Al fragor de la reciente baja en la cotización de los metales, con énfasis en el oro, la plata y el cobre, las empresas mineras están redoblando su cabildeo para impedir que se incluya en el próximo periodo de sesiones una reforma a la Ley Minera que las obliga al pago de derechos tras una larga temporada en el paraíso
Aprobado por la Cámara de Diputados al cuarto para las 12 de finalizado el periodo ordinario de sesiones, un pago de derechos equivalente al 5% a tasa anual sobre los ingresos acumulables de las firmas, la posibilidad se atoró en el Senado.
El cobro es independiente de otros derechos sobre minería que marque la Ley Minera o la Ley Federal de Derechos.
La pretensión original de los autores de la iniciativa, los diputados priístas Adolfo Bonilla Gómez y Marco Antonio Bernal Gutiérrez, era implantar una tasa de 4%.
Sin embargo, el pleno corrigió el dictamen aprobado en comisiones señalando que «no reflejaba adecuadamente el beneficio económico obtenido por las empresas extractivas derivado del grado de aprovechamiento».
Dicho en lenguaje llano, las mineras tienen para eso y más.
En brutal contraste con el tratamiento fiscal a Petróleos Mexicanos, los derechos por extracción que pagan las firmas del ramo, la mayoría extranjeras con énfasis en canadienses, representaron en el 2011 apenas el 1.3 por ciento del valor total del producto obtenido por las compañías, por más que la Cámara del ramo habla de tributación anual conjunta de mil millones de dólares.
El año pasado el monto de tributos fue de 3 mil 128 millones de pesos… más 844 mil 367 millones por derechos.
Más allá, de acuerdo al artículo 263 de la Ley Federal de Derechos, la contraprestación al gobierno por concesiones y asignaciones mineras durante los primeros dos años de vigencia es de solo 5.70 pesos por hectárea.
El máximo llega después del décimo año, con un monto simbólico de 124.7 pesos.
Además, las empresas del ramo no pagan ningún derecho por la producción de minerales, incluido el oro, cobrándoseles solo por la extensión de los terrenos a explotar.La barata del siglo.
En contraste, Perú le impone a las compañías extractivas una tasa de 30% sobre utilidades corporativas, además de otra de 3% a título de derechos… al margen, naturalmente, de la tributación sobre la renta.
En Chile la tasa sobre utilidades corporativas se abate a 17%, pero las regalías se incrementan a nueve.
En Australia la proporción es de 29% de utilidades corporativas y 5% de regalías.De acuerdo a la minuta aprobada por la Cámara de Diputados, los recursos obtenidos por el nuevo gravamen se colocarían en un Fondo de Aportaciones para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros.Estos los emplearían en la construcción, remodelación y equipamiento de centros escolares; pavimentación de calles y caminos locales; rellenos sanitarios, plantas de tratamiento de agua, instalación y mantenimiento de obras de drenaje público; obras que preserven las áreas naturales y otras que promuevan de manera positiva la movilidad urbana, incluyendo trenes suburbanos, Metro o equivalentes.
Los ingresos se prorratearían entre los municipios donde se abrieron las minas, las entidades federativas y el gobierno federal, en proporción de 30, 50 y 20%, respectivamente.La mano laxa del gobierno, a cuya vera se ha multiplicado la participación de empresas extranjeras en la actividad, ha permitido la explotación de vetas de oro y plata a cielo abierto.
La práctica ha acabado con el cerro de San Pedro en San Luis Potosí.
Además, son frecuentes los litigios por invasión de tierras que las etnias del país consideran zonas sagradas; por despojo de tierras ejidales o por la forma en que se realiza la extracción.
Por lo pronto, el cabildeo camina a todo lo que da.
BALANCE GENERAL En consonancia con la propuesta planteada por el PAN, la que presentará la semana próxima el presidente Enrique Peña Nieto plantea legalizar, por la vía de modificaciones a los artículos 27 y 28 de la Constitución, la participación privada en materia de generación eléctrica, con énfasis en los llamados productores independientes.
Al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica se abrió la posibilidad durante el sexenio salinistas, extendiéndose poco a poco la boca del embudo. Si antes se permitía solo la venta de una parte de excedentes, tras agotarse el consumo propio, el monto fue creciendo paulatinamente.
La parte más cuestionable; sin embargo, la representan empresas extranjeras, específicamente españolas y francesas, que generan energía por su cuenta, es decir sin la justificación del autoconsumo, que se le vende a la Comisión Federal de Electricidad.
Bajo ambas modalidades la mitad de la energía que consume el país la generan privados.
El caso es que de acuerdo a la Suprema Corte la participación privada es ilegal, toda vez que la Ley en que se apuntala su presencia rebasa lo dispuesto en el marco constitucional.
Después de años de permisividad, pues, se quiera poner el remiendo.
UNA PARA LOS YAQUIS En una resolución histórica, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le dio la razón a la tribu Yaqui en su querella contra el gobierno de Sonora por la construcción del acueducto Independencia que trasvasará agua del río Yaqui a Hermosillo.
La carambola fue de dos bandas.
De entrada, el organismo dejó sin efecto la resolución de impacto ambiental en la que se había apuntalado el gobernador Alfredo Padrés Elías para realizar la construcción, por no haberse consultado a los afectados.
Esta tendrá que reponerse, señalándose expresamente si existe una afectación contra los intereses de la tribu Yaqui, cuya agua del río que lleva su nombre fue concesionada por Decreto Presidencial.
De llegar el caso podría suspenderse la obra… cuyo avance quedaría como monumento a la prepotencia.
Y falta aún desahogar las denuncias por desacato de suspensiones provisionales y definitivas obtenidas en juicios de amparo por agricultores del Valle del Yaqui.
SIGUE LA DANZA
Encarrerada en el cumplimiento de tareas que durante dos sexenios se descuidaron, la Procuraduría Federal del Consumidor acaba de inmovilizar varios productos que comercializa la firma Marcas de Renombre, encabezada por Pablo Muñoz De Cote. Estamos hablando de medicamentos homeopáticos Legar, de un gel para reducción de peso en tarro de 120 gramos, y Xifen, un producto para combatir las hemorroides. De acuerdo a la instancia encabezada por Alfredo Castillo, la empresa incumplió lo dispuesto en la Norma Oficial Mexicana NOM-072SSAI-2012, que obliga a colocarle a los medicamentos un precio máximo al público.
albertobarrancochavarria0@gmail.com barrancoalberto@prodigy.net.mx