Ambientalistas solicitan a Contraloría revisar proceder del Ministerio Salud por no dictar norma que regule los niveles de arsénico respirable.
La organización Dunas de Ritoque solicitó a Contraloría General de la República que se pronunciara sobre el actuar del Ministerio de Salud, por eventual incumplimiento de deberes, luego que no se dictara una norma de calidad atmosférica para arsénico en la zona.
El 18 de abril de 1994 , el Ministerio de Salud mediante el D.S. N°477 dictó una “Norma Primaria de Calidad del Aire para Arsénico”, cuya duración fue de 4 meses, la que fue eliminada mediante el D.S. 1364. El Ministerio de Salud justificó su decisión de eliminar dicha norma debido había que dictar previamente un Reglamento Específico para Elaboración de Normas Primarias” señalando que “una norma de tanta importancia como la de calidad del aire para arsénico debe ser dictada en el marco de las nuevas disposiciones legales permanentes”. No obstante que este Reglamento fue publicado el 26 octubre del año 1995, y que a la fecha han pasado 21 años, el Ministerio de Salud todavía no ha dictado la norma arsénico.
El Decreto Supremo N° 185 de año 1992, decretó que el Ministerio de Salud en un plazo de 180 días debía decretar una norma primaria de calidad para arsénico a nivel nacional con el fin de proteger la salud de la población, y que dentro de sus funciones y tareas, contempla la protección de la salu8d humana, para lo cual posee facultades políticas y programas.
El aire de Puchuncaví, Quintero, Calama, Copiapó, Tierra Amarilla entre otras, contiene altos niveles de arsénico respirable emitido por fundiciones, los que superan ampliamente la norma máxima de la Unión Europea y lo máximo recomendado por la Organización Mundial de la Salud, en el año 2015 el límite máximo se sobrepasó en 23 veces en Puchuncaví, 13 veces en Quintero por lo que es urgente incorporar norma de calidad que proteja a la población.
Fuente:http://www.ucvmedios.cl/ucv-radio-noticia.php?nid=33809