Chile

Tribunal de Chile modifica medida cautelar contra Minera Cerro Colorado de BHP

22/09/2021
Imagen referencial. / Foto: BHP.
El Primer Tribunal Ambiental, con sede en Antofagasta, otorgó un indulto a la mina de cobre Cerro Colorado de BHP el martes, y acordó suspender la prohibición de bombear agua de un acuífero durante 90 días mientras prepara un nuevo plan de continuidad operativa.

En julio, el Primer Tribunal Ambiental dictaminó que la operación debía comenzar desde cero en la búsqueda de permisos para operar. En agosto, se ordenó “medidas cautelares” que incluyen el cese de la extracción de agua subterránea durante 90 días de un acuífero cercano a la mina, un fallo que la empresa apeló.

Ahora, el tribunal dictaminó que la empresa podría extraer 54 litros por segundo de agua para fines de producción, “por un plazo final de 90 días calendario”.

“Una vez que expire ese período si la mina no cuenta con la aprobación de su plan ambiental, la empresa minera no continuará extrayendo agua”, dijo el tribunal en un comunicado.

Instó al Servicio de Evaluación Ambiental de Chile, que aprueba dichos planes, a concluir su evaluación de la operación lo antes posible.

Cerro Colorado dijo en un comunicado que están “trabajando arduamente para obtener la evaluación ambiental positiva dentro del plazo establecido por la corte”.

Cerro Colorado, una pequeña mina de la cartera chilena de BHP, produjo alrededor del 1.2% de la producción total de cobre de Chile en 2020.

Las empresas mineras en Chile, el principal productor mundial del metal rojo, se han visto obligados en los últimos años a encontrar medios alternativos para alimentar con agua a sus operaciones, ya que la sequía y el retroceso de los acuíferos han obstaculizado las operaciones. Muchos han reducido drásticamente el uso de agua dulce continental o han optado por plantas desalinizadoras.
Fuente: Reuters

Tribunal de Chile modifica medida cautelar contra Minera Cerro Colorado de BHP

Chile

SIN TRATAR AGUAS SE QUIERE IR PASCUA LAMA

A un año de la clausura de Pascua Lama: las comunidades alertan que Barrick propone un Plan de Cierre que sigue atentando contra la vida de las comunidades y ecosistemas

Como comunidad del Valle del Huasco que ha resistido al megaproyecto Pascua Lama por más de dos décadas, recordamos con emoción que hace un año celebramos comunitariamente la noticia del fallo de clausura de este nefasto proyecto.

Si bien seguimos ratificando la importancia de ese fallo que le dio la razón a una comunidad –tanto local, nacional como internacional– que nunca dejó de defender la integridad de su territorio, es imperioso denunciar a la opinión pública que, nuevamente, estamos ante una situación grave de impunidad socioambiental en nuestro país: A UN AÑO DEL FALLO, LA CLAUSURA DEFINITIVA DEL PROYECTO PASCUA LAMA NO SE MATERIALIZA Y LA EMPRESA HA SEGUIDO INTERVINIENDO A NIVEL SOCIAL Y ECOSISTEMICO.

Un par de ejemplos de dicha intervención son las ayudas monetarias que Barrick sigue entregando para encontrar apoyo con lo cual ahondan aún más el daño de nuestro tejido social y los 13 sondajes ilegales realizados entre noviembre de 2020 y mayo de 2021, en la misma zona del rajo supuestamente clausurada, al lado de los glaciares ya destruidos. Este último y gravísimo hecho fue denunciado y todavía se espera la respuesta de la Superintendencia del Medio Ambiente.

A esto se le suma la preocupación por la reciente noticia del Plan de Cierre actualizado de la faena propuesto por la empresa. En síntesis, Barrick plantea restituir al río Estrecho y sin tratamiento todas las aguas contaminadas que se generan constantemente en el proyecto.

Este plan de cierre dista absolutamente de la propuesta original por su Resolución de Calificación Ambiental (RCA); no solo ignora la contaminación sostenida de las aguas que provocó la empresa, sino su propia declaración de 2006, donde transparentó que la intervención en la naciente de las aguas las afectaría y contaminaría por lo menos 100 años, razón por la cual se comprometía a tratarlas durante dicho lapso.

Como comunidad sabemos que, incluso si lo mejoraran, el sistema de manejo de aguas no da abasto y que no logra impedir la contaminación de los ecosistemas y de las personas. Esa es precisamente la causa de la actual contaminación. No obstante, tampoco podemos permitir que descarguen de manera directa toda el agua de contacto o contaminada a nuestros ríos y afluentes.

Para concretar este nefasto plan que vuelve a poner en riesgo el ecosistema del Valle, la empresa pretende presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) ante el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) en octubre de 2021. La exigencia de la comunidad es que la SMA y SERNAGEOMIN, entes de gobierno encargados de ejecutar la clausura por mandato del Fallo del Primer Tribunal Ambiental, no acepten esta burda artimaña de Barrick y, que ejecuten el cumplimiento del fallo que hoy conmemoramos, siguiendo su espíritu de resguardo estricto de las comunidades y ecosistemas, y en diálogo permanente con las comunidades.

Finalmente, queremos hacer notar que estas son situaciones inaceptables en el marco del proceso constituyente que vive el país hoy. Cabe recordar que este mismo proceso es el resultado de la movilización social exigiendo dignidad, justicia social y ambiental, y el fin de un modelo economicista que no tiene consideración alguna por la vida de comunidades y ecosistemas, y del cual Barrick es un fiel exponente.

Barrick asesinos, Barrick Criminal ¡Materialización del fallo Ahora!
¡FUERA DEL VALLE DEL HUASCO!

ASAMBLEA POR EL AGUA DEL GUASCO ALTO
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Chile

Investigadores de la Universidad de Chile publican estudio sobre modelación de contaminantes en ríos afectados por drenaje ácido

El trabajo difundido en la revista de Hidrología aborda la combinación de diversas herramientas de modelado para comprender mejor los ríos de alta montaña afectados por el drenaje ácido de rocas.
20/09/2021
Minería Chilena
“An integrated modeling approach for mineral and metal transport in acidic rivers at high mountainous porphyry Cu systems”, es el título de la reciente publicación desarrollada por un grupo de académicos de los Departamentos de Ingeniería de Minas e Ingeniería Civil, y del Centro Avanzado de Tecnología para la Minería (AMTC) de la Universidad de Chile, entre los que se cuentan: Gerardo Zegers, Leonardo Navarro, Miguel Lagos, Álvaro Navarrete, Manuel Caraballo, Yarko Niño, James McPhee y Santiago Montserrat.

El trabajo difundido en la revista de Hidrología aborda la combinación de diversas herramientas de modelado para comprender mejor los ríos de alta montaña afectados por el drenaje ácido de rocas.

Las cuencas de montaña tienen un rol fundamental en sostener sistemas naturales, a la población y actividades económicas ubicadas aguas abajo. Además, estos ambientes de montaña se relacionan con varios depósitos ricos en minerales, como por ejemplo pórfidos cupríferos, los que proveen cerca de tres cuartas partes del cobre mundial, la mitad del Molibdeno y un quinto del oro. En contacto con agua, estos sistemas tienen la capacidad de generar drenaje ácido de roca (ARD).
Alcances del modelo desarrollado

Según explica el investigador Santiago Montserrat, la actividad minera, debido a la construcción de rajos, túneles o depósitos de residuos (ej. relaves o botaderos), pueden aumentar el área de minerales expuestos al ambiente, “facilitando la producción de drenaje ácido, en este caso denominado drenaje ácido de mina (AMD). Según Naciones Unidas, el drenaje ácido de mina (AMD), y sus consecuencias sobre la calidad de las aguas, será uno de los principales y más desafiantes problemas ambientales que enfrentará la sociedad en los próximos años”.

“En este trabajo se desarrolla un modelo de transporte y destino de metales en ríos de montaña acoplando cinco componentes: i) hidrología, ii) hidrodinámica, iii) transporte de sedimentos, iv) transporte de solutos y v) hidroquímica. El estudio se desarrolla en el estero Yerba Loca, uno de los afluentes al río Mapocho“, indica.

Y añade que la cuenca del estero Yerba Loca se caracteriza por su gran altitud y por la ocurrencia de un drenaje ácido de roca (ARD) en su parte alta, “lo que resulta en aguas con bajo pH (menor que 3) y altas concentraciones de cobre, hierro, manganeso y sulfatos”.

“El modelo es capaz de reproducir los principales procesos químicos y mineralógicos observados en la cuenca al introducir la dependencia del la precipitación mineral con el pH a lo largo del estero. Los resultados muestran un buen ajuste con observaciones de terreno, demostrando que el modelo es capaz de representar los principales procesos que controlan el transporte y destino de metales y minerales en ríos de montaña”, explica.

Finalmente, indica que el modelo desarrollado resulta en una buena herramienta para caracterizar sistemas fluviales afectados por ARD o AMD y desarrollar estrategias de manejo de la contaminación.

“Por ejemplo, en el corto plazo, el modelo podría apoyar el desarrollo de planes de emergencia por accidentes (ej. derrames) o predecir el tiempo que un contaminante podría alcanzar un cierto punto del río (por ejemplo una bocatoma). En el largo plazo, y debido a que el modelo representa de buena forma la relación entre hidrología e hidroquímica, ayudaría a proyectar cambios en la calidad de aguas ante escenarios climáticos futuros. De esta manera, el modelo propuesto es útil para asisitr el manejo de sistemas fluviales debido al efecto combinado del cambio climático y actividades antrópicas”, concluye Montserrat.
https://www.mch.cl/2021/09/20/investigadores-de-la-universidad-de-chile-publican-estudio-sobre-modelacion-de-contaminantes-en-rios-afectados-por-drenaje-acido/

Chile

Tribunal Ambiental deja en estudio solicitud de levantamiento de medida cautelar que afecta a minera Cerro Colorado

El demandante solicita al tribunal la detención definitiva de toda la extracción de agua desde el acuífero para la operación de la faena, así como el desmantelamiento de obras asociadas.
15/09/2021
Minería Chilena
En estudio quedó la solicitud de minera Cerro Colorado de alzamiento de la medida cautelar dictada por el Primer Tribunal Ambiental que le prohíbe la extracción de agua del acuífero de Lagunillas.

La decisión, adoptada por los ministros Mauricio Oviedo, Cristián López y Juan Opazo, se tomó luego de la audiencia efectuada, por la petición de la empresa de dejar sin efecto la determinación adoptada el pasado 19 de agosto por el tribunal.

Recordemos que dicha medida se decretó en el contexto de la demanda interpuesta por Luis Jara Alarcón copropietario de la Estancia de Cancosa y la solicitud realizada por el eventual daño ambiental que la minera, propiedad de BHP, ha provocado en el sector.
Argumentos de las partes

En la audiencia, tanto el abogado de la empresa como el del demandante expusieron sus argumentos ante la sala del organismo colegiado. Comenzó sus alegatos el abogado demandante Ladislao Quevedo, quien solicitó mantener la medida tal como fue decretada “por los antecedentes graves y serios que acreditan la casi destrucción total del acuífero Lagunillas que alimenta al bofedal Lagunillas y a la laguna Huantija, la que se sostiene hoy día con la propia agua que se saca del bofedal” dijo.

El abogado Quevedo aseguró que “cada vez que se continúa extrayendo agua la recuperación del acuífero se proyecta para después del año 2100, lo que es contrario a los principios del derecho ambiental, la Constitución y la Ley”.

Otro punto planteado por abogado demandante tuvo relación con los antecedentes presentados por la empresa en la nueva evaluación de impacto ambiental que está llevando a cabo el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), y que tienen relación con la falta de control de los acuíferos del humedal Lagunillas y la laguna Huantija. “En los informes aparece que la última medición fue el año 2018”, dijo Quevedo, además, de enfatizar que “a la minera no le interesa evaluar lo que allí está ocurriendo”.

“Se han omitido los monitoreos exigidos por la autoridad” por lo que los estudios presentados no tendrían una base –dijo- y explicó que se trata de “un acuífero que alimenta un bofedal alto andino, bienes muy escasos de alto endemismo de flora y fauna y todos nos vemos afectados por su daño”.

También, el abogado cuestionó que la minera esté extrayendo agua en el sector de la mina, porque aseguró que se trata de una “extracción indebida” que no ha sido evaluada ambientalmente.

En tanto, el litigante de la empresa, José Luis Fuenzalida, refutó los antecedentes entregados por Quevedo y aseguró que “no se está en presencia de la irreparabilidad del acuífero” y cuestionó los intereses del demandante y su legitimación activa para demandar ya que “no tiene derechos de agua en Lagunillas”, argumentó Fuenzalida.

También, el abogado detalló que “la operación del campo de pozos no ha superado, ni proyecta superar los descensos máximos previstos” y que la obligación de la empresa es volver a la recuperación del acuífero a los niveles de la condición base, “lo que se proyecta antes del 2050”, aseguró.

Además, el abogado de la empresa acusó al demandante de “hostigamiento judicial e instrumentalización de los tribunales de justicia” y aseguró que “no tiene presencia material en el entorno”, por lo que no tiene legitimación activa y aseguró que los títulos inscritos están judicializados y transferidos. Además, de asegurar que la posesión ancestral está en manos de la comunidad Aymara de Cancosa.

Fuenzalida asegura que el demandante no tiene interés ambiental y dio a conocer diversas acciones judiciales interpuestas por Luis Jara. “En los últimos años ha deducido más de 20 acciones, ente judiciales y administrativas, con el único propósito que la operación de Cerro Colorado se haga derechamente imposible, excesivamente gravosa con miras a mejorar su posición de negociación, con pretensiones indemnizatorias del orden de más de 32 millones de dólares”, recalcó Fuenzalida.

Ahora el tribunal estudiará los antecedentes entregados por ambas partes antes de tomar la decisión de levantar la medida cautelar o bien modificarla por otra que atienda a la protección del acuífero y su bofedal.
Medida Cautelar

La medida cautelar, tal como se encuentra decretada hasta ahora, rige desde el 01 de octubre y tiene como fin impedir los efectos negativos de los actos o conductas sometidas a su conocimiento y se fundamenta en el fallo que ya fue dictado por el Segundo Tribunal Ambiental en 2019 a través del cual se anuló parcialmente la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto “Continuidad Operacional Cerro Colorado”, lo que posteriormente fue ratificado por la Corte Suprema.

“Se acoge la solicitud de medida cautelar consistente en la paralización de la extracción de agua subterránea desde el acuífero Lagunillas, desde los Pozos P1, P2, P3 y P4, destinada a la operación de la faena minera Cerro Colorado, por el término de 90 días, con excepción de la extracción de 10 litros por segundo autorizada para la ejecución del Sistema de Riego Artificial (SRA)”, dictaminaron los ministros en su oportunidad.
Acción judicial

La acción judicial fue interpuesta por Luis Jara Alarcón, copropietario de la Estancia de Cancosa y se basa en el daño ambiental que la empresa habría provocado por la extracción de agua del acuífero de Lagunillas, lo que ha provocado un deterioro al sistema Lagunar y al bofedal del mismo nombre del acuífero.

El demandante solicita al tribunal la detención definitiva de toda la extracción de agua desde el acuífero para la operación de la faena, así como el desmantelamiento de obras asociadas; la elaboración, evaluación e implementación de un proyecto de suministro hídrico artificial al acuífero; y la reposición, reparación y restauración integral de todos los recursos biológicos y demás condiciones abióticas preexistentes en el ecosistema dañado.
Daño ambiental

Luis Jara asegura que el daño ambiental es una consecuencia del actuar “ilegal y culpable” de la compañía por la ausencia de una autorización ambiental para extraer aguas del acuífero. “La RCA (Resolución de Calificación Ambiental) 69/2015 fue anulada en consideración a que las medidas ambientales propuestas por el titular no eran apropiadas para hacerse cargo de los impactos ambientales sobre el recurso hídrico del proyecto”, dice el escrito.

Sumado a lo anterior, el demandante aduce que se realizan extracciones de agua sin contar con los derechos de aprovechamiento. “Así, sumado a la falta de permiso ambiental, CMCC (Compañía Minera Cerró Colorado) careció también del permiso sectorial consistente en el derecho de aprovechamiento de aguas legalmente otorgado por la DGA que la habilite para las extracciones referidas, lo que constituye otro presupuesto para presumir su responsabilidad ambiental por infracción a los artículos 6 y siguientes del Título I del Código de Aguas”.
Incumplimientos

Otros de los incumplimientos de los que se acusa a la minera tienen relación a las medidas de riego artificial necesarias para la mantención del humedal.

Seguido de un retardo negligente en el proceso de evaluación ambiental de las nuevas medidas que debe proponer la empresa para hacerse cargo de los efectos ambientales del nuevo proyecto en el acuífero Lagunillas. Se acusa a la minera de daño continuo, permanente, irreversible y significativo.
https://www.mch.cl/2021/09/15/tribunal-ambiental-deja-en-estudio-solicitud-de-levantamiento-de-medida-cautelar-que-afecta-a-minera-cerro-colorado/

Chile

Justicia estadounidense falla contra SQM y ordena pago de US$ 48 millones por caso de contaminación que viene de la década de 1930

09/09/2021
Un vuelco dio cuenta este miércoles SQM en uno de los juicios que enfrenta la minera. Un jurado del Tribunal de Distrito en la ciudad de Los Ángeles, Estados Unidos, emitió un veredicto contra SQM North America, filial de SQM NA, por US$ 48,1 millones en un caso iniciado el año 2010 por la ciudad de Pomona, Estado de California, en el que busca la reparación por supuestos daños por contaminación por el uso de fertilizante entre 1930 y 1940.

Según informó en un hecho esencial a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) el gerente general de la minera, Ricardo Ramos, el veredicto no es final y está sujeto a recursos o mociones que SQM NA y la parte demandante puedan presentar en los próximos días, así como a recursos de apelación que se pueden presentar en la Corte de Apelaciones del IX Distrito.

“SQM NA tiene la intención de ejercer enérgicamente sus derechos para impugnar el veredicto ante el Tribunal del Distrito y la Corte de Apelaciones”, aseguró Ramos en el escrito. Y, además, señaló que a esta fecha no es posible determinar los efectos financieros que esto pudiese tener sobre los activos, pasivos o resultados de la firma.

De acuerdo a lo detallado en un análisis razonado de la compañía, la demandante reclama el pago de gastos y otros valores relacionados con el tratamiento de aguas subterráneas para permitir su consumo previa extracción del perclorato existente entre ellas y que supuestamente provendría de fertilizantes chilenos. Esto, por un monto de US$ 36 millones.
https://www.mineriachile.cl/2021/09/09/justicia-estadounidense-falla-contra-sqm-y-ordena-pago-de-us-48-millones-por-caso-de-contaminacion-que-viene-de-la-decada-de-1930/

Chile

15 empresas mineras analizaron su huella de carbono

Martín Cabello 14/09/2021
reporte minero
Desde GIZ explicaron que con estos resultados las empresas podrán identificar los procesos que más energía consumen, pudiendo enfocar sus esfuerzos en sus planes de gestión energética.
Como parte del proyecto “Eficiencia Energética en Minería” de la GIZ se formó la Red de Eficiencia Energética y Reducción de Emisiones en la Minería, espacio que reúne a 15 empresas de la pequeña, mediana y gran minería del país, con el objetivo de generar una discusión técnica a través del intercambio de experiencias, casos de éxito y recibir asesorías especializadas.

Ante este escenario y luego de seis meses de trabajo, se realizó un estudio que analizó las emisiones de gases de efecto invernadero en los distintos procesos productivos de las empresas que componen esta red. Lo anterior, con el fin de tener una línea base de emisiones por procesos, para impulsar su gestión y búsqueda de oportunidades de reducción.

“Para llevar adelante las metas de descarbonización necesitamos minerales como el cobre y el litio, por lo que el desafío del sector minero está en atender esta demanda con una huella de carbono cada vez más reducida a mercados con altas exigencias en las emisiones, como el europeo”, explicó Rodrigo Vásquez, asesor del programa GIZ.

Huella de carbono
Considerando los diversos procesos en las faenas mineras, se determinó un promedio general de consumos de energía en la minería metálica y no-metálica. Esto implica que, por ejemplo, la producción de cátodos de cobre consume en promedio 10,7 MWh por tonelada, el concentrado de cobre 9,4 MWh por tonelada, el nitrato e hidróxido de litio 11,9 MWh por tonelada; siendo los productos más intensivos en el consumo de energéticos.

Además, las empresas participantes en el estudio en su conjunto poseen una huella de carbono (Alcance 1 y 2) de 2,86 millones de toneladas de CO2eq, en la que el concentrado de cobre equivale al 59% y cátodos de cobre al 9%.

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“Con estos resultados las empresas podrán identificar los procesos que más energía consumen, pudiendo enfocar sus esfuerzos en sus planes de gestión energética. Además, como la minería tiende a la electrificación, el cambio de suministro eléctrico de fósil hacia alternativas renovables implicará una reducción importante en el nivel de emisiones de la industria”, detalló Rodrigo Vásquez de GIZ.

Cabe señalar que las 15 empresas que forman parte de la red son: Antofagasta Minerals, Anglo American Chile, Cemin Holding Minero, Codelco, Compañía Minera Cerro Negro, Lundin Mining Distrito Minero Candelaria, ENAMI, KGHM CHILE, Minera Cruz, Minera Rafaela, Minera San Pedro, Minera Tres Valles, PUCOBRE, SQM y Teck Resources Chile.
https://www.reporteminero.cl/noticia/noticias/2021/09/empresas-eficiencia-energetica-mineria-huella-carbono

Chile

El impacto que tendría en la actividad minera la declaración de Zona Saturada de Copiapó y Tierra Amarilla

Sonami advierte que el material particulado que genera la pequeña y mediana minería es menor, debido a que se tratan principalmente de faenas subterráneas.

10/09/2021
Minería Chilena
A raíz del reciente anuncio que realizó la ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt, sobre la declaración de Zona Saturada a Copiapó y Tierra Amarilla, conversamos con el gerente de Medio Ambiente de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami), Carlos Gajardo, acerca del impacto que podría causar esta decisión en la pequeña y mediana minería.

La visión del seremi de Minería de Antofagasta respecto a los desafíos de la industria

Cabe destacar que tras la declaración realizada por el Gobierno, se procede a la elaboración de un Plan de Descontaminación en las zonas mencionadas, donde se definirán e implementarán medidas y acciones específicas para reducir las emisiones en la zona, con el fin de recuperar los niveles señalados en las normas primarias de Material Particulado respirable MP10.

En los próximos días deberá ser publicado en el Diario Oficial el decreto supremo que declara zona saturada, con lo que el Ministerio del Medio Ambiente tendrá un plazo de 90 días para emitir la resolución de inicio de elaboración del Anteproyecto del Plan de Descontaminación respectivo.

A raíz de que el gobierno declaró Zona Saturada a Copiapó y Tierra Amarilla, ¿cómo Sonami recibe esta noticia?
Tanto la Sociedad Nacional de Minería como las empresas de pequeña, mediana y gran minería, tienen una alta preocupación por el medio ambiente y el desarrollo sustentable. Entendemos la preocupación de la comunidad y de las autoridades ambientales así como la aplicación por estas últimas medidas y la aplicación de estas últimas medidas preventivas a través de Planes de Descontaminación. Las mismas afectadas, así como los futuros proyectos mineros adoptarán las acciones pertinentes para cumplir con dichas exigencias.

En lo inmediato, ¿cuál es el impacto y en el mediano plazo, cuáles las implicancias de esta medida para la pequeña y mediana minería de la zona?
La pequeña minería es fuerte en la Región de Atacama y trabaja casi totalmente en minería subterránea, por lo que su impacto en los niveles de material particulado es despreciable. Algo similar ocurre con la mediana minería, donde las principales empresas tienen explotación subterránea, incluso con planta de chancado primario interior mina, y en las plantas de beneficio ya se están tomando las medidas para controlar la emisión de material particulado.

¿Qué recomendaría a estas empresas mineras en este escenario, y/o cuando se comience a aplicar el Plan de Descontaminación en dichas comunas?
Las empresas mineras ya están haciendo los esfuerzos para controlar la emisión de material particulado y no dudamos en que, en forma proactiva como ha sido su gestión, continuarán realizando los esfuerzos para seguir mejorando la calidad del medioambiente y cumplir la normativa correspondiente.
https://www.mch.cl/2021/09/10/el-impacto-que-tendria-en-la-actividad-minera-la-declaracion-de-zona-saturada-de-copiapo-y-tierra-amarilla/

Chile

En estudio quedó reclamación por aprobación ambiental de proyecto minero Playa Verde de Chañaral

Esta reclamación, presentada por un vecino de la comuna, tiene relación con un proyecto que pretende recuperar mineral de las arenas de la playa grande de la ciudad y que fue aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental.
Negocios e industria
13/09/2021
Minería Chilena
Luego de escuchar los alegatos en contra y a favor de la calificación ambiental favorable del proyecto minero “Playa Verde” de Chañaral, los ministros del Primer Tribunal Ambiental decidieron dejar la causa “en estudio”, a fin de recabar mayores antecedentes antes de determinar si se acoge o rechaza la reclamación presentada.

Esta reclamación, presentada por el vecino de la comuna de Chañaral, Manuel Cortés Alfaro, tiene relación con un proyecto que pretende recuperar mineral de las arenas de la playa grande de la ciudad y que fue aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

Sin embargo, para el reclamante, el SEA a la hora de calificar ambientalmente favorable el proyecto no consideró todos los impactos ambientales que podría generar, ni las observaciones ciudadanas planteadas durante el proceso.
Argumentos de las partes

En la audiencia, los ministros Mauricio Oviedo (presidente), Fabrizio Queirolo y Juan Opazo, escucharon los alegatos de la abogada reclamante Gabriela Burdiles Perucci, y de la litigante del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), quienes entregaron sus fundamentos respecto a la determinación del Comité de Ministros en orden a retrotraer la evaluación del proyecto y a las controversias por la no consideración de observaciones ciudadanas respecto a la falta de antecedentes sobre afectaciones que podrían generar las faenas al medio marino, su cercanía con el Parque Nacional Pan de Azúcar y en especial, con el sitio prioritario Quebrada de Peralillo.

Para la abogada Burdiles lo primero que se debe considerar es el contexto y lugar donde se quiere localizar el proyecto “a 3 kilómetros del centro de Chañaral en una de las zonas posiblemente más impactadas social y ambientalmente en la historia de Chile, en un lugar donde se han depositado alrededor de 350 millones de toneladas de residuos de relaves mineros a partir del año ´30”.

Sobre las controversias, la abogada Burdiles se refirió en primer lugar a las observaciones ciudadanas y explicó que se formularon 11 en la reclamación administrativa, de las cuales no hubo una consideración debida. “La información que se ordena incorporar es muy relevante y no puede ser subsanada a través de nuevas rectificaciones, explicaciones, respecto a información que ya existe en el proceso”, argumentó Gabriela Burdiles.

Lo anterior, porque las observaciones tienen que ver con la falta de antecedentes en los posibles efectos en el riesgo a la población local por el depósito de relaves después de un procedimiento metalúrgico; la falta de antecedentes que permitan descartar efectos del dragado en el acuífero y la incorporación del medio marino que no se incorpora en el área de influencia, ni en la línea base y, por último, la existencia de un sitio prioritario de conservación y su valor ambiental. “Lo que se constata es que hay una falta de información relevante y esencial”, afirmó la litigante.

Uno de los fundamentos que tienen relación con la línea base es la observación efectuada por Conaf, organismo que durante la evaluación del proyecto se manifiesta por la exclusión del medio marino.

En tanto, la abogada del SEA, Estefani Sáez Cuevas, explicó que la reclamación administrativa que se impugnó fue acogida parcialmente por el Comité de Ministros ya que se estableció que las observaciones ciudadanas relativas al impacto sobre la salud de la población, componente hídrico, posible impacto al medio marino y la existencia de un sitio prioritario no habrían sido debidamente consideradas.

Sin embargo, a pesar de que la abogada Sáez asegura que dicho comité determinó la existencia de vicios en la evaluación ambiental, asegura que sus amplias facultades dan pie a que pueda solicitar nuevos antecedentes a través de una adenda.

“Si uno revisa las observaciones ciudadanas respecto a las cuales se reclamó su indebida consideración, no existe ninguna referencia a que el EIA carezca de información relevante o esencial o tampoco existen solicitudes de un término anticipado de evaluación”, enfatiza la litigante del SEA.

También, Sáez Cuevas indica que no se verificaron requisitos para poner término anticipado al proyecto por falta de información relevante o esencial y que no cabe rechazar el proyecto.

Además, se refirió al fondo de la controversia, particularmente en lo referido a los impactos ambientales y asegura que pueden ser subsanados a través de la entrega que debe efectuar la empresa, de nueva información.
Playa Verde

Es un proyecto que se emplazará en la comuna de Chañaral, Región de Atacama, aproximadamente a 3 kilómetros del centro de la ciudad.

La planta metalúrgica se proyecta al Este de playa grande, a 2,5 kilómetros al norte de Chañaral, cercana a la ruta que conecta Chañaral con el Parque Nacional Pan de Azúcar, a 923 metros del Sitio Prioritario Quebrada de Peralillo y a 10 kilómetros del parque.

Tiene como objeto producir cobre fino y contempla tres fases: construcción, operación y cierre.
https://www.mch.cl/2021/09/13/en-estudio-quedo-reclamacion-por-aprobacion-ambiental-de-proyecto-minero-playa-verde-de-chanaral/

Chile

Científicos chilenos publican en revista Science dura crítica por aprobación de Dominga:

“O continuamos hipotecando nuestra biodiversidad o nos adaptamos hacia un futuro más verde”
El Mostrador 11/09/2021
Un grupo de catorce expertos firmó la carta donde critican la decisión de la Comisión Ambiental de Coquimbo del pasado 11 de agosto, de aprobar el proyecto minero-portuario Dominga. En la misiva enfatizan los impactos enormes e irreversibles que tendría la realización de la mina en la comuna de Higuera. Además hicieron una dura crítica a las políticas medioambientales vigentes que han demostrado tener consecuencias en la biodiversidad y en las comunidades.

El 11 de agosto de este año la Comisión Ambiental de Coquimbo aprobó el polémico proyecto minero-portuario Dominga de la empresa Andes Iron y distintas organizaciones y grupos científicos han mostrado su descontento ante el fallo. Entre ellos, un grupo de catorce expertos en zoología, gestión de recursos naturales y biología marina publicaron una carta en la destacada revista estadounidense Science, criticando la decisión de la comisión y las políticas ambientales que existen actualmente.

La carta se centra en el impacto que tendría el proyecto en el ecosistema del archipiélago de Humboldt, donde enfatizan que la realización de Dominga “causará impactos enormes e irreversibles tanto en tierra como en el mar a un ecosistema reconocido globalmente como un ‘hope spot’ de biodiversidad».

Además detallan que hay alrededor de 25 especies de aves marinas que se alimentan en el archipiélago, que hay mamíferos marinos como el chungungo y el delfín nariz de botella y 11 especies de cetáceos.

“La infraestructura portuaria, el riesgo de derrames de petróleo, la contaminación acústica y lumínica y el aumento del tránsito marítimo amenazará directamente a las aves marinas y a los cetáceos”, detalla la misiva.

Los científicos añaden que “la mina también comprometerá el hábitat de especies de cactus que se encuentran en peligro y poblaciones de aves, reptiles, escorpiones e insectos”.
Políticas extractivistas

Otro aspecto que recalcan los autores de la carta son las políticas medioambientales que existen actualmente en el país y plantean que Chile debería hacer un cambio en acciones para mitigar el cambio climático, debido a las alarmas que han expresado científicos e informes internacionales sobre el calentamiento global.

“Las políticas extractivistas en Chile tienen una larga historia a pesar de las evidentes consecuencias desastrosas para el medio ambiente, las comunidades y los derechos humanos. En línea con el sexto informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) para mitigar el cambio climático, Chile debería implementar políticas medioambientales más limpias y socioeconómicas que permitan preservar la riqueza y la composición de especies del ecosistema del archipiélago de Humboldt”.

Finalmente, los autores manifestaron: “O continuamos en la senda del extractivismo, hipotecando nuestra biodiversidad o nos adaptamos hacia un futuro más verde, promoviendo una economía sustentable que balancee el progreso con la imperiosa necesidad de justicia ambiental.

Los autores que firmaron la carta son Mauricio A. Urbina, Pablo C. Guerrero, Viviane Jerez, Fulgencio Lisón, Guillermo Luna-Jorquera, Camilo Matus-Olivares, Juan C. Ortiz, Guido Pavez, María J. Pérez-Alvarez, Ramiro Riquelme-Bugueño, Macarena Santos-Carvallo, Maritza Sepúlveda, Pedro F. Victoriano y Daniel Gomez-Uchida.

Son parte el Departamento de Zoología y al Departamento de Botánica, de la Universidad de Concepción, al Núcleo Milenio Salmónidos Invasores, Núcleo Milenio Ecología Manejo Sustentable Islas Oceánicas de la Universidad Católica del Norte, Departamento de Ciencias Forestales y Medioambiente de la Universidad de La Frontera, el Centro de Investigación y Gestión de Recursos Naturales de la Universidad de Valparaíso, Centro de Investigación Eutropia y la Escuela de Medicina Veterinaria de la Universidad Mayor.
https://www.elmostrador.cl/cultura/2021/09/11/cientificos-chilenos-publican-en-revista-science-dura-critica-por-aprobacion-de-dominga-o-continuamos-hipotecando-nuestra-biodiversidad-o-nos-adaptamos-hacia-un-futuro-mas-verde/

Chile

La batalla por Dominga sigue librándose en tribunales: INDH presenta informe en derecho a la Corte Suprema

por El Mostrador 07/09/2021
La batalla por Dominga sigue librándose en tribunales: INDH presenta informe en derecho a la Corte Suprema

Crédito: ATON
Pese a que la Comisión de Evaluación Ambiental de Coquimbo calificó favorablemente el proyecto, en agosto pasado, en un vuelco que motivó duras críticas del mundo político y ambientalista, la iniciativa sigue su curso en la justicia. Existen 5 recursos de casación de las comunidades, que se encuentran en fase de admisibilidad, y en ese contexto el INDH elaboró un informe en derecho o Amicus Curiae, el cual se enfoca en los alcances del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y los deberes del Estado relativos a dicha obligación; Empresas y Derechos Humanos; Consulta indígena y Estándares sobre tierras y territorios indígenas.

La batalla en tribunales por el Proyecto Minero Portuario Dominga sumó una nueva arista luego que el Consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) decidiera entregar un informe en derecho, Amicus Curiae, ante la Corte Suprema, en la causa sobre recursos de casaciones en el polémico proyecto de la empresa Andes Iron, controlada por la familia Délano.

Para el INDH existen varios aspectos de protección a los derechos humanos involucrados en esta decisión, no solo la conservación del medio ambiente. La presentación del escrito Amicus Curiae busca entregar la opinión jurídica del Instituto Nacional de Derechos Humanos sobre la causa, para que el máximo tribunal lo considere en su resolución, en caso de que los considere pertinentes, señala el organismo.

«La presentación tiene por objetivo ilustrar los alcances del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y los deberes del Estado relativos a dicha obligación; Empresas y DDHH; consulta indígena y los estándares sobre tierras y territorios indígenas, para que este Excelentísimo Tribunal lo considere en su resolución», expresa el documento.

Por ejemplo, en cuanto al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, el escrito del INDH recuerda la misma jurisprudencia sentada por la Corte Suprema, en fallos donde plantea que es “un derecho que no tiene una naturaleza meramente individual, sino también colectiva, debiendo incluso considerarse las afectaciones a las generaciones futuras”.

Además, el documento precisa que “en materia medio ambiental no solo es importante el rol del Estado y las empresas de su propiedad, sino también el que juegan actores no estatales, como las empresas privadas”, pero advierte que “una deficiente evaluación ambiental, eventualmente generará lagunas en el acto regulatorio –en este caso la RCA–, lo que a su vez repercutirá en la inobservancia de los derechos humanos de las comunidades aledañas, presentes en el área de influencia”.

Y en materia de consulta indígena, el informe plantea que «corresponde al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional, no obstante la plena vigencia del derecho de consulta, establecer mecanismos institucionalizados que permitan garantizar un procedimiento adecuado que dé plena certeza a los pueblos concernidos bajo los principios desarrollados por el derecho internacional de derechos humanos. Estos procedimientos deben ser establecidos previa consulta con los pueblos indígenas, disponiéndose de un clima adecuado que genere confianzas entre los interlocutores».

Dominga, de Andes Iron SpA, es un proyecto minero valorado en US$2.500 millones, diseñado para producir hierro y secundariamente concentrado de cobre, el que que ingresó a evaluarse ambientalmente el 13 de septiembre de 2013 bajo el formato de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Sus obras o acciones se encuentran proyectadas en las comunas de La Higuera, La Serena y Coquimbo.

Su Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) ha sido compleja, con aprobaciones y rechazos. En agosto pasado, en nueva votación, la Comisión de Evaluación Ambiental de Coquimbo calificó favorablemente el proyecto, en un vuelco que motivó duras críticas del mundo político y ambientalista.

En este contexto, existen cinco recursos de casación de las comunidades y que se encuentra en fase de admisibilidad. Es en esta causa en la que el INDH presenta su informe en derecho o Amicus Curiae.
Compleja tramitación

El año 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo calificó desfavorablemente el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto minero Dominga. Frente a esta decisión, la empresa Andes Iron SpA recurrió al Comité de Ministros.

El Comité de Ministros –integrado por los ministros de Minería, Agricultura, Energía, Economía, Salud y presidido por Medio Ambiente–, revisó las reclamaciones al proyecto, resolviendo rechazar la del titular –la empresa Andes Iron–, y acoger parcialmente los recursos de reclamación de participación ciudadana, por considerar que las medidas de mitigación, compensación y reparación no son apropiadas para hacerse cargo de los impactos significativos del proyecto.

En diciembre de ese mismo año, Andes Iron SpA entabla un recurso de reclamación ante el Primer Tribunal Ambiental, alegando que el rechazo de Dominga habría sido ilegal.

Luego, en abril de 2021, el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta resolvió acoger la reclamación judicial interpuesta por la empresa Andes Iron en contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por el rechazo del proyecto minero Dominga (R-1-2017).

La sentencia anuló la resolución del Comité de Ministros y de la Comisión de Evaluación Ambiental (Coeva) de la Región de Coquimbo, que calificó de manera desfavorable el Estudio de Impacto Ambiental, EIA, del proyecto y ordenó retrotraerlo a la etapa de votación. Sin embargo, el miércoles 11 de agosto de 2021, en una nueva votación, la Coeva calificó favorablemente, por 11 votos a favor y 1 en contra, el proyecto.

Revisa el informe en derecho aquí: https://media.elmostrador.cl/2021/09/Amicus-Curiae-INDH_Proyecto-Minero-Portuario-Dominga.pdf