Colombia

Consejo de Estado ‘tumbó’ consulta antiminera en Íquira, Huila

El Consejo de Estado sepultó definitivamente la consulta popular antiminera liderada por la propia comunidad en el Huila. La primera fue en Cumarales (Meta). La iniciativa ciudadana generó choque de trenes. La multinacional Telpico con carta blanca para la exploración del bloque VSM-22 suspendido por el movimiento ciudadano.

El Consejo de Estado ‘tumbó’ la primera consulta popular, contra exploración petrolera en el municipio de Íquira, en el occidente del Huila.

La iniciativa ciudadana, promovida por la propia ciudadanía desde el 2016, se oponía radicalmente al desarrollo del bloque de perforación exploratoria VSM-22 adjudicado hace siete años a la multinacional Telpico.

La consulta a punto de convocarse quedó definitivamente sepultada por el alto tribunal que rectificó su propia jurisprudencia y dio un sustancial viraje en el conflicto por las competencias concurrentes en materia de exploración de los recursos naturales no renovables.

En realidad, la Sección Quinta, revocó una tutela proferida el 15 agosto de 2018 por la Sección Cuarta que respaldaba la competencia de los entes territoriales para restringir la minería de alto impacto.

Con ponencia del magistrado huilense Alberto Yepes Barreiro, la corporación judicial respaldó la tesis de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y en consecuencia dejó sin efectos, una sentencia proferida hace un año por el Tribunal Administrativo del Huila que avaló finalmente la consulta popular.

La entidad estatal entuteló al Tribunal opita por violación al debido proceso. La tutela fue rechazada inicialmente por la Sección Cuarta según providencia expedida el 15 de agosto de 2018, lo que desató un ‘choque de trenes”.

En su criterio, las consultas populares son factibles en virtud del derecho a la participación ciudadana y en materia minero-energética. Igualmente, reiteró que las autoridades nacionales y territoriales tienen competencias compartidas lo que exige coordinación. “Si no se logra o no es posible una concertación prima la competencia de las autoridades territoriales en virtud del principio de subsidiariedad por ser la instancia más cercana al ciudadano”, señaló.

“Los municipios, en ejercicio de sus competencias y con el fin de garantizar la protección de su medio ambiente y regular los usos del suelo, pueden prohibir las actividades minero-energéticas en su jurisdicción”, recalcó. Igualmente estimó que el Tribunal Administrativo del Huila realizó un estudio adecuado de forma y fondo del mecanismo de participación ciudadana.

“Al determinar que la pregunta era confusa, la adecuó para que su contenido no fuera sugestivo y brindara claridad al ciudadano, lo que no desbordó en forma alguna su competencia en cuanto no cambió el sentido del cuestionamiento ni agregó asuntos que no fueron aprobados por el Concejo de Íquira”, expresó la sentencia de la Sección Cuarta del Consejo de Estado.

Choque de trenes

La posición de este sector del Consejo de Estado, fue impugnada por la entidad estatal argumentando que esas conclusiones eran una tergiversación de la sentencia de constitucionalidad.

En su sentir, la Corte Constitucional “nunca pretendió excluir de tajo las competencias de la nación sobre la actividad minera en favor de la autoridad territorial ni mucho menos otorgarle patente de corso a las autoridades territoriales para ejercer un poder absoluto de veto a la actividad minera a través de sus facultades de ordenación del suelo”.

“De llevarse a cabio la consulta popular en Íquira se estaría incurriendo en una grave alteración de los intereses litigiosos de la Nación ya que el aval desconocía los precedentes jurisprudenciales.

En este caso sostuvo que se pretermitió la jurisprudencia establecida por la Corte Constitucional sobre la necesidad de la concertación entre el territorio y la Nación en materia de exploración de recursos naturales (sentencia C-123 de 2014).

Señaló que la autoridad judicial violó el orden jurídico y las competencias asignadas con la reformulación unilateral de la pregunta proyectada en el marco de la consulta popular.

Además, consideró que debió vincular en el trámite de la iniciativa ciudadana al Ministerio de Minas y a la Agencia Nacional de Hidrocarburos.

En su criterio, el Tribunal no examinó el impacto fiscal que generaría la consulta popular, uno de los principales argumentos que originó el viraje constitucional.

Viraje radical

De hecho, la Sección Quinta, al resolver la impugnación, rectificó la posición de sus homólogos y cambió el criterio frente a las consultas antimineras.

En primer lugar, precisó que las consultas populares tienen límites. Las actividades relacionadas con la exploración y explotación de los recursos naturales no renovables  no son competencia únicamente del nivel central (Nación) ni del descentralizado territorialmente /departamentos y municipios) ni de la ciudadanía.

Por las implicaciones que tiene en la práctica compete a todos los niveles.

“La propiedad, planificación, aprovechamiento y explotación de los recursos naturales no renovables radica en el Estado. Sin embargo, las facultades no están exclusivamente en cabeza de las entidades del orden central con competencias sobre el particular si no que se ejercen de forma conjunta con las demás entidades y organismos competentes en el asunto”, anotó el magistrado Yepes.

“Es bajo esta perspectiva que cobra vital importancia el desarrollo jurisprudencial que se ha dado al conflicto entre las competencias asignadas a las autoridades nacionales y territoriales cuando se trata de la extracción de recursos naturales no renovables, planificación, ordenamiento territorial, usos del suelo y protección del medio ambiente”.

En esta materia, agregó- por ser una actividad multidimensional, es claro que las competencias están distribuidas tanto en el nivel central como territorial, por ello, en el trámite deben intervenir, los dos niveles de administración con la participación de las personas que puedan ver afectado su derecho a disfrutar de un ambiente sano, todo en el marco de los principios de concurrencia, coordinación y subsidiariedad.

“Por lo tanto, no resulta posible que la planeación, aprovechamiento, exploración o explotación de recursos naturales no renovables sea un asunto susceptible de ser sometido a una consulta popular del orden municipal , sin que para tal efecto haya participado la Nación en observancia de los principios de autonomía territorial, concurrencia y coordinación”, subrayó Yepes Barreiro.

En otras palabras, “al ser la laye la que determina la forma en que el Estado (nivel central y territorial) interviene en la explotación de los recursos naturales no renovables y al encontrarse la autonomía de los entes territoriales claramente demarcada por lo que ella fije, es claro que dicho aspecto no es de resorte exclusivo del municipios, distritos y/o departamentos, razón por la cual, ambos niveles deben participar a efectos de adoptar las decisiones”.

En ese orden de ideas, concluyó que la consulta popular no resulta ser el medio idóneo para garantizar la participación de la Nación, el nivel territorial y la ciudadanía, en la toma de decisiones sobre la exploración y explotación de recursos naturales no renovables, en la medida en que excluye de tajo la participación de la corporaciones autónomas Cars y del centro central que tienen competencias en materia ambiental y otras como el Ministerio de Minas, la Agencia Nacional de Hidrocarburos, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales y la Unidad de Planeación Energético-Mineras, entre otras.

La revocatoria

El Consejo de Estado afirmó que la decisión del Tribunal opita desconoció la doctrina de la Corte Constitucional con carácter vinculante y obligatorio por su jerarquía. Aunque realizó el control previo, no efectuó en su criterio, la revisión integral.

“Aunque los ciudadanos puedes participar en las decisiones que llegaren a afectar su derecho a disfrutar de un ambiente sano, y  los municipios tienen la competencia para regular los usos del suelo y a proteger el medio ambiente, estas prerrogativas, no pueden desconocer las competencias que tienen las demás entidades del Estado en la explotación de los recursos naturales”, precisó.

En estas condiciones, el tribunal regional desconoció las normas constitucionales que consagran las competencias concurrentes de la Nación y los entes territoriales en esta materia.

Por lo tanto, subrayó que el procedimiento para realizar la consulta popular, no resultan razonables. Sopretexto del análisis de constitucionalidad, el Tribunal se arrogó una potestad que no le correspondía al reformular la pregunta que se sometería a consulta.

En estas condiciones, revocó la tutela proferida por la Sección Cuarta y dejó sin efectos, la sentencia que avaló la consulta popular de Íquira.

Además, le ordenó que en un término de 30 días, expida un nuevo fallo, dejando sin efectos el respaldo a la consulta popular, otorgado el 5 de diciembre de 2017.

“Las consultas populares sobre asuntos en los que se vea involucrado el uso del suelo en general de las entidades territoriales son legítimas y la competencia para regular el ordenamiento territorial recae en los mandatarios locales quienes, al igual que la comunidad, puedan ser promotores de iniciativas de participación ciudadana, como en el presente caso”, advirtió el magistrado Gerardo Iván Muñoz Hermida, quien avaló la iniciativa popular. Al revocarse la consulta, el retorno de Telpico queda planteado.

Engorroso trámite

La consulta popular no fue fácil. Los promotores, dirigentes cívicos y campesinos tuvieron que sortear múltiples obstáculos.

Finalmente el Concejo de Íquira, liderado por su presidente Alberto Findicué expidió el Acuerdo 007 de 2016 oponiéndose a la exploración petrolera.

La corporación declaró la inconveniencia de la concesión de la licencia ambiental para la exploración del suelo en la localidad. Además, en el mismo acto, solicitó a la Anla la revocatoria de la licencia y le pidió a la multinacional Telpico, dueña del proyecto, la suspensión de todas las actividades.

El alcalde Alberto Yustres Ramírez lo objetó inicialmente por ilegal. Las observaciones fueron rechazadas el 8 de julio de 2016 por diez de los once concejales.

El Tribunal Administrativo del Huila respaldó las objeciones formuladas por el alcalde y anuló el citado acuerdo.

El comité promotor inscribió la iniciativa el 18 de noviembre de 2016 ante la Registraduría Nacional del Estado Civil mientras paralelamente se tramitaba un acuerdo en el Concejo que objetó el alcalde y que finalmente invalidó el mismo tribunal.

El Consejo Nacional Electoral certificó el 12 de septiembre de 2017 el cumplimiento de los requisitos legales de la referida iniciativa y lo remitió al Concejo para que continuara con el proceso. El organismo refrendó las 1.725 firmas ciudadanas que la respaldan.

Luego el Concejo de Íquira  expidió el 30 de septiembre el Acuerdo No. 006  declarando la conveniencia de  la iniciativa ciudadana.

El alcalde Alberto Yustres Ramírez, remitió la documentación al Tribunal Administrativo del Huila para que el examen previo de constitucionalidad.

Finalmente la consulta fue avalada, pero no se ha convocado por falta de recursos. El Ministerio de Hacienda se negó a aportar los recursos.

¿Revivirá Telpico?

La multinacional petrolera Telpico con sede principal en Houston, Texas (Estados Unidos), podría retomar las labores de exploración, suspendidas por las acciones de la ciudadanía.

El proyecto petrolero fue adjudicado en el 2010. La multinacional se quedó  con tres proyectos, entre ellos, el  bloque de perforación exploratoria VSM-22, con influencia en los municipios Íquira, Yaguará y Teruel, en el occidente del Huila.

El bloque contempla el montaje de 15 plataformas multipozos en un área de cinco hectáreas, la perforación de unos 60 pozos (cuatro por cada plataforma), la construcción de vías y líneas de conducción con una extensión máxima de diez kilómetros.

La segunda fase, actualmente suspendida, incluye el montaje de las plataformas para iniciar la búsqueda de petróleo en con una superficie de 13.197 hectáreas (131,96  kilómetros cuadrados). Además de toda la infraestructura para la producción de crudo, en caso de resultar exitosa.

Fuente:https://www.lanacion.com.co/2018/12/11/consejo-de-estado-tumbo-consulta-antiminera-en-iquir/

Colombia

Tribunal de Cundinamarca suspende la concesión de títulos mineros

Al fallar a favor de una demanda presentada por el senador Iván Cepeda junto con representantes de diferentes organizaciones sociales, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó suspender los efectos de la resolución 484 del 2012, que había reabierto la ventanilla minera y permitido la concesión de títulos mineros en el país.

El fallo, con ponencia del magistrado Fredy Ibarra Martínez, protegió los derechos de los demandantes a un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, entre otros.
Según los demandantes, en el 2012 se reabrió la ventanilla minera que se había suspendido un año atrás, sin que estuviera claro el Catastro Minero Colombiano, ni una delimitación efectiva de las zonas protegidas, lo que pone en riesgo el medioambiente y los derechos de las poblaciones que habitan cerca de esos proyectos extactivos.

La demanda fue radicada en el 2013, y en ese recurso el senador Cepeda le solicitó al tribunal prorrogar indefinidamente la medida que había suspendido la radicación de solicitudes de concesión minera, excepto en los casos de legalización de minería tradicional.

El tribunal les da la razón a los demandantes, e indica que se debe suspender la ventanilla minera, por lo que la Agencia Nacional de Minería “no podrá recibir ni tramitar más solicitudes de títulos mineros hasta tanto se adopten las medidas necesarias y pertinentes”.

Aunque el fallo dice que la ventanilla minera queda suspendida de manera inmediata, el Ministerio de Minas y Energía asegura que la decisión no está en firme y que presentará un recurso de apelación que deberá ser resuelto por el Consejo de Estado.

Juristas consultados por EL TIEMPO aseguran que si el fallo es apelado, la decisión del Tribunal surtirá efectos solo cuando el Consejo de Estado la deje en firme.
El tribunal asegura que para poder reactivar la ventanilla minera, el Ministerio de Ambiente tendrá que culminar el proceso de zonificación y delimitación de todas las zonas y áreas de protección de recursos naturales en donde no habrá minería.
En ese sentido, el tribunal dice que no se podrán conceder más títulos mineros hasta que el Minambiente le remita a la Agencia Nacional de Minería la información sobre los polígonos de las áreas excluidas de minería, “información con la que dentro del término no superior a un mes contado desde su recibo deberá actualizar la información del Catastro Minero”.

El tribunal le da tres años al Gobierno para que, con estudios científicos y técnicos, delimite las zonas de reserva como humedales, páramos, parques naturales, aguas subterráneas y otras áreas de importancia geológica con base en la cartografía a escala 1:25.000.

También les da dos años al Ministerio de Minas y al de Ambiente para que verifiquen si los títulos existentes cumplen con la protección ambiental, con el fin de que “adopten medidas correctivas con la precisión de que en materia ambiental no hay derechos absolutos”.

Según el tribunal, aunque la explotación de recursos naturales cumple una función importante, pues permite sufragar el gasto social, también es cierto que la Corte Constitucional ha dicho que el ambiente constituye un interés superior que debe ser protegido.

En un comunicado de cuatro puntos, el Ministerio de Minas y Energía aseguró que la decisión del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca es un fallo de primera instancia.

En ese sentido, el Gobierno afirma que tanto el Ministerio de Minas como la Agencia Nacional de Minería “presentarán recursos de apelación que deben ser resueltos por el Consejo de Estado”.

En consecuencia, esta cartera asegura que el fallo del tribunal no tiene efectos por ahora, ya que falta una decisión final que deberá ser tomada por el Consejo de Estado.
“La ventanilla minera, a través de la cual se presentan las propuestas de contrato de concesión, seguirá en funcionamiento hasta que se conozca una nueva decisión en instancia judicial”, afirmó el Ministerio de Minas.

Fuente:https://www.eltiempo.com/economia/la-suspension-titulos-mineros-en-colombia-305522

Colombia

Las consultas populares vuelven a ser noticia en Colombia

En el municipio de San Lorenzo, Departamento de Nariño se realizó este 25 de noviembre la Consulta Popular Legítima contra la megaminería, pero también en favor de defender los bienes comunes como el agua y la tierra. Esta medida fue tomada por la comunidad campesina y en general, porque están trabajando por la vocación agrícola con enfoque agroecológico en este territorio del suroeste colombiano. El 98,46% de los votantes dijeron NO a la exploración y explotación minera en metales e hidrocarburos.

Los resultados de la consulta tuvieron una votación de 6.764 personas de los cuales 6.660 (98,46%) dijeron NO a la exploración y explotación minera en metales e hidrocarburos y el 0,78% votó por el SÍ. La actividad fue mandatada por el Territorio Campesino Agroalimentario del Macizo Norte de Nariño y Sur del Cauca (TCAM), siendo esta la figura territorial que el movimiento campesino y popular ha establecido legítimamente para llevar a cabo los planes de desarrollo de las comunidades, representado en el Comité por la protección del agua, la vida y el territorio del municipio de San Lorenzo.

Seguidamente, los alcances de esta consulta popular recoge al Consejo Municipal de San Lorenzo, quien se comprometió con la realización de esta actividad. Se deberá hacer un acuerdo para la protección del patrimonio ambiental y cultural del municipio. Asimismo, los candidatos a elecciones locales del próximo año deberán reconocer el resultado de la consulta popular dentro de sus planes de gobierno porque fue el constituyente primario quien decide qué hacer con el territorio.

Este nuevo logro de la participación directa del pueblo colombiano acerca de los bienes comunes y el territorio se presenta en el marco de un claro interés del gobierno nacional de recortar los recursos para los mecanismos de participación ciudadana, como son las consultas populares, avalados y orientados por la Constitución de 1991.

Fuente:https://noalamina.org/latinoamerica/colombia/item/42278-las-consultas-populares-vuelven-a-ser-noticia-en-colombia

Colombia

Fuerza Latina: Francia Márquez y su lucha contra la minería

Francia Márquez tuvo el valor de enfrentarse a la minería ilegal y a los impactos medioambientales que esta causaba en Colombia. En 2018 fue galardonada con el prestigioso Premio Goldman por su defensa del medio ambiente.

La líder afrodescendiente está amenazada de muerte. En Fuerza Latina nos cuenta cómo su lucha, a pesar de todo y junto con las mujeres de su comunidad, continúa. Tuvo el valor de enfrentarse a la minería ilegal y a los impactos medioambientales que esta causaba en Colombia. En 2018 fue galardonada con el prestigioso Premio Goldman.

Natalia Orozco conversa en Fuerza Latina con Francia Márquez, la tercera mujer colombiana a la que se le otorgó este premio ambiental, el reconocimiento más importante del mundo al trabajo comunitario de líderes ambientales que luchan por la defensa de sus territorios y sus actividades tradicionales. En 2014, la líder afrodescendiente organizó una marcha con otras 80 mujeres hasta Bogotá para luchar por sus derechos, logrando que el Gobierno colombiano devolviese las tierras a su comunidad y prohibiese la minería ilegal en La Toma y otras poblaciones de la zona norte del departamento de Cauca.

La marcha de las mujeres de Cauca se convirtió en un hito. Francia Márquez está amenazada de muerte pero, a pesar de todo y junto con las mujeres de su comunidad, su lucha continúa.

Fuente:https://www.dw.com/es/fuerza-latina-francia-m%C3%A1rquez-y-su-lucha-contra-la-miner%C3%ADa/av-46542631?maca=es-Facebook-sharing&fbclid=IwAR1O4VXbtb3e4nYNjh499zA8RdDTtYJhifWQ-s_Bcu2Vvgw84kSmxEfSfdU

Colombia

Piden tumbar fallo que evita que consultas frenen proyectos extractivos

A la Corte Constitucional ya llegó una solicitud de nulidad contra la sentencia SU -095 de 2018 que determinó que las consultas populares no pueden detener los proyectos extractivos. La solicitud es de Dejusticia señalando que esta determinación va en contravía de lo ya ordenado por la misma Corte Constitucional.

Lo que dijo la Corte al resolver el conflicto entre la empresa petrolera Mansarovar Energy Ltda y el municipio de Cumaral, Meta, es que el subsuelo es del Estado y por ello, una consulta popular de los habitantes no podía detener a la empresa.

Para Dejusticia, “el Alto Tribunal no tuvo en cuenta en su análisis la existencia del artículo 33, de la Ley 136 de 1994, que establece que cuando haya proyectos que tengan la potencialidad de cambiar los usos del suelo y la vocación de un municipio, se deberá realizar una consulta popular”.

La sentencia le dice al Congreso y al Gobierno que se creen espacios de coordinación con las entidades territoriales y de participación ciudadana, pero aseguran, “Estas órdenes no son nuevas, pues en múltiples sentencias anteriores la Corte se había pronunciado en ese sentido”.

Y agregan: “señalamos que la Corte cambió, injustificadamente, su propio precedente y omitió el análisis de un asunto de relevancia constitucional. Consideramos que la sentencia SU-095 de 2018 se apartó de forma injustificada del precedente fijado en la sentencia de Pijao (T-445 de 2016), en donde había reconocido que las consultas populares sobre actividades del subsuelo estaban dentro de las competencias de los municipios”.

 

Fuente:http://caracol.com.co/radio/2018/12/05/judicial/1544042566_085927.html

Colombia

Prohíben labores de minería en dos ríos del Tolima

La autoridad ambiental del Tolima Cortolima, prohibió las labores de minería y extracción de material de construcción en 18 títulos, ubicados en las cuencas de los ríos Coello y Cucuana en el Tolima.

En esas zonas se evidenció una alteración en las fuentes hídricas producto de las acciones que se estaban efectuando, causando deforestación e impactos negativos al medio ambiente.

El director de Cortolima Jorge Enrique Cardoso, expresó que la medida se adoptó mientras los ríos vuelven a estabilizar y cada empresa que desarrolla labores de extracción se compromete a realizar unas buenas prácticas.

Mineros rechazan decisión de Cortolima

Aseguran que subirán precios de material de la construcción.

Luego de conocerse la decisión de la autoridad ambiental del Tolima Cortolima de suspender de manera temporal, las labores de minería y extracción de material de construcción de los ríos Coello y Cucuana, los mineros que laboran en esas fuentes hídricas han rechazado esa decisión.

Los afectados aseguran que fue una mala época del año, para adoptar esa medida por parte de Cortolima, lo que originará que más de 3 mil personas se queden sin empleo, así como subir los precios del material de la construcción, así lo dice uno de los representantes de las empresas mineras Luis Carlos Saavedra.

Parte del material que se extrae es para las obras que se adelantan en la doble calzada hacia Bogotá.

Fuente:http://caracol.com.co/emisora/2018/12/04/ibague/1543886246_351612.html

Colombia

En Mercaderes, Cauca insisten en consulta popular contra la minería ilegal

La comunidad de Mercaderes, Cauca protestó este domingo por las calles de la población y denunció que la minería legal es más peligrosa que la ilegal porque la apoya el gobierno.

Jaime Solarte, secretario de la Coordinadora Integral Social Mercadereña, expuso que no cesarán en su propósito de detener este crimen contra los principales ríos de la región como el Sambingo, Patandejo y Hato viejo, que están siendo destruidos con los químicos que las empresas mineras están utilizando para la explotación de oro.

“El gobierno y la Registraduría nos ha frenado la consulta justificando la falta de presupuesto pero seguimos unidos para conseguir los recursos y la haremos” reiteró el señor Solarte, quien encabezó este domingo una marcha de protesta.

Por su parte Segundo Célimo Buitron de la ANUC, dijo que los daños ambientales por la minería son devastadores y aseguró que 19 fuentes hídricas de la región han desaparecido por estos efectos.

Agregó que los principales líderes de la región que promueven la consulta han sido amenazados, pero seguirán adelante en su propósito.

Fuente:http://caracol.com.co/emisora/2018/12/03/popayan/1543808459_176392.html

Colombia

Posconflicto y Medio ambiente, un saldo negativo

El 7 de agosto de 2010, en el discurso de posesión, Juan Manuel Santos señaló que el medio ambiente sería un objetivo central de su gobierno. Ese día, en la mañana, viajó a la Sierra Nevada de Santa Marta donde se reunió con líderes y representantes de la comunidad indígena Tayrona. En un acto simbólico, los “Mamos” le entregaron un bastón de mando y un collar con cuatro piedras: tierra, agua, naturaleza y buen gobierno, que harían parte integral de la administración que comenzaba.

El 24 de noviembre de 2016 se firmó, entre el gobierno de Santos y las Farc, el Acuerdo Final de Paz, que contiene los puntos y acuerdos que contribuirán a sentar las bases de una paz estable y duradera. El punto de la Reforma Rural Integral tendrá en cuenta el principio del “desarrollo sostenible”, es decir, la reforma será socio-ambientalmente sostenible y demanda de la protección y promoción del acceso al agua y la protección de los ecosistemas.

Llevamos 8 años de debate ambiental. La lista es larga: el futuro del páramo de Santurbán al convertirlo en reserva regional, el fallo de la Corte Constitucional sobre el Parque Nacional Natural Yaigojé, las prioridades en la agenda para la conservación de la Amazonía, el colapso ambiental del río Magdalena, la construcción de hoteles en áreas protegidas del Parque Natural Tayrona, el monocultivo de palma africana que está destruyendo la selva húmeda y amplificando los efectos del cambio climático; el contrato de Cerro Matoso que garantiza la explotación a perpetuidad a la BHP Billiton, el proyecto hidroeléctrico Ituango, la explotación de petróleo y su posible relación con la fuerte sequía en los Llanos Orientales, la deforestación de la Sierra Nevada de Santa Marta y la selva del Amazonas, la minería ilegal en el Pacifico colombiano y el reconocimiento de la Corte Constitucional del río Atrato como sujeto de derechos.

Afirman los expertos que la deforestación es uno de los más graves problemas que enfrenta el país de cara al presente y el futuro. En el tema de la política ambiental y deforestación, investigadores como Juan Pablo Ruíz Soto, Julio Carrizosa Umaña y Manuel Rodríguez Becerra han llamado la atención sobre la alarmante cifra de 220.000 hectáreas deforestadas en Colombia en los tres últimos años. Sobre la minería ilegal han venido esbozando que no es casualidad que el mapa del conflicto armado haya coincidido con el de la minería ilegal. Consideran que la minería artesanal no se ha terminado de organizar y es casi imposible separar a este sector de la minería en manos criminales. Sobre la delimitación de páramos han sostenido que es una labor urgente del Ministerio de Ambiente para que sean excluidos de la minería y de la extracción de hidrocarburos.

 

Fuente:https://www.proclamadelcauca.com/posconflicto-y-medio-ambiente-un-saldo-negativo/

Colombia

San Lorenzo: el pueblo que sin ayuda de la Registraduría desafió al Estado colombiano saliendo a votar

En este municipio situado en Nariño se adelantó este domingo una consulta popular contra la minería y la explotación de hidrocarburos. Con 6.660 votos el No se impuso. Se registraron además, 18 tarjetas no marcadas y 33 votos nulos. Este resultado representa el 52,84% del censo electoral. Se trató de una protesta simbólica contra el fallo que limitó este mecanismo de participación.

A pie, lomo de mula, en buses, motos y carros particulares comenzaron a llegar desde las veredas al casco urbano los habitantes de San Lorenzo.

Antes de que se abrieran los ocho puestos de votación para la consulta popular minera a las 8:00 de la mañana, por las calles de este municipio nariñense, ubicado a 104 kilómetros de Pasto, se podría observar una gran correría de personas, algo inusual en un domingo tradicional.

Sin embargo, este no fue un día común y corriente para muchos de los casi 20.000 habitantes que tiene esa localidad, pues tuvieron la posibilidad de definir el futuro de la vocación económica de su población, pese a que se trató de una jornada simbólica. 

«La gente decidió si quería minería o no, pero para nosotros el agua es más importante que el oro, la plata y el zinc, que son los principales metales que se pueden extraer de nuestras montañas«, indicó Amanda Martínez, integrante de Comité por la Defensa del Agua, la Vida y el Territorio que venía promoviendo la consulta.

Aunque ella, al igual que las cerca de 12.800 personas que estaban habilitadas para votar en esa población, eran conscientes de que los resutados de estos comicios no tendrán validez jurídica por cuenta del fallo de la Corte Constitucional que señaló que ese mecanismo de participación ciudadana no tiene efectos, en vista de que el subsuelo pertenece a la Nación y no a los municipios. Sin embargo, en San Lorenzo aseguran que estas votaciones son un mandato de las comunidades que tendrán que acatar los alcaldes y un mensaje al gobierno para que respete la democracia y les permita participar de las decisiones que les atañen directamente con su territorio.

Además, el alto tribunal determinó que las consultas no eran el mecanismo para vetar o frenar proyectos extractivos de minería o hidrocarburos.

«El resutado determinará también las futuras políticas del municipio. Los alcaldes y gobernadores tendrán que respetar ese mandato que ha tenido el pueblo. Adicionalmente hay un comité jurídico nacional y la idea es que este empiece a trabajar para que este proceso sea considerado legal, pues nosotros hacemos parte del Estado y también tenemos derecho a decidir sobre nuestro territorio», apuntó.

Martínez agregó que con el triunfo del No se harán las respectivas gestiones para que el Concejo municipal presente un proyecto de acuerdo que deje en firme la consulta.

«Con estos resultados tendremos herramientas para poder seguir defendiendo el territorio frente a otros entes. Nosotros buscamos siempre que este proceso sea legal y que se nos respete la decisición, pero de lo contrario, si el gobierno y las multinacionales siguen necios en querer dañar nuestro territorio, pues la movilización será la herramienta que utilizaremos para hacerle frente a esta situación», dijo.

Para esta consulta, que no contó con el respaldo de la Registraduría Nacional del Estado Civil por falta de recursos, fueron designados jurados de votación, testigos electorales y delegados. Además, el conteo de los votos fue vigilado por la Misión de Observación Electoral (MOE), la Personería, la Defensoría del Pueblo y las universidades de Nariño, Javeriana y Nacional.

«Lo hicimos lo más parecido a las elecciones que realiza la Registraduría. Las unas se cerraron a las 4:00 de la tarde», recalcó.

A su turno, Jader Gaviria Armero, alcalde de San Lorenzo, calificó esta jornada como un hecho histórico para su municipio y Colombia, pues -según él- no hay antecedentes de una consulta popular legítima como la que se presentó en esa localidad.

«Agotamos todas las intancias jurídicas para que el Estado, a través de la Registraduría, nos reconociera y realizara este proceso. Desde el 2017 el Concejo municipal aprobó convocar al pueblo a una consulta popular para el 17 de diciembre del año pasado y el Tribunal Administrativo de Nariño la aprobó, por lo que tenemos el aval jurídico, pero lastimosamente la Resgitraduría, argumentando que el Ministerio de Hacienda no le transfirió los recursos, nos la negó», expresó.

El mandatario aseveró que le oficiaron a la Registraduría argumentando que el municipio estaba dispuesto a financiar la consulta o buscar su financiación por otros medios, pero esa entidad les respondió que no había claridad jurídica sobre ese tema.  

«Realmente lo que encontramos fue un bloqueo, no había voluntad política para que estas consultas se llevaran a cabo. Colocamos tutelas y otros recursos, pero fue imposible. Ante toda esta negativa jurídica del Estado, todas las comunidades organizadas del municipio decidimos adelantar esta consulta legítima, por lo que la gente votó libremente», recalcó.

Gaviria afirmó que acatarán la decisión del pueblo, promoviendo un acuerdo municipal, ajustes al Esquema de Ordenamiento Territorial y buscando otras instancias jurídicas que propendan por proteger las áreas estratégicas ambientales del municipio.

«Nosotros no estamos en contra de algo, sino a favor de la vida; estamos protegiendo nuestra naturaleza porque creemos que este es un pulmón de Colombia, ya que aquí se produce aire, agua, vida y alimento para toda la región, además sabemos los nocivos efectos sociales y ambientales que trae consigo de la gran minería», mencionó.

Según información de la Agencia Nacional de Minería existen, desde el 2008, un total de 28 concesiones mineras y cuatro títulos en esa población.

«Según la normatividad vigente con un 30 por ciento del potencial electoral cobrará vida jurídca la consulta. El pueblo de San Lorenzo escogió sabiamente el modelo de desarrollo que quiere, basado en la agricultura», añadió el burgomaestre.

Al igual que en San Lorenzo, en el municipio de Mercaderes (Cauca) también se debía adelantar una consulta popular para que sus habitantes decidierán si estaban de acuerdo o no con la explotación minera y de hidrocarburos, pero la falta de financiación la frenó.

Por esa razón en esa localidad, de más de 18.000 habitantes, el próximo 2 de diciembre se realizará la primera caravana por el agua y se votarán 10 mandatos populares que, de ser aprobados, escalarán hasta el Concejo municipal para que la Alcaldía los incluya como una política pública.

 

Fuente:https://sostenibilidad.semana.com/impacto/articulo/san-lorenzo-el-pueblo-que-sin-ayuda-de-la-registraduria-desafio-al-estado-colombiano-saliendo-a-votar/42125

Colombia

Ciudad Bolívar (Antioquia) prohibió la minería en su territorio

El Concejo de Ciudad Bolívar (Antioquia) aprobó por unanimidad el proyecto de acuerdo 021, el cual prohíbe la minería de metales y la explotación de hidrocarburos en todo su territorio.

Aunque la iniciativa había sido construida desde 2017, se había postergado su trámite a causa de los fallos judiciales que habían tumbado las decisiones de otros municipios del Suroeste antioqueño.

Sin embargo, la reciente tutela resuelta por el Consejo de Estado a favor de Urrao devolvió la confianza para aprobar este tipo de normatividades en Ciudad Bolívar, con 12 votos a favor y ninguno en contra.

De acuerdo con el alcalde de ese municipio, Antonio Castaño González, es trascendental este acuerdo aprobado porque protege la vocación agrícola del territorio y sólo permite la extracción de materiales para la construcción.

Ciudad Bolívar es un municipio de 30.000 habitantes, que siempre ha basado su economía en la producción  de café, caña y cacao; razón por la cual aprobaron este acuerdo, para evitar que cambie la vocación y se vean afectadas la riqueza hídrica y el medioambiente.

La corporación ambiental ‘Amigos de La Arboleda’ acompañó constantemente a los concejales en este proceso. Su gerente, Diego Armando Tobón, aseguró que se hicieron esfuerzos por frenar cualquier intento de la minería e hidrocarburos, porque causan daños profundos en los ecosistemas.

Este es el segundo municipio que cierra las puertas a la minería mediante acuerdo municipal en la última semana, pues Jericó votó a favor de la prohibición de la actividad el pasado miércoles, en un reñido debate.

Así las cosas, en el Suroeste Sntioqueño han sido trece los municipios que a través de acuerdos municipales o la promoción de consultas populares han prohibido la minería en sus territorios.

Estos son: Támesis, Jericó, Urrao, Jardín, Betulia, Concordia, Titiribí, Salgar, Pueblorrico, Tarso, Valparaíso, Fredonia y Ciudad Bolívar.

 

Fuente:https://www.rcnradio.com/colombia/antioquia/ciudad-bolivar-antioquia-prohibio-la-mineria-en-su-territorio