Ante la queja y preocupación de comunidades por la insuficiente cantidad de agua que captan del río Desaguadero, la CORIDUP solicitó en el mes de diciembre del año 2010 a las Autoridades Ambientales Competentes departamental y nacional una inspección al ex – canal COMIBOL con el objeto de poner en evidencia que el canal ha sido dragado por la Empresa Minera Inti Raymi en proporciones considerables (6 metros de ancho y 2 metros de profundidad) con la finalidad de utilizar grandes cantidades de agua en sus operaciones mineras de Kori Chaca.
INSPECCIÓN
De esta manera el perjuicio a las comunidades del lugar y comunidades aguas abajo y por ende al lago Uru Uru quedó en evidencia, poniéndose en peligro el espejo de agua del mencionado lago. La inspección se realizó en fecha 5 de mayo del año 2011, en presencia de la Autoridad Ambiental Competente nacional (Vice ministerio de Medio Ambiente y Agua) y departamental (Secretaria de Medio Ambiente y Madre Tierra), además de la Comisión de Medio Ambiente del Concejo Municipal de Oruro, comunarios de Burguillos, Sora Chico, Santo Tomas, Iroco, las organizaciones CORIDUP, FEDJUVE y la institución CEPA por una parte y por otra parte personeros de la EMIRSA. Estos últimos no pudieron justificar el desvío de semejante volumen de agua.
En dicha inspección se pudo evidenciar que el dragado del ex canal COMIBOL por parte de EMIRSA había convertido un canal en un río. Ante este hecho los comunarios manifestaron su preocupación por la gran pérdida de agua que ocasiona este desvío que además por su profundidad y anchura provocó la muerte de animales y personas.
Ante esta preocupación generalizada de comunarios, el personero de la Empresa Minera Inti Raymi se molestó y agredió a los comunarios verbalmente. Manifestó que el canal es de propiedad privada y que además el dragado se realizó “a pedido de la comunidad de Iroco” para la mantención de sus ganados y de acuerdo a un convenio que ellos suscribieron. Sin embargo, en la citada inspección se encontraba apenas un solo comunario de Iroco.
CANAL – RÍO
Ante esta situación, los comunarios afectados manifestaron que el agua no se puede restringir, que todos tenemos derecho al agua; por lo que se pidió que el dragado sea tapado y que la comunidad de Iroco realice su canal con la misma dimensión que las otras comunidades: de 50 cm de ancho y 50 cm de profundidad.
Las comunidades afectadas manifestaron que la empresa se escuda en un supuesto convenio con Iroco y también un supuesto contrato con COMIBOL para el uso del canal. De hecho, el canal se ha vuelto río simplemente para que las aguas del río Desaguadero sean usadas en las operaciones de la mina Kori Chaca.
Entonces las preguntas de las comunidades son: ¿Las aguas gestionadas por la ALT (Autoridad Binacional del Lago Titicaca) son para el uso de empresas privadas? ¿Los cursos de agua pueden ser declarados de propiedad privada? ¿En estos temas acaso no se debe tomar en cuenta la consulta pública? Ya que para el dragado, las comunidades afectadas nunca fueron consultadas. Exigieron a las autoridades hacer cumplir la normativa en actual vigencia.
INFILTRACIONES Y DESBORDES
En la misma oportunidad (5 de mayo de 2011) se realizó un segundo punto de inspección, específicamente en el lado norte de las lagunas de infiltración y evaporación de las operaciones de la mina Kori Chaca. En este lugar los comunarios manifestaron que en el mes de febrero denunciaron a la Autoridad Ambiental Competente, que las bermas de las lagunas sufrieron desbordes, haciendo que las aguas saladas de estas lagunas se contacten con aguas que confluyen al lago Uru Uru, contaminando por su paso inmensas áreas de suelos con aguas saladas y contaminadas con metales pesados.
Ante esta aseveración los personeros de la Empresa Inti Raymi manifestaron: “…ante esa situación nada se puede hacer ya que la época de lluvia no permitía el control de los desbordes debido a su inaccesibilidad”, admitiendo de esta manera que sí, existieron fugas y reconociendo que la construcción de las lagunas no ofrece garantías ante las inclemencias del tiempo.
AUDITORIA AMBIENTAL
En el mismo sitio se pudo verificar, mediante la explicación de uno de los comunarios de Burguillos, que el documento “Estudio y Evaluación de Impacto Ambiental. Proyecto Kori Chaca, Oruro (2002)” contiene muchos errores, siendo que este documento tiene carácter de declaración jurada. Ante este hecho, los comunarios manifestaron: “Si esto pasa con un documento serio (legal), menos podemos confiar en las aseveraciones de los personeros de la Empresa Inti Raymi.” Por ello exigen la realización de una Auditoria Ambiental a las operaciones mineras de Kori Chaca.
Jaime Caichoca
Unidad de Justicia Socio Ambiental – CEPA