esta manera se agudizará el ecocidio ambiental en las altas cumbres de la cordillera, lo que repercutirá en todo el territorio. Con esta decisión de la Comisión de Minería y Energía del Senado, Chile se vuelve cómplice activo en la destrucción de ecosistemas de montaña que son patrimonio de la humanidad y de los cuales depende la vida humana y de otras especies por lo que esperamos sea rechazado en la votación general en sala. De aceptarse se estaría vulnerando lo emitido por la Corte Suprema el año 20161, donde claramente señala que no es aceptable la intervención de los glaciares y el ENTORNO por actividades económicas ingresadas y aprobadas por el Sistema de Evaluación Ambiental. Así mismo, se vulnera el Acuerdo de París al cual Chile adscribió frente al crudo escenario de cambio climático, entre otros más.

Esta decisión fue orquestada desde la Mesa Técnica2 conformada por representantes del Gobierno y los senadores de la Comisión (a excepción de la senadora Provoste) siendo un espacio ilegítimo y sin transparencia. Consideramos que los senadores Girardi (PPD y quien encabezó la “Mesa”), Allende (PS), Prohens (RN) y García Huidobro (UDI) deben responder al país por la grave decisión de establecer mecanismos por los cuales el entorno glaciar y el permafrost, que es una fuente relevante de abastecimiento hídrico en muchas zonas (sobre todo valles centrales y del norte del país) y que en 2015 el INDH reconoció su importancia cumpliendo “funciones análogas a los glaciares”, puedan verse intervenidos y dañados por la afectación de las mineras u otra actividad extractiva.

Dada la situación de emergencia climática y mega sequía que vivimos es relevante recordar que los glaciares son importantes fuentes de suministro de agua ya que alimentan los acuíferos y ríos sobre todo durante las estaciones secas. En este contexto, los glaciares son el principal reservorio de agua fresca que tenemos. La importancia de los glaciares es tan grande como su fragilidad. Los ecosistemas glaciares son afectados con el simple hecho de ejecutar actividades en sus cercanías, zona que quedó desprotegida. Como lo describe la Estrategia Nacional de Glaciares, estas actividades generan emisiones con material particulado (polvo en suspensión -black carbon-) que luego se deposita en ellos aumentando su temperatura y provocando que se derritan más rápido. Y en términos sinérgicos, intervenir la zona próxima a los glaciares con todo lo que implica una faena minera o la construcción de centrales hidroeléctricas, genera contaminación de diversos tipos, todo lo cual altera el equilibrio de todo el sistema glacial, que es altamente vulnerable.

Lo mismo con Anglo American, una de las 100 empresas responsables del 77% de las emisiones de CO2 que nos tienen al borde del colapso ecosistémico mundial, y que está gestionando un EIA para ampliar sus operaciones en Los Bronces Integrados, también hizo lobby feroz amenazando con que cualquier protección absoluta implicaría la detención de sus operaciones. En un informe4, que también hicieron llegar a la Comisión, usan expresiones ambiguas como que “conviven” o “interactúan” con glaciares hace años, sin embargo, la destrucción es evidente.
Como Coordinación de Territorios por la Defensa de los Glaciares sabemos que los glaciares se afectan por la destrucción de sus entornos y que el ingreso de proyecto al SEIA no sirven para resguardarlos. Tenemos clases magistrales tras Pascua Lama, Los Pelambres, Los Bronces, Andina, El Teniente y otros. Repudiamos lo sucedido en esta comisión y llamamos a los movimientos sociales y la ciudadanía a que rechacemos esta propuesta y que la demanda de una protección efectiva y total de los glaciares y sus ambientes esté acorde a la realidad y que no responda a las presiones de la industria que históricamente los ha destruido.
Todo parece demostrar que nuevamente no lograremos la ley que tanto necesitamos y que la única esperanza es por medio una Nueva Constitución, en este sentido hacemos un llamado a las, los y les constituyentes electos a tomar posición frente a este grave hecho y a lograr la preservación de los diversos componentes de la criósfera como valor esencial de la nueva carta Magna, ya que de esto depende el futuro del país. Estamos enfrentados a una situación que supone tomar decisiones pensando en las futuras generaciones y en la conservación de los ecosistemas de los cuales dependemos para vivir.

¡DESPROTEGER EL ENTORNO ES DESPROTEGER TAMBIÉN LOS GLACIARES!
COORDINACIÓN DE TERRITORIOS POR LA DEFENSA DE LOS GLACIARES
CONTACTOS:
María Jesús Martínez +56963970135
Constanza San Juan Constituyente Distrito 4 +56962413008
Stefanía Vega+ 56 9 8441009

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Chile

SMA ordena medidas provisionales procedimentales a Enami

Tras superación de emisiones de Dióxido de Azufre, el titular habría actuado sin apegarse a lo establecido en el Plan Operacional Vigente, en cuanto éstas podrían generar un riesgo o daño a la salud de las personas de las comunas de Paipote, en Copiapó, y Tierra Amarilla.
27/05/2021
Minería Chilena
El Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, ordenó Medidas Provisionales Procedimentales por un plazo de 30 días corridos a la Empresa Nacional de Minería (Enami), respecto de la Unidad Fiscalizable “Fundición Hernán Videla Lira” (FHVL), por superaciones a la Norma de Calidad Primaria para Dióxido de Azufre (SO2).

Según explicó De La Maza, el titular ha actuado sin apegarse a lo establecido en el Plan Operacional Vigente, en cuanto estas emisiones podrían generar un riesgo o daño a la salud de las personas de las comunas de Paipote, en Copiapó, y Tierra Amarilla. Esta última, declarada como zona prioritaria en diciembre de 2020 por la SMA.

Agregó que el SO2 es uno de los principales contaminantes existentes en la atmósfera y que, junto con los óxidos de nitrógeno (NOx) y el amoníaco (NH3), forman parte de los procesos de acidificación. Su estado corresponde al de un gas estable, incoloro, no inflamable y muy soluble en agua. “En altas concentraciones, tiene un olor fuerte e irritante y es 2,2 veces más pesado que el aire dado que su densidad es el doble que éste, aunque se desplaza rápidamente en la atmósfera, y su vida media es de 2 a 4 días”, indicó el superintendente.

La primera medida ordenada por la SMA, a esta fundición, localizada en Paipote, aproximadamente a 8 kms. de la ciudad de Copiapó, en la Región de Atacama- es ajustar la carga de Fusión Diaria de concentrado a fundir dependiendo de las condiciones meteorológicas: favorable a 1200, Regular 1000 y desfavorable 900, Toneladas por día. Este último, con restricción horaria entre las 01 a.m. a 10 a.m.

Además, la empresa deberá regirse por el Plan Operacional Vigente. El plazo para ejecutar esta medida es a partir de la notificación del documento y mientras se mantenga vigente la medida.

Respecto de los medios de verificación que deberá presentar el titular, será la entrega de los registros operacionales que den cuenta de la fusión diaria de la Fundición.

Como segunda medida indicada por la SMA, fue la de decretar la condición meteorológica definitiva a más tardar a las 20:00 hrs. del día anterior, en base a los pronósticos de los últimos tres días, prevaleciendo las actualizaciones realizadas a las 12:00 y 16:00 hrs. del día anterior para la definición meteorológica solicitada.

El plazo de ejecución será de 30 días corrido y los medios de verificación de ésta se refieren especialmente al informe que el titular deberá enviar a la SMA respecto de las condiciones meteorológicas que se tomarán para ajustar las variables operacionales de medida oportuna.

La tercera y última estipuló que el titular deberá realizar un “Estudio Termográfico” en toda la línea de proceso y en aquellas áreas que se formen por el diseño de ésta, además de las eventuales fugas producto del desgaste estructural del material que compone dicha línea o áreas. De esta manera, el titular podrá contar con información técnica y fehaciente para ejecutar un plan de reparaciones correspondientes a todos los puntos que el estudio determine, para las pruebas de hermeticidad correspondientes.

Respecto del plazo de ejecución, la SMA dispuso que dentro de los primeros 3 días de notificada la medida, el titular deberá presentar un Cronograma de Ejecución del Estudio que será encargado a una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA).

Los medios de verificación serán el cronograma de ejecución, órdenes de compra, boletas o facturas, términos técnicos de referencia, contrato de prestación de servicios y otros que estime pertinentes.
Incumplimientos

En julio de 2019, se dio inicio a la instrucción de un procedimiento sancionatorio por medio de la formulación de cargos en contra de Empresa Nacional de Minería, como titular de la unidad fiscalizable “Fundición Hernán Videla Lira” por incumplimientos que constituyen infracciones conforme al artículo 35, letra c) de la LOSMA, en cuanto a incumplimientos de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, Normas de Calidad y Emisión.

Posteriormente, en virtud de nuevos antecedentes recabados por esta SMA, en julio de 2020, se reformularon los cargos imputados a este titular por las mismas infracciones mencionada anteriormente.

Con fecha 11 de agosto de 2020, encontrándose dentro del plazo, Enami presentó un Programa de Cumplimiento. Al respecto, esta Superintendencia se encuentra analizando dicho programa para efectos de su aprobación o rechazo.
https://www.mch.cl/2021/05/27/sma-ordena-medidas-provisionales-procedimentales-a-enami/

Chile

Tribunal Ambiental deja en revisión acuerdo en el marco de demanda en contra de Minera Escondida

Decisión se fundamenta en la importancia de revisar cada una de las 19 medidas presentadas en el acuerdo con el fin de velar por la indemnidad del daño causado.
27/05/2021
Minería Chilena
Luego de conocer el acuerdo de conciliación a que arribaron el Consejo de Defensa del Estado, la Comunidad Indígena de Peine, el Consejo de Pueblos Atacameños y Minera Escondida, el Primer Tribunal Ambiental determinó la revisión del documento y dejó la causa pendiente de resolver.

La decisión se fundamenta en la importancia de revisar cada una de las 19 medidas presentadas en el acuerdo con el fin de velar por la indemnidad del daño causado, establecido en el artículo 44 de la Ley 20.600 y que obliga al tribunal velar para que las medidas propuestas se hagan cargo de manera efectiva del daño causado.
Acuerdo
El acuerdo fue elaborado sobre las bases de conciliación que presentó el Primer Tribunal Ambiental a las partes, esto es, Consejo de Defensa del Estado como demandante; Minera Escondida como demandada; y la comunidad indígena de Peine junto al Consejo de Pueblos Atacameños, quienes se hicieron parte en la causa para apoyar la demanda.

En el documento se contemplan medidas que tienen que ver con una mesa de diálogo, la coordinación público-atacameña-privada; además, de las medidas de gobernanza del Salar de Punta Negra; gestión socioambiental; la ejecución de un plan de manejo de reparación y compensación, entre otras.
Demanda
La demanda contra la minera fue interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado, debido a los efectos asociados al descenso del acuífero del Salar de Punta Negra, resultado de la extracción de agua que efectuó la minera para sus procesos productivos desde 1990 hasta 2017.

En la demanda, que fue acogida a trámite en abril del año pasado, el Consejo de Defensa del Estado estableció que el daño ambiental causado por la minera se funda en siete aspectos: disminución severa de los niveles del acuífero del salar, lo que compromete su regeneración; el deterioro o menoscabo de sustrato salino; la pérdida total o parcial de los bofedales y su vegetación; la pérdida del ecosistema particular del salar; la modificación o pérdida del hábitat lo que afecta la fauna; la pérdida de servicios ecosistémicos y la pérdida de biodiversidad.
https://www.mch.cl/2021/05/27/tribunal-ambiental-deja-en-revision-acuerdo-en-el-marco-de-demanda-en-contra-de-minera-escondida/

Chile

Se acoge a trámite reclamación en contra de la SMA por la no fiscalización de posibles incumplimientos ambientales de Minera Los Pelambres

La denuncia de los hermanos Ventura Svigilsky fue archivada por la Superintendencia de Medio Ambiente, lo que dio pie a la reclamación ante el Tribunal Ambiental con sede en Antofagasta.
25/05/2021
Una denuncia en contra de Minera Los Pelambres que fue archivada por la Superintendencia del Medio Ambiente motivó la reclamación interpuesta ante el Primer Tribunal Ambiental y que fue acogida a trámite, ayer, por el organismo colegiado.

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La reclamación ante el tribunal interpuesta por los hermanos Jacobo, Daniel e Itzjak Ventura Svigilsky se enmarca en lo que ellos califican como un “incumplimiento de los deberes de la SMA” por no prosperar una denuncia que habían presentado ante el organismo fiscalizador el año 2013 por posibles infracciones ambientales de Minera Los Pelambres y la posibilidad de afectación a ecosistemas de la zona.

La denuncia de los hermanos Ventura Svigilsky fue archivada por la Superintendencia de Medio Ambiente, lo que dio pie a la reclamación ante el Tribunal Ambiental con sede en Antofagasta. Ahora será este órgano colegiado el que deberá determinar si la acoge o rechaza, según informó el Primer Tribunal Ambiental.

Los denunciantes, que son dueños de un predio de 4.441 hectáreas ubicado en el camino a Caimanes y cuentan con derechos de aguas del Estero Pupío, aseguran que la empresa minera no está cumpliendo con la Resolución de Calificación Ambiental, RCA, de su Proyecto Integral de Desarrollo, ya que se comprometió a “asegurar los caudales aguas abajo asociados a los usos históricos”, lo que -según los reclamantes- no ha ocurrido porque el caudal del Estero Pupío ha disminuido hasta desaparecer desde que el proyecto empezó a operar. Aseguran que la merma se produce a partir del 2009, “exactamente después de que se completara la construcción del tranque de relaves El Mauro”.

En la reclamación, también se estipula que la SMA debe proceder al menos a revisar los antecedentes sin desestimar las denuncias con base a fiscalizaciones pasadas. “Debe aplicarse el principio de prevención ambiental, pues la intervención de la cuenca por parte de la demandada produjo alteraciones en la oscilación natural o estacional de los caudales de agua y la reducción notable de su flujo normal, que provocaron cambios en las condiciones ambientales del ecosistema, los que impactarán de manera negativa a toda la comunidad, situación que compele a la adopción de medidas adecuadas, oportunas y atingentes”, dice el escrito.

Los reclamantes, además, están solicitando al Primer Tribunal Ambiental que ordene al organismo fiscalizador que sanciones a la minera por incumplir con lo establecido en la RCA sobre respetar los usos históricos de aguas del Estero Pupío, o en su defecto ordenar la fiscalización y la apertura de un procedimiento sancionatorio.

Proyecto
En 2003 Minera Los Pelambres de Antofagasta Minerals presentó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, el Proyecto Integral de Desarrollo con el fin de explotar 2.100 millones de toneladas de cobre. Dentro de las actividades contempladas estuvo la construcción y operación de un nuevo tranque de relaves denominado “El Mauro”, ubicado en la cabecera del Estero Pupío.

Desde 1999 Minera Los Pelambres opera una mina a rajo abierto y una planta de flotación de concentrado de cobre. Ambas ubicadas en la Cordillera de los Andes en la comuna de Salamanca, a una altura entre 3.100 y 3.600 metros sobre el nivel del mar.

Se acoge a trámite reclamación en contra de la SMA por la no fiscalización de posibles incumplimientos ambientales de Minera Los Pelambres

Chile, Litio

Sorcia Minerals entra al mercado del litio en el Salar de Maricunga

La compañía suscribió un acuerdo con RJR Salar, para explotar el mineral con una tecnología que permite producir litio reinyectando el 90% de la salmuera extraída en su estado natural, minimizando el consumo de agua y utilizando plantas móviles que son menos invasivas.
25/05/2021
Sorcia Chile Spa (Sorcia), filial de la empresa estadounidense Sorcia Minerals LLC, alcanzó un acuerdo con RJR Salar Spa (RJR) para explotar litio en el salar de Maricunga, en la Región de Atacama.

Este es el próximo paso del royalty minero aprobado en la cámara baja
Sorcia da así un paso fundamental en su objetivo de introducir en Chile una tecnología altamente sustentable, desarrollada por la compañía canadiense International Battery Metals (IBAT), la cual que permite producir litio reinyectando el 90% de la salmuera extraída en su estado natural, minimizando el consumo de agua y utilizando plantas móviles que son menos invasivas.

La tecnología denominada “de absorción selectiva” de litio fue inventada a fines de los años 80 por el doctor John Burba, CEO de IBAT, y permite realizar una extracción más eficiente que la actual, reduciendo la huella de carbono, disminuyendo drásticamente el uso de agua de los salares y protegiendo al ecosistema.

La creciente demanda de litio impulsada por la eletromovilidad, exige la utilización de tecnologías más limpias, que aseguren la preservación de los recursos y garanticen las condiciones de vida de las comunidades locales, ya exigidas por la escasez de recursos hídricos.

Los trabajos se realizarán en conjunto con la Universidad de Santiago de Chile (Usach), socio estratégico de Sorcia para la investigación, desarrollo e implementación de nuevas tecnologías para la industria minera, desde prospección hasta reciclado de baterías de litio.
https://www.mch.cl/2021/05/25/sorcia-minerals-entra-al-mercado-del-litio-en-el-salar-de-maricunga/

Chile, Internacional

Los factores que están determinando el desarrollo de la exploración minera en Chile y el mundo

Juan Carlos Guajardo, director ejecutivo de Plusmining, analizó en Fexmin Virtual 2021 el impacto que ha tenido la pandemia en la actividad, junto con las mejoras que son necesarias en materia normativa.
25/05/2021
La tercera versión de Fexmin Virtual 2021, evento que es organizado por el Colegio de Geólogos de Chile, y que se desarrolla del 25 al 27 de mayo, se configuró como una instancia en la cual evaluar los factores que incidirán en el dinamismo que presentará la exploración minera en el corto y mediano plazo.

Más de 30 proyectos mineros se presentarán en la tercera versión de Fexmin Virtual 2021
Al respecto, Juan Carlos Guajardo, director ejecutivo de Plusmining, expuso en la conferencia que la exploración y la minería son sujetos de importantes tendencias, como son la protección del medio ambiente, la reconfiguración geopolítica, las revoluciones tecnológicas y la mejora de la calidad de vida, ante lo cual es preciso avanzar en materia de eficiencia, un mayor vínculo con las comunidades, incorporar mayores estándares ESG, y acelerar la búsqueda de quiebres productivos.

El especialista comentó que se produjo un cambio de tendencia en la inversión en exploración desde 2017, con mejores desempeños en los precios, aunque se registró un quiebre del alza como resultado del impacto de la pandemia; aunque las expectativas son positivas para muchos commodities minerales apalancando la exploración en el mediano plazo.

Sin embargo, advirtió que aún con mayores presupuestos, la creación de nuevas reservas sigue estando desafiada.

Además, mencionó que la tendencia secular de caída en la exploración generativa se mantiene para todos los elementos, recalcando que un 56% del presupuesto de exploración generativa proviene de majors.

En el caso de Chile, la inversión minera ha sido los patrones de ciclo del precio, destacando que el país tiene un portafolio actual de US$61.000 millones, donde han predominado las expansiones y extensiones de vida útil; aunque los efectos de la pandemia y de la inestabilidad sociopolítica han reducido las perspectivas de mediano plazo.

En esa línea, Juan Carlos Guajardo indicó que Chile fue el país con la mayor caída en gastos de exploración en 2020 (-US$196 millones vs 2019). Sin embargo, se mantuvo como el principal destino de América Latina y de exploración de cobre.

Junto con ello, señaló que sigue habiendo un potencial geológico de interés en cobre con depósitos de clase mundial, siendo la influencia de la exploración de majors evidente en ese resultado.

Es así como se observó una altísima correlación entre el precio del cobre y el gasto de exploración en Chile entre 2012 y 2017.

Áreas de mejora
En su presentación, el director ejecutivo de Plusmining se refirió al régimen concesional en Chile, destacando entre sus fortalezas su estabilidad regulatoria y seguridad para las grandes inversiones mineras; el hecho que sea simple y estandarizado conduce a reducir la discrecionalidad administrativa; y el ser un facilitador del desarrollo minero transparente y duradero.

En contrapartida, mencionó como debilidades el que propicia un potencial uso no efectivo de los derechos, y la propensión a ser utilizado como un instrumento especulativo.

Ante esta situación, entregó una serie de recomendaciones, considerando la experiencia internacional, como el que las concesiones sean de mayor duración, pero sin prórroga, y que se realice una demostración objetiva de niveles de actividad para mantener las concesiones.

De igual formó, mencionó que en materia de atractivo de Chile para el desarrollo exploratorio, es necesario atender aspectos como las dificultades que poseen los nuevos actores, especialmente las juniors (acceso a concesiones), un entorno regulatorio más complejo y la mayor oposición comunitaria.
https://www.mch.cl/2021/05/25/los-factores-que-estan-determinando-el-desarrollo-de-la-exploracion-minera-en-chile-y-el-mundo/

Chile, Litio

SQM busca aumentar disponibilidad de sus pozas de evaporación en la Región de Tarapacá

El proyecto, que se encuentra en calificación ambiental, consiste en la redistribución de las pozas de evaporación, acopio de sales de producto, acopio de sales de descarte, plantas de neutralización y planta de nitrato, de manera de adecuar su proporción, manteniendo la superficie total aprobada del proyecto “Pampa Hermosa”, con una inversión de US$40 millones.
26/05/2021
La compañía SQM ingresó en el Servicio de Evaluación Ambiental el proyecto “Redistribución Área Industrial de Sur Viejo”, que busca aumentar la superficie de las pozas de evaporación en 2,66 kilómetros cuadrados, alcanzando un total de 8,30 km2, además de disminuir las superficies de las canchas de acopio de producto y las canchas de acopio de descarte totalizadas en 1,36 km2 y 2,63 km2 respectivamente, en sus instalaciones ubicadas en la Región de Tarapacá.

División Ministro Hales: Codelco ingresó a Servicio de Evaluación Ambiental proyecto que busca aumentar en 8.000 t/d
La iniciativa, que contempla una inversión de US$40 millones, indica que para la planta de nitrato “se considera disminuir su superficie a 0,37 km2, y finalmente para la planta de neutralización, se considera disminuir su superficie a 0,33 km2. De acuerdo con todo lo anterior, el Proyecto en evaluación mantiene inalterada el área total aprobada ambientalmente para el Área Industrial Sur Viejo tanto en superficie como en localización, lo que corresponde a un área total de 12,99 km2”.

La fecha estimada de inicio de ejecución está prevista para enero de 2022 y con una mano de obra que, en su fase de construcción oscilaría entre 40 y 60 personas, mientras que en su operación se necesitarían entre 20 a 40 personas. Además, para el cierre o abandono, se necesitaría una mano de obra entre 40 a 60 personas nuevamente, según señala el documento.

También, justifican el proyecto señalando que “se trata de redistribuir sectores del área industrial de Sur Viejo, sin modificar emplazamiento ni superficie total. Se minimiza y optimiza las distancias entre pozas y acopios para así lograr una mayor capacidad de adaptación a los requerimientos operacionales de la Planta”.

Además, se destaca que con esta iniciativa “se logra la disminución de recursos tales como: tuberías de HDPE, caminos y tendidos eléctricos internos y minimización de traslados, sin alterar la superficie total aprobada en el Área Industrial de Sur Viejo”.
https://www.mch.cl/2021/05/26/sqm-busca-aumentar-disponibilidad-de-sus-pozas-de-evaporacion-en-la-region-de-tarapaca/

Chile

Antofagasta Minerals debe responsabilizarse de sus impactos.

Corte Suprema falla a favor de comunidad de Caimanes.
London Mining Network   — imagen Ejolt
El 06 de mayo de 2020, la comunidad de Caimanes presenció por primera vez una nube tóxica sobre su territorio1. Dicha nube provenía desde el Tranque de Relaves “El Mauro”, propiedad de Minera Los Pelambres de Antofagasta Minerals. Los habitantes del pueblo de Caimanes tomaron acciones para proteger su salud y su derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación. Por lo que, interpusieron un recurso de protección contra Minera Los Pelambres. El principal argumento fue que la “nube tóxica’, vulnera la integridad física de los recurrentes, así como su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”2. El 17 de mayo de 2021, la Corte Suprema de Chile, falló a favor de la comunidad y se deberá analizar e investigar la precedencia y toxicidad de la nube suspendida sobre el pueblo3.

Han pasado 20 años desde el comienzo del conflicto entre la comunidad de Caimanes y Antofagasta Minerals. Sin embargo, no han existido avances para el bienestar de la población. Actualmente Antofagasta Minerals enfrenta tres casos en la justicia Chilena. El primero se refiere a la expansión del proyecto Infraestructura Complementaria (INCO), proyecto que no consideró a la comunidad de Caimanes en la participación ciudadana, siendo que el pueblo de Caimanes se encuentra en el área de influencia del proyecto. Esta causa se encuentra actualmente en la Corte Suprema de Santiago. Segundo, la comunidad presentó un recurso de apelación en el 16º Juzgado Civil de Santiago, por los daños psicosociales que enfrenta la comunidad, como consecuencia de las acciones de la empresa. Tercero, el fallo en cuestión sobre la nube tóxica en la Corte Suprema, el cual falló a favor de investigar la procedencia y composición de la nube.

La reunión anual de accionistas (AGM) de Antofagasta Minerals, se realiza todos los años en Londres, donde transan sus acciones. Este año se celebró el 12 de mayo, vía online. La organización London Mining Network, que trabaja por la justicia socioambiental, en solidaridad con las comunidades afectadas por el impacto extractivo, presentó las demandas de la comunidad de Caimanes en la AGM de Antofagasta Minerals. En esta instancia se levantaron preguntas sobre los tres procesos judiciales que la comunidad de Caimanes está enfrentando contra Minera Los Pelambres. Sin embargo, el presidente de Antofagasta Minerals, Jean-Paul Luksic, como es de costumbre, evadió las preguntas y respondió que existen miradas diferentes a lo que pasa en Caimanes4. Las respuestas que entregó Luksic, sobre no considerar a la comunidad de Caimanes en el proceso de participación ciudadana, la nube tóxica que amenaza a la población o los daños psicosociales que experimentan las personas, fueron en el tono de que que existe una mirada diferente sobre lo que sucede en Caimanes, que ellos se rigen por las normas establecidas y que el diálogo con la comunidad ha sido fructífero.

Es relevante preguntarse, si el diálogo ha sido tan fructífero, como comenta Jean-Paul Luksic ¿Por qué la comunidad de Caimanes sigue presentando demandas en contra de Antofagasta Minerals para proteger su vida? ¿Por qué Antofagasta Minerals y su presidente Jean-Paul Luksic no se responsabilizan de los impactos de Minera Los Pelambres en el pueblo de Caimanes, siendo que existen estudios que verifican el daño psicosocial que enfrentan las personas?. ¿Por qué Antofagasta Minerals se excusa de que siguen la normativa ambiental, si los estudios sobre contaminación son presentados por ellos mismos o por empresas que ellos mismos contratan?. El fallo de la Corte Suprema es un fallo histórico, a favor de la comunidad de Caimanes. El pueblo de Caimanes ha presenciado y sufrido, directamente los impactos de Antofagasta Minerals y es hora de que la empresa se responsabilice por su desastre. Pero también es hora de que la justicia chilena no se haga la ciega por los impactos que sufren cientos de comunidades a nivel nacional por el impacto extractivo, que día a día nos seca y contamina.

Los resultados del plebiscito, que determinó a los representantes que van a redactar la nueva constitución en Chile, son una esperanza para la justicia socio-ambiental. La conformación actual del órgano, tiene una marcada tendencia por la justicia socioambiental. Las demandas por la protección de los territorios, el derecho al agua y la necesidad de avanzar hacia un sistema post-extractivista, son algunas de las banderas de lucha de quienes lideran este proceso. Se espera que la nueva constitución genere cambios estructurales que ayuden a avanzar hacia un sistema basado en el bien común, que reconozca los derechos de la naturaleza y el derecho a vivir en un ambiente realmente sano y libre de contaminación. Por lo que las regulaciones a las empresas extractivas, deben ser consideradas. Se espera que la nueva constitución genere una estructura que responsabilice y regula el actuar de empresas como Antofagasta Minerals.

(1) https://elsiglo.cl/2020/05/22/nube-toxica-de-minera-los-pelambres-ahoga-localidad-de-caimanes/
(2) https://www.davidnoticias.cl/wp-content/uploads/2021/05/trm_4472511.pdf
(3) https://www.davidnoticias.cl/corte-suprema-acoge-recurso-de-proteccion-de-habitantes-de-caimanes-contra-los-pelambres/
(4) https://londonminingnetwork.org/2021/05/we-take-a-different-view-contradiction-and-evasion-at-the-tiny-agm-of-antofagasta-massive-mining-company/

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Chile, Perú

LA CONSTITUCIÓN EN DEBATE: UNA MIRADA A LA EXPERIENCIA CONSTITUYENTE CHILENA

Paul E. Maquet y Luis Gárate 20/05/2021
Imagen: Reuters
Las recientes elecciones de los representantes a la Convención Constituyente en el vecino país de Chile son un claro ejemplo de vocación democrática y de lo que significa el llamado momento constituyente. Este proceso deja muchos aprendizajes para los debates actuales en nuestro país.

La Convención chilena es un equivalente a lo que en el Perú se ha denominado Asamblea Constituyente, y que a pesar de todo lo que ha dicho en diversos medios para denostar de ella, es una figura conocida en la región sudamericana, y que ya se realizó antes en el Perú.

Una Asamblea Constituyente no es un congreso o parlamento paralelo, puesto que no se dedica a legislar y fiscalizar al gobierno de turno. Su misión es única y exclusivamente la discusión de una carta constitucional, concebida como la cristalización de un nuevo pacto social en el país.

El caso peruano

En la experiencia peruana, las dos experiencias más recientes son la de 1979 y la de 1993. La Asamblea Constituyente de 1979 fue convocada por el dictador Francisco Morales Bermúdez en el marco de la transición a la democracia. En esta Asamblea participaron representantes de los partidos de la derecha, centroderecha y de la izquierda peruana de entonces. La Constitución aprobada por esa asamblea ha sido reconocida como una de las más avanzadas en su enfoque social por diversos especialistas.

En 1993, tras el golpe militar realizado por Alberto Fujimori, este convocó un llamado Congreso Constituyente Democrático que redactó una nueva carta constitucional que sería aprobada por un cuestionado referéndum en 1993. Ambas cartas constitucionales, la del 79 y el 93, expresaron distintos momentos de la historia peruana, y determinados equilibrios y correlaciones de fuerzas sociales, políticas y económicas que se vieron expresadas en el contenido de ambos documentos. La de 79 expresó un equilibrio entre fuerzas conservadoras, progresistas así como más radicales, que venían de la mano de un movimiento social en ascenso. Por el contrario, la del 93 más bien expresó la crisis de los partidos tradicionales, la crisis económica y social, y la ola neoliberal que se instalaba en Perú y en toda la región.

Los grupos de poder económico, grandes empresarios y voceros de la derecha política sostienen que la Constitución de 1993 ha sido la garantía que ha permitido el “exitoso” modelo promotor de la inversión privada, que modernizó al Estado y que ha permitido un tiempo de crecimiento y estabilidad macroeconómica. Sin embargo son cada vez más las voces que sostienen que el modelo instaurado con dicha Constitución ha priorizado en mayor medida los intereses empresariales, y no ha contribuido a darle al Estado una mirada de mediano y largo plazo. Asimismo se le critica que ha desprotegido los derechos de los sectores más vulnerables de la sociedad, como son los trabajadores, las mujeres, comunidades y pueblos indígenas, comunidad LGTBIQ, entre otros.

La experiencia constituyente de Chile

La constitución vigente en Chile data del año 1980, y fue aprobada durante la dictadura del general Augusto Pinochet. Expresa entonces el diseño de un Estado autoritario dirigido por los militares, que fue uno de los primeros en implementar el modelo neoliberal orientado por los asesores de la llamada “Escuela de Chicago”.

Dicha Constitución siguió vigente a pesar de que la dictadura perdió el plebiscito del año 1989 que permitió que regrese la democracia a este país. Durante todo el periodo post-dictadura, la constitución pinochetista siguió vigente, garantizando una suerte de blindaje de privilegios para sectores empresariales así como militares.

Con los sucesivos gobiernos de la Concertación y luego de la derecha, en esencia en Chile no cambiaron las reglas de juego. Hubo algunas reformas, pero en esencia se mantuvieron los pilares de un modelo en el que se han privatizado casi todos los sectores, inclusive el servicio de agua potable. Frente a ello, los gremios laborales y las organizaciones sociales denunciaron que el modelo cada vez era más excluyente. Esto se confirma en los indicadores que muestran a Chile como uno de los países más desiguales de la región y el mundo.

Entrado el nuevo siglo, se han sucedido una serie de jornadas de protestas social, sobre todo de los sectores estudiantiles ante los altos costos de la educación, así como masivas movilizaciones contra el sistema privado de pensiones. Las más recientes se dieron entre el 2019 y el 2020, donde millones de chilenos demandaron nuevas reglas y una salida constituyente. Es a partir de ahí que el gobierno de Sebastián Piñera y las cámaras parlamentarias se vieron presionados a la convocatoria de una Convención Constituyente, que ha mostrado ser bastante innovadora en su contenido y forma.

Los temas en debate: participación indígena y la agenda ambiental

Junto con la paridad de género y la participación de independientes (no afiliados a ningún partido político), una de las grandes novedades del proceso constituyente chileno es la participación de los pueblos indígenas. Para ello, el Congreso, gracias a un acuerdo político entre los diversos partidos, pero sobre todo gracias a la presión social, aprobó una Ley que creaba escaños reservados para pueblos originarios en la Convención Constitucional. De esta manera, en las elecciones del domingo pasado se ha definido también la participación de 17 representantes de estos pueblos. Por primera vez en la historia de Chile, los pueblos mapuche, aimara, quechua, diaguita, rapa nui, entre otros, tendrán voz y voto en la definición del pacto social.

En el caso peruano, aún es muy incipiente la discusión acerca de cómo podría ser la conformación de una eventual Asamblea Constituyente, si bien en la propuesta del candidato Pedro Castillo se habla de participación de organizaciones sociales. Actualmente en el Perú la participación política de los pueblos indígenas es muy limitada, y pese a diversos proyectos de Ley que han circulado en el Congreso de la República, no existe una cuota para los pueblos originarios en el poder legislativo. En ese sentido, es clave abrir la discusión sobre los mecanismos de participación a fin de que por fin, en el bicentenario de nuestra independencia, los pueblos indígenas puedan participar en el nuevo pacto social.

Otro elemento a considerar es la manera en que los temas ambientales y los recursos naturales serían abordados en una nueva Constitución. En el caso chileno, una de las promesas más importantes de la mayoría de representantes elegidos ha sido, por ejemplo, la recuperación del agua, que según la vigente Constitución de Pinochet es un bien de mercado.

En el caso peruano, una de las metas principales de los sectores políticos que promueven un cambio constitucional tiene que ver también con la recuperación de los recursos naturales, en particular los recursos mineros e hidrocarburíferos.

Sin embargo, se encuentra menos presente el tema ambiental. En un contexto de crisis climática global, que exige cambios profundos en nuestra relación con la Naturaleza, es importante incorporar en la discusión sobre el nuevo pacto social una clara mirada ecológica. Por ejemplo, constitucionalizando los derechos de la Naturaleza y los ecosistemas, siguiendo el ejemplo de otros países de la región, como Bolivia y Ecuador.

Salida constituyente en el Perú

Lo que podemos ver en el Perú a través de los casos judiciales más sonados en temas de corrupción, como Lava Jato y los Cuellos blancos, es que las reglas de juego actuales no están haciendo frente a una crisis que está relacionada estrechamente al modelo y su Constitución. La corrupción se ha generalizado en todos los niveles del Estado y existe cada vez una mayor desconfianza de los ciudadanos hacia sus representantes públicos.

En los últimos meses, en especial desde las protestas de noviembre del 2020 contra el gobierno de facto de Manuel Merino, se ha puesto en agenda la discusión constitucional en el Perú. Actualmente, Pedro Castillo tiene como una de sus banderas centrales la convocatoria a una Asamblea Constituyente, mientras que la candidata Keiko Fujimori, tiene como una de sus prioridades la cerrada defensa de la Constitución del 93.

Como muestra el ejemplo de Chile, la discusión no se puede agotar en los candados puestos por la Constitución vigente, sino que se trata de poner sobre la mesa la discusión sobre el pacto social entre los peruanos para resolver la profundidad de nuestros problemas actuales. La experiencia chilena nos da varias luces sobre cómo podemos innovar y abrir importantes temas que hagan que nuestro país encuentre una senda más democrática y donde se reconozca y exprese de mejor manera las voces de la diversidad de actores de nuestra sociedad.

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