Chile

Municipalidad de Andacollo ingresa reclamación contra la SMA por supuestos incumplimientos de minera Teck

Esto debido a la resolución del organismo fiscalizador que archivó la denuncia por supuestos incumplimientos ambientales de la Minera Carmen de Andacollo y su proyecto Hipógeno.
23/06/2021
Minería Chilena
El Primer Tribunal Ambiental admitió a trámite una reclamación ingresada por la Municipalidad de Andacollo en contra de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) por la resolución del organismo fiscalizador que archivó la denuncia por supuestos incumplimientos ambientales de la Minera Carmen de Andacollo de Teck y su proyecto Hipógeno.

En la reclamación se detalla que el pasado 20 de abril la SMA ordenó archivar una denuncia interpuesta en noviembre de 2017 por el municipio y otra efectuada por Silvia Núñez Araya en enero de 2020, ambas en contra de la minera por el no cumplimiento de exigencias establecidas en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto de ampliación, en especial aquellos relacionados con la calidad del aire y reasentamientos humanos.

“La SMA no dio cumplimiento al principio de celeridad que rige a todos los órganos de la administración del estado, pronunciándose sobre los hechos denunciados con fecha 8 de noviembre de 2017, recién el 20 de abril de 2021, además de tomar casi 4 años en resolver, omite arbitrariamente pronunciarse sobre la totalidad de los hechos denunciados”, se estipula en el documento.

Otro de los aspectos relevados en la reclamación es que la compañía minera ha incorporado en su proceso productivo nuevas faenas que requerirían de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) “con ocasión de los efectos, características y circunstancias que genera este proyecto, no solamente para nuestra flora y fauna, sino que también porque se trataría de un proyecto que afectaría a nuestra población y sus características socioculturales fundamentales”, acotan.

A lo anterior se suma la calificación de Zona Saturada para Material Particulado Respirable, MP10, que tiene la localidad de Andacollo lo que para el municipio dice relación con que se trata de una comuna “altamente sensible y susceptible a los cambios en el ambiente provocados por proyectos mineros”, más aún porque la mina se encuentra a un poco más de un kilómetro del sector céntrico de la comuna.}
Denuncia

Uno de los aspectos que se denunció ante la SMA fue el incumplimiento por parte de la empresa del reasentamiento de dos familias de Andacollo que vivían en la quebrada del Churque y la no consideración -por parte de la minera- de las familias que residen en el sector subida Mina Hermosa, “las cuales producto de la expansión del proyecto tendrían que hacer abandono de sus pertenencias. Hecho del cual la Superintendencia de Medio Ambiente, no se pronunció”.

Además, para el municipio, la resolución reclamada “tampoco se refiere a la denuncia por calidad del aire y a la obligación de la empresa a mantener las emisiones de material particulado respirable MP10, el programa de humedad de áreas de labores, red de monitoreo de la calidad del aire, implementación de medidas técnicas para que las labores mineras relacionadas con gases, vapores, humos polvos, emanaciones o contaminantes causen peligro, daño o molestias al vecindario”.
https://www.mch.cl/2021/06/23/municipalidad-de-andacollo-ingresa-reclamacion-contra-la-sma-por-supuestos-incumplimientos-de-minera-teck/

Chile, Internacional, Litio

Grupo Volkswagen, BASF, Daimler AG y Fairphone inician asociación para extracción sostenible de litio en Chile

La plataforma pretende facilitar un entendimiento común del status quo y desarrollar conjuntamente una visión compartida para el futuro de la cuenca del Salar de Atacama.
18/06/2021
MINERÍA CHILENA
Varias empresas han puesto en marcha la “Asociación para el Litio Responsable” con el objetivo de trabajar por una gestión responsable de los recursos naturales, incluido el litio, en el Salar de Atacama nuestro país.

Esta asociación intersectorial está financiada en sus inicios por el Grupo Volkswagen, BASF, Daimler AG y Fairphone.

La asociación pretende fomentar el diálogo entre las partes interesadas locales, generando y sintetizando datos científicos y buscando soluciones de forma participativa.

Debido a la expansión de la movilidad eléctrica y la digitalización, se espera que la demanda de litio como material clave en las baterías crezca en los próximos años. Las mayores reservas de litio del mundo y gran parte de la producción total se encuentran en el Salar de Atacama.

El ecosistema de la región es frágil y no hay consenso sobre los impactos y riesgos de la minería del litio y otras actividades económicas en la región. Los riesgos potenciales derivados de los desplazamientos del agua y de la capa freática podrían perjudicar a los ecosistemas y afectar a los medios de vida locales, por lo que, para abordar eficazmente estos riesgos relacionados con el agua es necesaria la colaboración de las partes interesadas.

La Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) GmbH, por encargo de las empresas, coordinará la asociación con el fin de encontrar un terreno común mediante la creación de una plataforma de múltiples partes interesadas entre todos los actores relevantes de la cuenca del Salar, desde grupos de la sociedad civil, hasta comunidades indígenas, instituciones gubernamentales, empresas mineras, entre otros.

La plataforma pretende facilitar un entendimiento común del status quo y desarrollar conjuntamente una visión compartida para el futuro de la cuenca del Salar de Atacama.

Además, pretende el desarrollo conjunto de un plan de acción para mejorar la gestión integrada de los recursos naturales a largo plazo y emprender las primeras medidas de implementación.

Otro objetivo es sintetizar y verificar los datos técnicos disponibles, mejorarlos si es necesario y aumentar su accesibilidad. La Responsible Lithium Partnership comenzará en la primavera de 2021, con una duración prevista de 2,5 años. No pretende facilitar el abastecimiento de litio ni la compra o venta de ningún mineral en bruto.

Cadena de suministro
Las empresas financiadoras BASF, Daimler AG, Fairphone y el Grupo Volkswagen son conscientes de su responsabilidad a lo largo de toda la cadena de suministro, incluida la diligencia debida en materia de derechos humanos para el abastecimiento y la producción de materias primas.

Por ello, han puesto en marcha la “Responsible Lithium Partnership” para promover el desarrollo sostenible, contribuir a la reducción de posibles impactos negativos y reforzar la protección de los derechos humanos.

La iniciativa demuestra que, en las actuales cadenas de valor altamente interconectadas, la conducta empresarial responsable no sólo se basa en la colaboración con los socios comerciales, sino que también se apoya en el compromiso constructivo con los gobiernos y la sociedad civil. De esta manera, la asociación tiene como objetivo un enfoque holístico y busca conectar a todas las partes interesadas locales en una visión conjunta para el Salar de Atacama.

La “Responsible Lithium Partnership” forma parte de las actividades de diligencia debida de Volkswagen en materia de derechos humanos en las cadenas de suministro de materias primas.

Todas estas actividades se pueden encontrar en el primer “Informe de Materias Primas Responsables” 2020 del Grupo Volkswagen, el cual ofrece una visión general de las actividades de la empresa en 2020 en el ámbito del abastecimiento responsable de materias primas. Se ha redactado sobre la base de las directrices de la OCDE.
https://www.mch.cl/2021/06/18/grupo-volkswagen-basf-daimler-ag-y-fairphone-inician-asociacion-para-extraccion-sostenible-de-litio-en-chile/

Chile

Informe de Contraloría deja en evidencia problemas de gestión de la Superintendencia de Medio Ambiente

La Comisión ad hoc acordó analizar esta institucionalidad en el marco del debate de las indicaciones del proyecto que fija una Ley de Cambio Climático.
10/06/2021
MINERÍA CHILENA
Los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado, en su última sesión, analizaron un informe de la Contraloría, que indica que entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de mayo de 2019, un 44,22% de las denuncias ingresadas a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) no tuvieron asociada alguna gestión.

Con estos antecedentes, la instancia acordó repensar los plazos y roles que tiene que cumplir el citado organismo, todo esto en el debate que se está dando del proyecto que fija una Ley Marco de Cambio Climático. Cabe recordar que la Comisión se encuentra analizando más de 600 indicaciones al texto en primer trámite.

En la cita, el contralor general de la República, Jorge Bermúdez, comentó que “respecto de las denuncias ingresadas entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de mayo de 2019, se identificó que un 44,22% no tuvieron asociada alguna gestión por parte de la SMA, esto es una solicitud activada de fiscalización ambiental, un procedimiento sancionatorio o su archivo por falta de mérito”.

Frente a este escenario la autoridad reconoció que en la ley no ha quedado suficientemente expreso el sentido de oportunidad que debe tener la gestión de las denuncias por parte de la Superintendencia.

En tanto, el superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal de la Maza, explicó que “nosotros fiscalizamos un universo muy amplio de empresas desde panaderías a mineras distribuidas por todo el país. Se trata de cerca de 17 mil instalaciones con alguna obligación ambiental”. Tras ello aseguró que para este año se espera una gestión anual histórica de denuncias.

“Desde 2013 a la fecha, se recibieron cerca de 16 mil denuncias, y durante 2021 se ha recibido un 50% más que el promedio histórico”, afirmó. Eso sí, advirtió que, “no obstante la mejora sustantiva de gestión que han desarrollado en el último tiempo, existen restricciones de recursos importantes”, planteando que para un servicio oportuno de denuncias, se requieren 290 personas adicionales, 80% de ellas en regiones. “Hoy existen instrumentos que no cuentan con financiamiento”, hizo ver.

Visión de los senadores
Tras las exposiciones, la presidenta de la Comisión, la senadora Ximena Órdenes manifestó que “más allá del presupuesto, el informe habla de un accionar sistemático. Valoro que en 2020 se revierta esa tendencia por primera vez. Se requiere un plan de acción identificando qué causas se archivaron porque cada una de ellas es importante y hay que hacer un seguimiento”.

Mientras que la senadora Isabel Allende comentó que “este tema no es propio de este gobierno sino del funcionamiento como Estado. Me parece un absurdo que se llegue a rebajar un 7% el presupuesto de este año”.

En esa línea, instó a la mesa técnica y la comisión que está trabajando en el proyecto de ley de marco de cambio climático hacerse cargo de este problema. “De lo contrario, estamos generando una nueva institucionalidad pero nuevamente puede haber una frustración en el sentido que no se cumplan lo que tendrían que ser los planes de adaptación”, remató.

A su vez, el senador Alfonso De Urresti planteó que “es una tomadura de pelo que no estemos reforzando esta Superintendencia. Las otras superintendencias (Servicios Sanitarios, de Electricidad y Combustibles, por ejemplo) tienen muchos más funcionarios que la SMA. Si queremos estar a la par de otros países en cuanto al Cambio Climático, lo mínimo es contar con el personal necesario para seguir las denuncias”.

Así, se acordó solicitar ayuda al Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia (CR2), que está apoyando el texto con la mesa técnica de los asesores, para ver si es necesario dar más facultades. Y además, crear un protocolo de seguimiento a la Contraloría y la SMA -que acompañe a la ley marco- para tener más herramientas.
https://www.mch.cl/2021/06/10/informe-de-contraloria-deja-en-evidencia-problemas-de-gestion-de-la-superintendencia-de-medio-ambiente/

Chile

Tribunal Ambiental presentó propuesta de bases de conciliación en demanda por contaminación histórica

Bahía Quintero- Puchuncaví:
El Tribunal resolvió preparar estas bases de conciliación, considerando el largo tiempo que ha transcurrido desde que las partes iniciaron conversaciones para alcanzar un acuerdo, en septiembre de 2017, y que a la fecha éstas no han arrojado resultados.
14/06/2021
MINERÍA CHILENA
El Segundo Tribunal Ambiental presentó a las partes una propuesta de bases de conciliación en la demanda por reparación de daño ambiental deducida en contra las empresas que integran el Complejo Industrial Ventanas ubicado en las comunas de Quintero y Puchuncaví.

La acción fue presentada en julio de 2016 por el Sindicato de trabajadores independientes, pescadores artesanales, buzos mariscadores y ramas similares de Caleta Horcón y el Sindicato de trabajadores independientes, pescadores artesanales, buzos mariscadores y ramas similares de Caleta Ventanas, además de vecinos de ambas localidades de la Región de Valparaíso en contra de Codelco División Ventanas, Aes Gener S.A., Catamutún S.A., Puerto Ventanas S.A., Empresa Nacional de Electricidad S.A., GNL Quintero S.A., Empresas Copec S.A., Gasmar S.A., Oxiquim S.A., Petróleos, Asfaltos y Combustibles S.A., Melón S.A., Enap y del Ministerio del Medio Ambiente, por la llamada contaminación histórica de las bahías de Quintero y Ventanas.

El Tribunal resolvió preparar estas bases de conciliación, considerando el largo tiempo que ha transcurrido desde que las partes iniciaron conversaciones para alcanzar un acuerdo, en septiembre de 2017, y que a la fecha éstas no han arrojado resultados.

Alcances
Para desarrollar las bases de conciliación, el Tribunal analizó las propuestas presentadas por demandantes y demandados, identificando coincidencias y divergencias, además de realizar un levantamiento de los instrumentos territoriales aplicables a la causa.

Los conceptos y principios que sustentan las bases de conciliación buscan alcanzar objetivos y metas comunes, considerando la realidad del territorio, así como también diversas opciones de solución. Estos principios son justicia ambiental, en sus dimensiones distributivas y participativas, responsabilidad empresarial y debida diligencia.

Las bases de conciliación contemplan 16 medidas entre las que se incluyen implementar un plan de modernización tecnológica de las industrias en cuestión, bajo el estándar de las mejores técnicas disponibles, que permitan dar sustentabilidad ambiental y social al cordón industrial.

Asimismo, se propone realizar una evaluación de riesgos a la salud y medio ambiente de cada una de las instalaciones de forma individual, así como una evaluación integrada de dichos riesgos para identificar efectos acumulativos y sinérgicos de la capacidad industrial instalada, de modo de prevenir situaciones de contaminación vividas en el pasado e identificar nítidamente las distintas fuentes de contaminantes.

Desde el punto de vista de la institucionalidad, se propone reimpulsar el Programa para la Recuperación Ambiental y Social de Quintero-Puchuncaví vía el Consejo creado al efecto, reconociendo el camino recorrido y reforzando la necesidad de su continuación.

En la audiencia de presentación de las bases de conciliación, los ministros Cristián Delpiano, Alejandro Ruiz y Daniella Ramírez llamaron a las partes a hacer una revisión rigurosa de la propuesta, con una mirada de largo plazo, considerando especialmente que el desafío que plantea este caso permite abordar decididamente una de las situaciones de conflictividad ambiental más grandes de nuestro país.
https://www.mch.cl/2021/06/14/bahia-quintero-puchuncavi-tribunal-ambiental-presento-propuesta-de-bases-de-conciliacion-en-demanda-por-contaminacion-historica/

Chile

Tribunal Ambiental admite a trámite reclamación por aprobación de proyecto minero “Playa Verde” de Chañaral

El proyecto, que pretende recuperar los minerales de las arenas de la Playa Grande de la ciudad y devolverlas al lugar, fue ingresado a través de un EIA al Servicio de Evaluación Ambiental.
15/06/2021
MINERÍA CHILENA
Una nueva reclamación en la que se solicita el rechazo de la aprobación ambiental favorable del proyecto minero “Playa Verde” de la comuna Chañaral, fue admitida a trámite por el Primer Tribunal Ambiental.

La causa, interpuesta en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por un vecino de la ciudad, se basa en la no respuesta de observaciones ciudadanas efectuadas por el reclamante durante el proceso de participación ciudadana y por la eventual falta de antecedentes técnicos suficientes y adecuados para evaluar el eventual riesgo para la salud de la población, al mar y al sitio prioritario “Quebrada de Peralillo” que podría provocar el proyecto minero.

Lo anterior, se fundamenta porque, a juicio del reclamante, el SEA no dio respuesta a todas las observaciones efectuadas y tampoco consideró algunos impactos ambientales y afectaciones a la salud de la población que fueron advertidas por organismos con competencia ambiental, OAECA, que participaron en el proceso de evaluación del proyecto.

Entre los aspectos incorporados en la causa está que, durante la evaluación ambiental del proyecto, no se pudieron descartar que este tuviera afectaciones sobre la salud de la población y sobre el recurso hídrico, en especial, en lo que tiene relación con el proceso metalúrgico y el depósito de relave. Tampoco se consideraron los impactos ambientales potencialmente significativos en el medio marino, ya que no se incluyó dentro del área de influencia del proyecto, aspectos relevados por la Gobernación Marítima y CONAF durante la evaluación.

Otro antecedente incorporado por el reclamante tiene relación con la no inclusión del Sitio Prioritario Quebrada de Peralillo al área de influencia del proyecto, ya que eventualmente podrá ser impactado por las emisiones de material particulado tanto en fase de construcción como de operación. Así como también, los impactos que se podrían provocar al Parque Nacional Pan de Azúcar.

En la reclamación se fundamenta que “se debe dejar sin efecto la RCA y rechazar el proyecto porque, éste no se hace cargo de establecer fundadamente y con un nivel de certeza científica adecuada, si genera o no los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley 19.300”. Es importante mencionar que este artículo es el que establece las causales que hacen que un proyecto sea objeto de un Estudio de Impacto Ambiental, EIA.

También, se cuestiona la determinación del organismo evaluador de solicitar nuevos antecedentes a la empresa, ya que aseguran se trata de información relevante y esencial que no puede ser subsanada a través de una adenda (documento que debe ser entregado por la empresa con las respuestas a las consultas de los organismos con competencia ambiental como el SAG, Conaf, entre otros), porque “la ley establece que la adenda no es una instancia para aportar información nueva, sino para aclarar, rectificar o ampliar la información existente proporcionada por el titular de un proyecto”.

Ahora el Primer Tribunal Ambiental debe fijar la audiencia de alegatos de la causa. En dicha instancia los ministros escucharán los fundamentos de las partes.

Antecedentes del proyecto
El proyecto minero “Playa Verde” tiene como objetivo extraer por dragado (remoción, succión) antiguos relaves depositados en la Playa Grande de Chañaral, procesarlos en una planta metalúrgica para extraer cobre y obtenerlo de forma de cátodos y concentrados, para luego retornar a la misma playa las arenas procesadas en la planta metalúrgica.

La empresa pretende lograr productos con valor en el mercado y a su vez lograr residuos finales aptos para reconstituir la playa a su perfil o relieve pre aluvión, con lo que se otorgará una mejor condición ambiental a una zona históricamente afectada por los depósitos durante más de 40 años de relaves provenientes de la actividad minera.

Se pretende remover y procesar 35 millones de toneladas de 0,24% del cobre total a un nivel de procesamiento de 5 millones de toneladas anuales y obtener una cantidad estimada de 8.540 toneladas anuales de cobre fino.

El proyecto se emplazará en la comuna de Chañaral, Región de Atacama, aproximadamente a 3,4 kilómetros del centro urbano de la misma ciudad. La planta metalúrgica se proyecta inmediatamente vecina al este de la Playa Grande a 2,5 kilómetros al norte de Chañaral, aproximadamente en el kilómetro 2,5 de la Ruta C-120 que conecta a Chañaral con el Parque Nacional Pan de Azúcar. Su ubicación se encuentra, además, a una distancia aproximada de 923 metros del sitio prioritario Quebrada de Peralillo y a una distancia de 10 kilómetros del parque nacional.
https://www.mch.cl/2021/06/15/tribunal-ambiental-admite-a-tramite-reclamacion-por-aprobacion-de-proyecto-minero-playa-verde-de-chanaral/

Chile

Diputado Prieto solicita retomar discusión de proyecto que busca prohibir el vertimiento de desechos mineros al mar

El proyecto, que está paralizado en la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado desde el año 2015, tiene como objetivo prohibir y sancionar el vertimiento, derrame o disposición de residuos mineros al mar.
08/06/2021
En el marco del Día Mundial del Océano, el diputado por la región del Maule, Pablo Prieto, envió una solicitud a las presidentas del Senado y de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, Yasna Provoste y Ximena Órdenes respectivamente, para acelerar la discusión de proyecto de ley que busca prohibir y sancionar el vertimiento, derrame o disposición de residuos mineros al mar.

El proyecto, contenido en el boletín N° 9962-12 del Senado, está paralizado en la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales de la Cámara Alta desde agosto de 2015, y desde ese año no ha tenido nuevas revisiones. Cuenta con un primer informe, y asistieron a la discusión diferentes autoridades de la época, como el ministro del Medio Ambiente Pablo Badenuer, el Consejo Minero y la Dirección Gral. del Territorio Marítimo y Marina Mercante (DIRECTEMAR). Además, participaron de la discusión representantes de ONG medio ambientales.

En definitiva, el proyecto busca introducir una serie de modificaciones legales al decreto de ley Nº2.222 de 1978, con el objetivo de hacer frente a la situación de contaminación marítima producto de la actividad minera. Con todo, y pese a que ofrece una respuesta normativa para prohibir y sancionar el vertimiento, derrame o disposición de residuos mineros al mar, no tuvo nuevas revisiones en la respectiva Comisión.

“El mar debe cuidarse. Efectivamente, las aguas y mares territoriales del país enfrentan una compleja situación de contaminación, entre la que se cuenta aquella producida por plásticos, pero también por desechos derivados de la minería, que está presente en el norte y zona central del país”, afirma el diputado Pablo Prieto.

El diputado reconoció que han existido diferentes legislaciones aprobadas para proteger el mar, sin embargo “Estas medidas parecen no es suficientes. Este proyecto lleva cinco años durmiendo en el Senado, es por eso que le pido humildemente a las presidentas del Senado y de la Comisión de Medio Ambiente retomar la discusión de este proyecto lo antes posible”, concluye el diputado.
https://www.mineriachile.cl/2021/06/08/diputado-prieto-solicita-retomar-discusion-de-proyecto-que-busca-prohibir-el-vertimiento-de-desechos-mineros-al-mar/

Chile

Comunicado de la Coordinación de Territorios por la Defensa de los Glaciares

04/06/2021
Inaceptable, retrógrada y violadora de derechos es una ley que legalice la intervención del área cercana a glaciares y el permafrost
(de http://olca.cl/articulo/nota.php?id=108677)
“La ley que avanza permite y legaliza la intervención del ambiente periglaciar y permafrost, elementos centrales en la mantención de los glaciares”
El miércoles 2 de junio 2021 la Comisión de Minería y Energía del Senado despachó el sexto intento de proyecto de ley de glaciares a la Comisión de Medio Ambiente. Estuvo en esta comisión desde junio de 2018 luego que los comités parlamentarios negociaran con el ejecutivo para que ésta fuese la primera comisión en revisarlo.

A través de innumerables denuncias públicas que hemos hecho, buscamos concientizar sobre la importancia que tienen los glaciares y sus ambientes para el sustento hídrico de gran parte de la población del país y hemos querido develar cómo se ejerce el poder extractivista en el Senado a partir del actuar de los parlamentarios que legislan favoreciendo los intereses económicos, en vez de proteger el Bien Común.

Esta reciente tramitación estuvo fuertemente influenciada por el lobby minero con sus distintos representantes: el Consejo Minero, COCHILCO, SONAMI, Federaciones de trabajadores de CODELCO y glaciólogos mineros, tal como ha sido en los últimos seis años en otras tramitaciones infructuosas del mismo tema. Y tal como ha ocurrido con proyectos de ley anteriores a este sobre glaciares, la presión minera se materializó. La historia se repite una y otra vez: negocian a espaldas del pueblo.

La fórmula que usaron esta vez para acomodar la ley para las mineras fue la Mesa Técnica promovida y encabezada por el senador Girardi (PPD), quien decidió ceder la protección original del proyecto en relación con el entorno de los glaciares (ambiente periglacial) y el permafrost. De esta mesa sale entonces la propuesta del artículo sexto y séptimo por medio de los cuales se legaliza la intervención de estos elementos. Esto incluso contradice el mismo texto de la ley, ya que expresa que tanto el entorno como el permafrost son fundamentales para el equilibrio y permanencia de los glaciares. Esto fue apoyado por la senadora Isabel Allende (PS), Alejandro García Huidobro (UDI) y Rafael Prohens (RN). Lo decimos claramente, la Comisión de Minería se encargó de estructurar un proyecto de ley a la medida de la megaminería, la principal industria que destruye glaciares y el ambiente periglacial.

El proyecto será recibido por la Comisión de Medio Ambiente compuesta por dos integrantes de la Comisión de Minería, la senadora Allende y el senador Prorhens, además del senador Alfonso De Urresti (PS), José Miguel Durana (UDI) y Ximena Órdenes (Independiente ex PPD). Lamentablemente esta conformación no nos garantiza que se revierta este atentado a la Naturaleza y comunidades que velarán por la total protección de los glaciares y sus entornos y otras crioformas, ni tampoco del Buen Vivir de los Pueblos.

Constatamos cómo la historia se repite una y otra vez: negocian de espaldas del pueblo y continúan sobreponiendo el interés privado por sobre el de la mayoría. Esta vez quieren avanzar con una pantalla de ley de glaciares pero que al igual como lo pretendía Bachelet, es un dispositivo que permite la viabilidad de la minería en el ambienta periglaciar y permafrost.

Una ley que desproteja estos ambientes es totalmente perjudicial y un contrasentido a lo que efectivamente necesita el país. Lo que necesitamos es una ley de protección real y para todos los glaciares, su entorno y otras crioformas como el permafrost que se haga cargo de resguardar uno de los Bienes Comunes más importantes que hoy tenemos y que juega un rol fundamental como base y fuente de abastecimientos permanente de agua para las comunidades, los ecosistemas y la biodiversidad. No podemos aceptar leyes en la medida de lo posible porque destruyen la vida. Como país albergamos a la mayor superficie glacial de Sudamérica por lo que tenemos una responsabilidad que supera nuestras fronteras.

Los glaciares son tan importantes como su fragilidad y los intereses económicos no pueden estar por sobre el elemento esencial para la vida como es el agua, del cual dependemos todos para seguir viviendo.

Alertamos de la eventual trasgresión de los distintos tratados de Derechos Humanos que se verían gravemente afectados de prosperar esta propuesta de legalización de aquellos elementos que entregan el sustento a los glaciares. Entre ellos: la Convención Marco de Naciones Unidad sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kyotto, Convenio sobre Diversidad Biológica, Convenio 169 de la OIT en materia de los pueblos originarios y la Declaración de Río, Acuerdo de París entre otros. Además, se estaría violando el principio de progresividad comprometido por Chile en convenios internacionales. El Estado debe tener como finalidad el incremento gradual, constante, sostenido y sistemático del alcance y amplitud del nivel de protección ambiental, buscando alcanzar su plena efectividad en justo equilibrio con la protección y promoción del resto de los Derechos Humanos.

Como Coordinación de Territorios por la Defensa de los Glaciares hacemos un llamado a los movimientos sociales, organizaciones medio ambientales y a todos los pueblos a informarse sobre el esencial rol que cumplen los glaciares, y a estar atentos y activos frente al proceso legislativo e interpelar a las senadoras y los senadores para a no permitir que la minería siga el ecocidio ambiental contra nuestros frágiles ecosistemas de montaña de los cuales dependemos. A pesar de ser una instancia que no nos representa, no abandonaremos el seguimiento a este proyecto de ley en el Congreso, y paralelamente pondremos todas nuestras energías para impulsar la anhelada protección de estos Bienes Comunes en el espacio de la Convención Constitucional, por lo que instamos a los constituyentes a pronunciarse por este tema crucial del cual depende nuestro presente y futuro.

¡CON LA FUERZA DE UN GLACIAR!

COORDINACIÓN DE TERRITORIOS POR LA DEFENSA DE LOS GLACIARES

Agrupación del Camino Internacional (V), Andes Libres (RM), Asamblea autoconvocada por la Defensa del Agua Los Andes (V), Asamblea en Defensa del Elqui (IV), Asamblea por el Agua Guasco Alto (III), Baile Chino Cerro Mercacha (V), Centro Austral de Derecho Ambiental (X), Centro Ecológico Churque (RM), Colectivo Efímero (V), Comité Ambiental Teno (VII), Comunidad Indígena Taucan del Valle del Choapa (IV), Coordinadora 3 Ríos (V), Corporación del Medio Ambiente de Atacama CODEMAA (III), Elqui Sin Mineras / Elqui Sustentable (IV), Fridays for Future (V), Geoparque Valle de Petorca (V), Movimiento Socioambiental Putraintu (V), Nosotras Decidimos (V), OLCA (RM), Pacto Mundial Consciente (RM), Parque Andino Juncal (V), Putaendo Resiste (V), Raíces de Aconcagua (V), Red de Articulación Territorial Aconcagua Emerge (V), Red Metropolitana No Alto Maipo (RM), Red por la Defensa de los Territorios Wallmapu (IX), Red Regional Antimineras (XI), Unión Comunal Teno (VII), Valles en Movimiento Limarí (IV)

Contactos:
María Jesús Martínez +56963970135
Constanza San Juan Constituyente Distrito 4 +56962413008
Stefanía Vega+ 56 9 8441009

Correo: defendiendo.glaciares@gmail.com / Facebook: Glaciares Libres
Twitter: @GlaciaresLibres / Instagram: @defendiendoglaciares
Youtube: Glaciares Libres / Defendiendo Glaciares
http://olca.cl/articulo/nota.php?id=108677

Chile

Formalizan por delito de prevaricación a funcionarios de la Dirección General de Aguas por favorecer a minera chileno-japonesa

Cristian Miranda 04/06/2021
Formalizan por delito de prevaricación a funcionarios de la Dirección General de Aguas por favorecer a minera chileno-japonesa
La compleja causa –que lleva más de un año con diversas diligencias– avanzó cuando la Fiscalía Local de Copiapó comunicó a dos imputados que están siendo investigados por este delito. El tribunal fijó 6 meses para el cierre del trabajo de recolección de antecedentes. Los imputados son Luis Ulloa, jefe de la División Legal de la Dirección General de Aguas (DGA), y la directora regional de la División, Macarena Fernández Leiva.

La Fiscalía de Atacama formalizó a Luis Ulloa, jefe de la División Legal de la Dirección General de Aguas (DGA), y a la directora regional de la división, Macarena Fernández Leiva, en una compleja causa de delitos de carácter penal administrativo que indaga en Copiapó y que tuvo su origen en el año 2017, cuando comenzaron distintas solicitudes de parte de la sociedad chileno-japonesa, Minera Atacama Kozan, por obtener las autorizaciones ambientales que permitieran iniciar su proyecto de ampliación de su vida útil y que contemplaba relaves filtrados.

En concreto, frente a las solicitudes, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Atacama solicitó pronunciamientos a la Dirección General de Aguas (DGA) y al jefe regional de Fiscalización y Medio Ambiente. En uno de estos informes, emanado en el año 2018, el director (s) de la DGA informaba que dicho proyecto generaría efectos adversos significativos sobre la cantidad de recursos renovables, en particular el agua, por lo que su vía de ingreso debía ser un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y no una simple Declaración de Impacto Ambiental (DIA), como pretendía la empresa (revise el oficio acá).

Según la investigación, que terminó con la formalización, en mayo del año 2018 se designó a contrata a uno de los imputados –Ulloa–, quien comenzó a desempeñarse como asesor legal de la DGA, mientras que, en junio del mismo año, sin mediar proceso de reclutamiento y selección, fue designada en el cargo de directora regional de la Dirección General de Aguas la segunda imputada en esta investigación –Fernández–. De la misma manera, en julio de ese año, el hasta entonces gerente general de Atacama Kozan, Francisco Sánchez, fue designado intendente de la Región de Atacama, cargo en el que se desempeñó desde julio de ese año hasta su renuncia en febrero de 2019.

Ya instalados en sus puestos, se desvinculó a Rodrigo Sáez, funcionario que suscribió los oficios de la DGA que se oponían a la DIA del proyecto minero, por lo que se elaboró un nuevo oficio dirigido al Servicio de Evaluación Ambiental completamente distinto al anterior.

Meses después, Ulloa envió un correo a Fernández, remitiendo el proyecto de oficio con sus observaciones y señalando que el Servicio (DGA) expresaba su conformidad con el DIA, con lo que incorporó autorizaciones sectoriales al proyecto minero, modificando la opinión técnica que indicaba que era necesario un Estudio de Impacto Ambiental.

Fernández, posteriormente, suscribió un nuevo oficio, en que informaba en lo particular que este Servicio “se pronuncia conforme en la Declaración de Impacto Ambiental y se pronuncia conforme sobre los permisos ambientales sectoriales”. Esto lo hizo sin tener autorización de la Unidad de Conservación y Mantenimiento de la DGA.

Debido a esto, la Fiscalía de Atacama argumentó que los hechos descritos configuran el tipo penal de prevaricación administrativa previsto y sancionado en el artículo 228 del Código Penal. Sin embargo, los formalizados quedaron sin medidas cautelares mientras se desarrolla la investigación, la que durará 6 meses.

La diligencia que terminó con la formalización de Ulloa y Fernández está enmarcada en una investigación por prevaricación administrativa y, eventualmente, tráfico de influencias, relacionada con el proyecto de continuidad operacional de la faena minera Atacama Kozan, una compañía formada por la empresa japonesa Nittetsu Mining Co. y el grupo Errázuriz. La investigación apunta a develar la actuación de la DGA en este caso y el giro dado por el ente público respecto a la tramitación ambiental del proyecto.
https://www.elmostrador.cl/destacado/2021/06/04/formalizan-a-imputados-por-delito-de-prevaricacion-al-interior-de-la-dga-por-favorecer-a-minera-chileno-japonesa/

Chile

Proyecto de protección de glaciares pasa a la Comisión de Medio Ambiente del Senado

De acuerdo al texto aprobado, se prohíbe realizar minería o cualquier tipo de actividad industrial en glaciares (blancos o rocosos), salvo aquellas destinadas a la investigación científica, turismo o deportivas sustentables.
03/06/2021
Minería Chilena
En condiciones de ser visto por los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado, quedó el proyecto de protección de glaciares. Esto luego que la Comisión de Minería y Energía de la Cámara Alta terminara de revisar el detalle de la propuesta en primer trámite.

Durante diversas sesiones, los legisladores de esta instancia revisaron la moción del senador Guido Girardi, de la cual son co-autoras las legisladoras Isabel Allende y Ximena Órdenes, la que experimentó numerosos cambios.

Así el texto contempla conceptos básicos como glaciar, ambiente periglaciar y permafrost, el nivel de protección que se pretende entregar a cada uno, qué actividades económicas, deportivas y de investigación se permitirá desarrollar en dichas extensión de territorio y bajo qué condiciones.

Considerando el volumen y diversidad de materias que abarca el proyecto, luego que sea analizado por la Comisión de Medio Ambiente, será el turno de los parlamentarios de la Comisión de Hacienda, que deberá pronunciarse sobre las normas de su competencia y el informe financiero asociado. Al término de ese proceso, la norma será votada en Sala.
Lo aprobado

De acuerdo a lo despachado en la Comisión de Minería y Energía, el texto – en lo sustancial- queda en las siguientes condiciones:

Se consagra una prohibición absoluta de realizar minería o cualquier otro tipo de actividad industrial en glaciares de cualquier tipo (blancos o rocosos), salvo aquellas actividades destinadas a la investigación científica, turismo o deportivas sustentables.
Para el ambiente periglaciar -que es el área que se encuentra en el entorno del glaciar y permite su conservación- se someten todas las faenas mineras, actuales y futuras, incluso con efecto retroactivo, a un Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental reforzado y calificado. Así existirán medidas especiales adicionales a las normas ambientales existentes .
Se contemplan sanciones penales para los ejecutivos de las empresas mineras y otras que no cumplan con las medidas de la ley. La idea es que las empresas se obliguen a adoptar sistemas de prevención que hoy no existen.

Punto rechazado

Un punto que generó controversia fue una indicación que prohibía a la minería intervenir en zonas de ambiente periglaciar en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana de Santiago, circunscritas, territorial o espacialmente, por los límites de la cuenca glacial.

Luego de diversas conversaciones, el texto fue rechazado por los senadores Isabel Allende, Alejandro García Huidobro y Rafael Prohens, mientras que los legisladores Yasna Provoste y Guido Girardi votaron a favor.

De esta forma, se aprobó que la protección del ambiente periglaciar se realice a través del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), realizando un análisis caso a caso del tipo de proyecto que se busca emplazar, sus impactos y la realización de un análisis del aporte hídrico del ambiente preglaciar. Aquello también tendrá un efecto retroactivo.

Finalmente, se suma al actual Inventario Público Glaciológico a cargo de la Dirección General de Aguas (DGA) que lleva el catastro de glaciares, el ambiente periglaciar y el permafrost.
https://www.mch.cl/2021/06/03/proyecto-de-proteccion-de-glaciares-pasa-a-la-comision-de-medio-ambiente-del-senado/

Chile

Relatores de la ONU emplazan a los gobiernos de Chile y Suecia a dar una solución definitiva a los desechos tóxicos en Arica

Emilia Aparicio 03/06/2021
Relatores de la ONU emplazan a los gobiernos de Chile y Suecia a dar una solución definitiva a los desechos tóxicos en Arica
En 1984, fueron enviadas desde Suecia 20 mil toneladas de residuos que contenían metales tóxicos al sector del Cerro Chuño, en Arica. A más de 35 años del crimen ambiental, los residuos siguen allí y es por eso que, a través de una carta, seis relatores especiales de las Naciones Unidas exigen de forma urgente una solución al Estado chileno y al Gobierno sueco, que incluye la repatriación de los tóxicos a Suecia.

Junto con ello, los expertos en derechos humanos y medioambiente de la ONU exigen medidas inmediatas para reparar y compensar a las víctimas: “Deben tomarse medidas urgentes para garantizar a los anteriores y actuales residentes de Arica reparaciones efectivas por el daño que han sufrido a lo largo de los años, entre las que se encuentran un cuidado y atención a la salud adecuados, su reubicación y el acceso a una vivienda adecuada en una zona que no esté contaminada y les asegure condiciones para una vida digna”.

El plazo para responder venció el pasado 28 de mayo, y aunque el Gobierno de Sebastián Piñera informó que la respuesta se estaba procesando, esta aún no es puesta a disposición del organismo internacional. Desde el Gobierno sueco, en tanto, junto con solidarizar con las víctimas e informar sobre los procesos judiciales en su país –donde se declararon prescritas las «negligencias»–, no se comprometen a lo solicitado: repatriar los tóxicos a su país. «El Gobierno discrepa respetuosamente de la afirmación de que Suecia esté bajo alguna obligación de reparar la situación en Arica», reza el documento oficial de dicha nación.

Desde hace más de 35 años que permanecen desechos mineros altamente tóxicos en Arica, a 650 metros del cerro Chuño, donde hay viviendas sociales. Fueron remitidos a Chile por una empresa sueca con la anuencia e indiferencia del Estado chileno. Pese a las permanentes y constantes acusaciones de violación de los derechos humanos y ambientales, los residuos siguen allí. Por esta razón y urgente situación es que seis relatores especiales de las Naciones Unidas enviaron, el 23 de marzo de este año, una carta emplazando al Estado chileno y al Gobierno sueco a dar un solución definitiva a lo que consideran como un verdadero crimen ambiental.

El documento, enviado por los relatores Marcos A. Orellana, David R. Boyd, Tlaleng Mofokeng, Balakrishnan Rajagopal, Felipe González Morales, Olivier De Schutter y Pedro Arrojo Agudo, explica detalladamente los hechos ocurridos desde el arribo a Chile de los residuos tóxicos hasta la fecha, junto con siete puntos en los que se requiere, entre otras solicitudes, disponer de todas medidas que sean necesarias para repatriar los desechos a Suecia, a fin de remediar la transgresión a los derechos humanos, proteger los derechos a la vida y a la salud física y mental, el derecho a una vivienda adecuada, al agua potable y al saneamiento de las comunidades afectadas en Arica.

“Deben tomarse medidas urgentes para repatriar los desechos peligrosos a Suecia y/o asegurar la eliminación de los desechos peligrosos de manera ambientalmente racional. Deben tomarse medidas urgentes para garantizar a los anteriores y actuales residentes de Arica reparaciones efectivas por el daño que han sufrido a lo largo de los años, entre las que se encuentran un cuidado y atención a la salud adecuados, su reubicación y el acceso a una vivienda adecuada en una zona que no esté contaminada y les asegure condiciones para una vida digna”, indica la carta al Estado chileno.

Entre los requerimientos al Gobierno chileno, los relatores de la ONU solicitaron informar sobre «las medidas adoptadas para garantizar el acceso efectivo a la justicia y reparación del daño a las personas afectadas por residuos tóxicos y en particular respecto de la personas migrantes y personas indígenas, habida cuenta de la situación de mayor vulnerabilidad en la que estas se encuentran, el acceso adecuado a la vivienda, al agua potable libre de contaminación».

Asimismo, solicitan que el Gobierno indique cuáles son «las medidas adoptadas para garantizar la aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, incluida cualquier orientación proporcionada a las empresas comerciales sobre cómo respetar los derechos humanos en todas sus operaciones. Sería particularmente útil conocer las medidas tomadas para garantizar que las entidades comerciales apliquen la debida diligencia en materia de derechos humanos en todas sus operaciones, incluidas las operaciones en el extranjero y el grado en que la han aplicado. Facilítese también información sobre las medidas adoptadas para proporcionar a las víctimas de abusos de los derechos humanos por parte de entidades comerciales recursos efectivos».

Tras la carta de los relatores de la ONU, los gobiernos chileno y sueco tuvieron un plazo de respuesta de 60 días. Ante el vencimiento del plazo, el Gobierno de Sebastián Piñera pidió una ampliación ante la Misión Permanente de Chile de la ONU, fijándose como fecha tope el viernes 28 de mayo. Sin embargo, la respuesta gubernamental chilena todavía no está a disposición del organismo internacional.

El Gobierno sueco, por su parte, respondió el pasado 21 de mayo con una carta de 21 puntos, donde explicita los procesos judiciales que han ocurrido en Suecia respecto al caso y su compromiso con los derechos humanos, pero sin hacerse cargo de los residuos tóxicos que siguen en Arica.

El Estado Chileno no se ha hecho cargo
Entre 1984 y 1985, la empresa sueca Boliden Mineral AB envió 20 mil toneladas de desechos tóxicos, importados a Chile a través de la compañía minera chilena Promel Ltda.

En 1997 se demostró que los residuos tóxicos contienen altas concentraciones de arsénico, mercurio, cadmio y plomo, metales nocivos para la salud de las personas. Estos desechos fueron depositados a la intemperie en un lugar conocido como Sitio F en Arica, a 250 metros de un barrio de viviendas familiares, operación que fue permitida por la autoridad sanitaria de la época.

“La pila de residuos contiene aproximadamente 17 por ciento de arsénico; 4,5 por ciento de plomo, 3.000 ppm de mercurio y 0,05 por ciento de cadmio, combinado con algunos otros metales pesados y sustancias tóxicas”, detalla la carta.

Durante 14 años, la pila de desechos altamente peligrosos permaneció en la intemperie a metros de la comunidad y no se informó de los daños que podrían causar estos materiales tóxicos. La zona fue utilizada por algunas familias para ampliar sus terrenos y como patio de juegos de niños y niñas.

En 1998, el Estado de Chile trasladó la pila de desechos del Sitio F a un lugar conocido como Quebrada Encantada, también en las cercanías de Arica y aproximadamente a 650 metros del barrio de Cerro Chuño. El traslado se consideró como una reubicación temporal, hasta que se pudiera identificar una alternativa segura para el almacenamiento. Ese mismo año el Gobierno, en ese tiempo de Eduardo Frei Ruiz-Tagle, determinó que aproximadamente 5 mil personas habían sido expuestas a residuos peligrosos.

Ante esa situación, la Municipalidad de Arica interpuso una acción constitucional ante la Corte de Apelaciones de dicha ciudad para la protección de los derechos a la vida y al medio ambiente libre de contaminación de las pobladoras y los pobladores de Arica. El tribunal falló a favor del municipio y ordenó la restauración ambiental del Sitio F, la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), y el aislamiento, empaque y reubicación de los desechos en celdas de seguridad adecuadas.

Sin embargo, según explicita la carta de la ONU, “a más de 20 años después, las medidas ordenadas por los tribunales chilenos aún no se han cumplido. No se ha realizado un EIA”.

Un año después del fallo de la Corte Suprema, las víctimas que estuvieron expuestas a los lodos tóxicos entablaron acciones legales por daños y perjuicios contra Promel Ltda. y contra la autoridad sanitaria. Sin embargo, no pudieron afrontar los costos de los informes periciales especializados para probar el daño material, y los tribunales chilenos se negaron a ordenar a las agencias gubernamentales que presentaran esta prueba pericial.

Posteriormente, los tribunales chilenos otorgaron 8 millones de pesos chilenos por daño moral a ciertas víctimas, pero no a todas, sin ofrecer una explicación clara sobre ello.

La carta detalla que, desde entonces, el Estado chileno ha reubicado a algunas de las personas residentes de la zona, pero muchas otras continúan viviendo allí.

En 2009, el Gobierno ordenó la reubicación de 1.880 familias chilenas de Cerro Chuño y las villas aledañas. Sin embargo, no todos pudieron ser trasladados. Se estima que, hasta fines de 2017, vivían en Cerro Chuño aproximadamente 1.600 personas, en casi 400 viviendas. Estas habían sido construidas por el Servicio de Vivienda y Urbanismo en los años 80, en las cercanías del vertido de los residuos tóxicos, como viviendas sociales. La pobreza habría forzado a muchas familias a buscar vivienda en los asentamientos informales en Cerro Chuño.

Entre las consecuencias detalladas en la misiva presentada por los relatores, se describe que “algunas de las mujeres en edad reproductiva que jugaron en el vertido de desechos tóxicos cuando eran niñas no han podido concebir o experimentan altas tasas de aborto involuntario. Cuando logran nacer, sus hijos e hijas sufren defectos de nacimiento severos, tales como trastornos neurológicos, hidrocefalia y espina bífida. Se estima que unas 12.000 personas se han visto afectadas. Además, desde entonces, muchos han perdido la vida debido a sus afecciones médicas”.

Incumpliendo la legislación
Finalmente, en 2012, el Congreso de Chile aprobó la Ley 20.590 de Polimetales, para mejorar la calidad de vida de las personas afectadas por la contaminación en Arica. En 2019, la Contraloría de Chile auditó la implementación de esta ley y concluyó que diversas autoridades administrativas chilenas, incluido el Ministerio del Medio Ambiente, no habían cumplido con los programas y medidas contemplados por la misma.

“De acuerdo a la información recibida, a la fecha, los términos y objetivos de la Ley 20.590 no se han cumplido. La contaminación ambiental todavía está presente. El Estado chileno no ha puesto a disposición ni especialistas en toxicología, ni trabajadores de la salud para que brinden un tratamiento adecuado a quienes lo necesitan y no se realizan monitoreos sistemáticos de la condición médica de los actuales y anteriores residentes. El Gobierno chileno ha realizado muy pocas muestras biológicas en residentes para detectar la presencia de cromo, mercurio o cadmio en el cuerpo. La comunidad local necesita con urgencia financiación para instalaciones médicas y hospitalarias”, detalla la carta.

En relación con la Ley 20.590, el director ejecutivo de la ONG y estudio jurídico ambiental Fima, Ezio Costa Cordella, afirma que «hay distintos responsables, el principal recae tanto en la empresa chilena como en la sueca. Sin embargo, también hay una responsabilidad del Estado, sobre todo por la construcción de viviendas sobre el terreno que tiene desechos. Lo que llevó al dictamen de la Ley de Polimetales, pero no se ha completado su ejecución. A pesar de que existe la ley, sigue todavía el sector contaminado y las personas siguen teniendo problemas», detalló.

Respuesta de Suecia: no se hace cargo de la repatriación
A diferencia de los procesos legales ocurridos en Chile, en septiembre del 2013, 796 residentes de Arica demandaron a Boliden Mineral AB en Suecia, argumentando que la empresa nunca intentó procesar los desechos sino que simplemente se deshicieron de ellos. Pero la Corte sueca concluyó que las víctimas no pudieron establecer una relación entre los altos niveles de arsénico en sus cuerpos y los residuos exportados.

Luego, en marzo de 2019, la Corte de Apelaciones de Suecia determinó que, según la ley del país, la negligencia de la empresa Boliden estaba prescrita, y que las acciones debieron haber ocurrido en un periodo de diez años, por lo que el caso no sería efectivo.

No obstante, en febrero de 2019, los 2.700 residentes de Arica firmaron una carta solicitándole a la Embajada de Suecia una visita y una reunión con las víctimas del crimen medioambiental. En septiembre del mismo año, el embajador realizó la visita y los líderes de la comunidad reiteraron la demanda de repatriación de los desechos y una compensación para los procedimientos médicos para las víctimas.

Sin embargo, como lo detalla la carta emitida por Naciones Unidas, no se ha realizado ninguna acción posterior a la visita del embajador y las varias misivas enviadas por la comunidad a la embajada.

Adicionalmente el documento expresa: “Los estados deben asegurar el acceso a la justicia para aquellos derechos que han sido violados. Los estados y las empresas tienen la misma obligación de proveer soluciones efectivas y restitución a las víctimas de violaciones ocurridas como resultado de la exposición a químicos peligrosos”.

En la carta de respuesta, el Gobierno sueco «expresa gratitud a los firmantes del presente comunicado por sensibilizar sobre la situación actual en Arica, Chile y por poner en perspectiva el tema de los derechos humanos y de las empresas. El medioambiente, incluyendo la gestión de residuos, el acceso a la justicia y negocios y los derechos humanos son asuntos prioritarios para el Gobierno y en relación a esto se han tomado varias medidas en los últimos años. Como firmantes del presente documento, podemos asegurar que Suecia tiene la intención de permanecer activo en estos temas».

Pese a que el Gobierno sueco se centra en demostrar los avances que se han hecho en su propio país en relación con derechos humanos y sustentabilidad, así como en presentar los procesos judiciales que se han hecho del caso en el sistema judicial nórdico, al igual que en 2019, no demuestra una real voluntad de repatriar o hacerse responsable de los residuos tóxicos.

«Debe quedar claro desde el principio que el Gobierno discrepa respetuosamente de la afirmación de que Suecia esté bajo alguna obligación de reparar la situación en Arica. El Gobierno hace notar que la presente situación ha sido sometida a revisión por las cortes nacionales tanto en Suecia como en Chile. En este contexto, el Gobierno halla pertinente recordar el principio fundamental de que el Poder Judicial es independiente del Poder Ejecutivo gubernamental. Sin embargo, más abajo, Gobierno resumirá su posición general sobre el asunto expuesto en el comunicado».

A continuación se pueden revisar los documentos emitidos:

Carta a Estado de Chile https://media.elmostrador.cl/2021/06/Carta-a-Estado-de-Chile.pdf

Carta ONU para Suecia https://media.elmostrador.cl/2021/06/Carta-ONU-para-Suecia.pdf

Respuesta Suecia https://media.elmostrador.cl/2021/06/Respuesta-Suecia.pdf

Carta ONU para empresa https://media.elmostrador.cl/2021/06/Carta-ONU-para-empresa.pdf

https://www.elmostrador.cl/cultura/2021/06/03/relatores-de-la-onu-emplazan-a-los-gobiernos-de-chile-y-suecia-a-dar-una-solucion-definitiva-a-los-desechos-toxicos-en-arica/