12 de Mayo 2011
Carta dirigida a la unesco con respecto a la intervencion minera en una area declarada reserva mundial de la biosfera
Arica, 9 de Mayo del 2011.-
Señora:
Jorge Sequeira
Directora General de la UNESCO
Presente
De nuestra consideración
Junto con saludarle cordialmente y desearle éxito en vuestra gestión en tan importante institución, los abajo firmantes queremos ponerle en conocimiento a usted y ha vuestra institución lo siguiente:
Que con fecha 23 de Noviembre del 2009 ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de la Corporación Nacional del Medio Ambiente (Conama), ahora llamado Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), el proyecto de Exploración Minera denominado Catanave de la empresa transnacional Southern Copper Corporation de Agencia en Chile, el proyecto ingreso bajo la modalidad de un Estudio de impacto Ambiental. Luego el proyecto fue sometido a evaluación por parte de la Comisión Regional del Medio Ambiente (Corema). El 03 de Diciembre del 2010, la Comisión Regional del Medio Ambiente emitió la resolución de aprobación de la Exploración Minera denominada Proyecto Catanave de la empresa transnacional Southern Copper Corporation.
Este proyecto se emplaza en la Provincia de Parinacota, comuna de Putre de la región de Arica y Parinacota y se encuentra ubicado dentro de una área silvestre protegida denominada Reserva Nacional de las Vicuñas, la cual limita al norte con el Parque Nacional Lauca y al sur con el Monumento Natural de Surire. Esta empresa pretende realizar una exploración minera para poder estimar la duración y calidad de su yacimiento, de manera que en una segunda etapa poder explotar el mineral. El mineral que ellos pretenden explotar es Cobre, Oro y Plata. La realidad histórica sobre los proyectos de exploración es que siempre terminan en la materialización de proyectos de explotación, por lo tanto, lo que se pretende en esta área es instalar un yacimiento para la gran Minería, con todas las consecuencias que eso conlleva para el medio ambiente y los habitantes del sector. La exploración Minera contempla la perforación de 14 sondajes que se realizaran en el polígono del proyecto, estas maquinarias de sondaje necesitan agua para su proceso de perforación. El Agua que se utilizara será bombeada de una vertiente de un bofedal denominado Catanave, a razón de 40.000 litros por sondaje, teniendo presente que las profundidades de las perforaciones serán de alrededor de 600 metros de profundidad. Además sus instalaciones y maquinarias tendrán un impacto invasivo en esa zona de intervención.
Esta empresa ha sido muy cuestionada internacionalmente por su poca responsabilidad ambiental. En el año 1992 fue condenada por ecocidio por el Tribunal del Agua en Amsterdam-Holanda, por el daño que genero por más de 50 años de operación en el sur del Perú, en donde ocasiono un daño irreversible de contaminación ambiental, en el distrito de Ilo-Perú.
Frente a esta situación es que los abajo firmantes queremos manifestar que este proyecto esta vulnerando la legislación de los derechos de los pueblos originarios vigente en el país. En efecto, se vulnera el Convenio 169 de la OIT, ley que se encuentra vigente y es vinculante con la legislación interna del país, según su Art. 5 de la Constitución Política de Chile. Siendo el derecho a ser consultados, un derecho esencial y fundamental del Convenio 169 de la OIT, según sus articulados 6, 7 y 15 que señala “el derecho a la consulta previa que tiene los pueblos indígenas, en este caso el pueblo aymara, antes de emprender cualquier actividad de exploración o explotación de minerales y/u otros recursos existentes en sus tierras o territorios indígenas.” Y que establece que “los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente”. En este sentido no ha habido ninguna consulta previa a las comunidades aymaras, bajo los estándares que plantea el convenio 169 de la OIT, sino mas bien se ha querido imponer un proyecto minero, que se encuentra avalado por una Política de Desarrollo Minero que es impulsada de manera dictatorial por parte del gobierno del Presidente Sr. Sebastian Piñera Echenique, el cuestionamiento a esta Política de Desarrollo Minero es que carece de toda legitimidad debido a que no ha sido consultada en forma previa por las organizaciones indígenas y ciudadanas de la región. Incluso se plantea en esta política desafectar áreas del Parque Nacional Lauca para el desarrollo minero en la región.
El proyecto pone en riesgo la existencia y continuidad de las comunidades aymaras en la Cuenca del Río Lauca y su Sistema económico debido a que las comunidades aymaras, basan su subsistencia principalmente de la ganadería, crianza de camélidos llamos y alpacas, venta de productos artesanales derivados de la lana y atención a los turistas. Para los aymaras el Agua y los bofedales tienen una connotación importante dentro de su Cosmovisión y cultura; juntos representan un ecosistema fundamental para la sobrevivencia y existencia de las familias aymaras.
También este proyecto cuando empiece a extraer agua del bofedal Catanave generara un daño irreversible en el bofedal, ocasionando su extinción y el termino de toda la biodiversidad que habita y subsiste gracias a este ecosistema y que hoy se encuentra deprimido producto de la sequía. La extracción de Agua afectara el sistema endorreico de la Cuenca del Río Lauca bajando los niveles de agua de la vertientes que nutren la red de bofedales los cuales están conectados subterráneamente entre si, bajo la forma de vasos comunicantes. La disminución de las aguas superficiales y subterráneas producto de la extracción de agua, ocasionara un daño irreversible a todos los ecosistemas acuáticos y terrestres, los cuales posibilitan la existencia de la biodiversidad de la reserva. La red de Bofedales se vera afectada, ocasionando la muerte a una variada fauna y flora silvestre, la cual se alimenta de ese ecosistema y que además se encuentran en estado vulnerable y amenazados de extinción.
La disminución del recurso hídrico en la cuenca del Río Lauca, tanto de las aguas superficiales como subterráneas, traerán como consecuencia que los sistemas exorreicos de las partes altas de las cuencas hidrográficas del Río San José y Codpa, cuya importancia es captar los recursos hídricos de la Cuenca del Río Lauca y trasportarlos a los valles agrícolas de la precordillera y costeros, no podrán abastecer de recursos hídricos a estos valles agrícolas generando un perjuicio a los agricultores de los Valles de Azapa, Codpa y precordillera. También se vera afectado el agua que se utiliza para el consumo humano de la ciudad de Arica la cual se extrae de las napas subterráneas del Valle de Azapa, lo que implicara un déficit hídrico para toda la ciudad. Es de todos conocido que los procesos mineros demandan grandes volúmenes de agua para poder desarrollarse, por lo tanto su intervención en la Reserva Nacional puede ser nefasto para toda la cuenca del Río Lauca, afectando tanto a sus aguas superficiales y subterráneas, a la red de bofedales y vertientes, y poniendo en peligro a toda la biodiversidad de la cuenca del río Lauca y la existencia de las comunidades aymaras.
La Reserva Nacional Las Vicuñas tiene un estatuto jurídico reglamentario especial contenido en el D.S. 29, de 8 de marzo de 1983, del Ministerio de Agricultura, y un Plan de Manejo aprobado por Resolución 374 de CONAF de 1998. Su decreto de creación tiene y se funda en sus vistos en el Decreto Supremo N° 531, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como ley de la República la Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América y en el decreto ley N9 3.530, de 1980, que aprobó el Convenio para Conservación y Manejo de la Vicuña, además del D.L. 1939. En tanto el Plan de Manejo define los usos permitidos y prohibidos al interior de su territorio. La zonificación del Plan en la zona del proyecto está destinada a «Hábitat de la Vicuña» cuyos objetivos tanto generales como específicos no consideran la actividad minera. Sabiendo de que aquello es así, la Comisión Regional del Medio Ambiente sencillamente omite deliberadamente hacerse cargo de esta insalvable objeción, incurriendo una vez más con su accionar aprobatorio, en ilegalidad.
La resolución ambiental de aprobación del proyecto de exploración minera denominado Catanave incumple las prescripciones de la Convención Internacional para la protección de la Vicuña, tratado suscrito en 1979 entre Ecuador, Perú, Bolivia, Chile y Argentina y cuyo ámbito de aplicación territorial incluye la zona del proyecto. Finalmente, debe considerarse además que, como si fuera poco, sobre todas estas condiciones de protección la Reserva Vicuñas se encuentra además calificada como Reserva de la Biosfera en el plano internacional por UNESCO, calificación hecha también en el marco de un tratado internacional suscrito por Chile y que se encuentra vigente cual es la Convención sobre Patrimonio Mundial Natural y Cultural, de 1972.
Por tanto queremos solicitarle a usted a que pueda enviar una misión a la Reserva Nacional de la Vicuñas en carácter de urgente para que pueda verificar en terreno la situación planteada anteriormente. Además de poner en conocimiento al encargado de la Convención de Washington para que evalúe la situación de peligro en el Parque Nacional Lauca con respecto al proyecto minero denominado Catanave y la Política de Desarrollo Minero impulsada por el gobierno. También queremos invitarle a sostener una reunión con las organizaciones aymaras y ciudadanas de esta región cuando se concrete su visita.
Esperando su respuesta, le damos los siguientes contactos:
Isha Veloso Muñoz, Celular 94120946 Email: isha.veloso@gmail.com
Gino Grunewald Condori, Celular 89600892 Email: condorgino@gmail.com
Richard Fernandez Chavez, E mail: markan.arupa@gmail.com
Agradeciendo vuestra atención y esperando una respuesta favorable se despide atentamente
General Lagos 483 – Celular 94120946 – 89600892 – 86809813 Arica – Chile