Concejal de Alto del Carmen denuncia presiones de Barrick y el abogado Lorenzo Soto por exigir información sobre el memorándum de entendimiento entre comunidades diaguitas y la transnacional canadiense impulsado por los abogados Lorenzo Soto y Alex Quevedo. Emplaza a los profesionales del derecho a entregar información sobre el acuerdo, y denuncia que la firma se hizo de forma inconsulta. Por lo que asegura, “se están vulnerando los derechos indígenas en el Valle del Huasco”.
Un breve pero contundente comunicado a la opinión pública, el Concejal de la comuna de Alto del Carmen, Oriel Campillay Cortez, denuncia malas prácticas de los abogados Lorenzo Soto y Álex Quevedo, atribuyéndose amplios poderes, ocultando información con el “único objetivo de beneficiarse de las negociaciones”. Además, exige a la Conadi que haga cumplir la ley indígena y el Convenio 169 de la OIT y que tome el “rol que le compete en estas circunstancias”.
El concejal en el comunicado se remonta al año 2013 cuando “preocupado por su valle y en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas”, participó, patrocinado por el abogado Lorenzo Soto en el Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones de Copiapó que paralizó al proyecto Pascua Lama el año 2013. “Acciones que emprendimos con la intención de que la empresa Barrick perdiera los permisos ambientales para funcionar. La Corte de Apelaciones reconoció que estamos amenazados pero no revocó los permisos”, manifiesta.
El abogado Lorenzo Soto, “tras llamadas telefónica personales, me ha amenazado con tomar acciones legales contra mi persona”, denuncia el concejal, quien agrega que “hoy, estoy recibiendo presiones de la empresa Barrick Gold a través de sus abogados”, solo por solicitar información del Memorándum de Entendimiento ya que “ni yo, ni gran parte de mi comunidad firmamos aquel documento, ni siquiera lo conocemos porque se niega el acceso a él”. De hecho, “para mí fue una sorpresa”, explica ya que se enteró por la prensa de este acuerdo, siendo él un miembro activo de la Comunidad Diaguita Chigüinto, y a la Asociación del Consejo Comunal Diaguita, y aún así “no se me citó a ninguna asamblea para tomar la decisión de firmar este acuerdo”, expresa Campillay.
Ésta fue una operación que se dio a espaldas nuestras, sin consulta previa, libre e informada. Esta fue una acción incentivada por nuestros abogados Lorenzo Soto y Alex Quevedo que buscan beneficiarse con las negociaciones, se suponía que estaban al servicio nuestro y no nosotros al servicio de ellos”.
Además, Campillay explica que este acuerdo fue hecho con el apoyo de tan sólo algunos dirigentes, sin el respaldo de sus bases que hasta el día de hoy no han sido informadas y no conocen este Memorándum Secreto. “En el Valle del Huasco se están vulnerando groseramente los derechos de los pueblos indígenas, se realizan reuniones secretas, se expulsa de las reuniones al que solicita información y no se invita a los que no busquen negociar”, dice.
Campillay está convencido de que este convenio debe conocerse y anularse por ser inconsulto. “Es por ello que he agotado todos los recursos mediáticos denunciándolo y exigiendo una copia del documento”.
Este Memorándum de Entendimiento entre Barrick Gold y algunas comunidades diaguitas del Valle del huasco, se firmó a fines de Mayo de este año, y fue incentivado por los abogados Lorenzo Soto y Álex Quevedo, quienes desde el año 2013 representaban a dichas comunidades en el juicio que levantaron diversas organizaciones locales, comunitarias y ONGs, juicio que paralizó temporalmente la construcción del proyecto Pascua Lama. Sin embargo, dicho acuerdo fue duramente rechazado por la Comunidad Diaguita Huascoaltina, organizaciones ambientalistas y colectivos defensores de la vida en la Región de Atacana. Pese a toda la publicidad que tuvieron por la prensa el abogado Soto, no se ha podido obtener el documento, las condiciones de la firma, ni los alcances del Memorándum de Entendimiento.
Amplios poderes
Por otro lado, el Concejal de Alto del Carmen denuncia que, se han enterado de que el Directorio de la Asociación Indígena Consejo Comunal Diaguita de Huascoalto, “de manera inconsulta a la asamblea” ha entregado un poder con amplias atribuciones a la Señora Solange Bordones que permite “hacer una serie de acciones sin necesitar consulta, llegando incluso a poder realizar toda clase de operaciones y transacciones a nivel internacional”, por lo cual el dirigente denuncia la “ilegalidad de este poder y la vulneración a los derechos de los pueblos indígenas que se están cometiendo”.
Campillay explica que en el Párrafo 2°, de las Asociaciones Indígenas, Art. 36, de la Ley Indígena, se señala que: “Se entiende por Asociación Indígena la agrupación voluntaria y funcional integrada por, a lo menos, veinticinco indígenas que se constituyen en función de algún interés y objetivo común de acuerdo a las disposiciones de este párrafo. Las asociaciones indígenas no podrán atribuirse la representación de las Comunidades Indígenas”.
El Concejal narra que el día 26 de junio fue a la Conadi regional para interiorizarse en torno a la legislación vigente, saber el nivel de conocimiento que tenía este organismo sobre el Memorándum de entendimiento, y sobre todo de este poder a la Sra. Bordones. Respecto a esto último, Conadi contestó que algo así debe ser votado, de conocimiento de la asamblea y quedar escrito en el acta de la sesión respectiva. “Por lo tanto, -dice Campillay- éste no tiene validez, ya que éste es un acuerdo firmado solo el directorio sin consulta a la asamblea”.
Es más, explica que la misma Conadi manifestó que este convenio era ilegal “ya que no actuó como ministro de fe entre las partes privadas la institución, y que la única manera de validar los contratos de acuerdo entre indígenas y privados es con CONADI como ministro de fe. Ante esto no queremos validar sino el rechazo y anulación de este acuerdo”, comunica y exige a Conadi a que “cumpla el rol que le compete en estas circunstancias”. Ya que más allá de actuar como ministro de fe, debe garantizar el cumplimiento de la ley respetando los convenios internacionales suscritos por Chile, como el convenio 169 de la OIT, que señala: “que se deberá consultar a los pueblos originarios, mediante procedimientos apropiados”.
Vea los documentos
Lea la Declaración Pública Íntegra
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