Agresión contra comuneras en el Sector de Huinumayo debe ser investigado (Provincia de Espinar, Cusco)
Como informamos hace unas semanas, CooperAcción hace pública su indignación y rechaza los actos de violencia contra comuneras en el sector de Hiunumayo (comunidad de Alto Huancané), en Espinar, Cusco.
Hemos podido recoger testimonios que indican que 03 comuneras de la comunidad de Alto Huancané, han sido víctimas de agresiones físicas, jaloneos, golpes en la espalda, amenazas y toda clase de improperios. Los testimonios indican que los efectivos policiales que participaron en estos hechos provendrían de Arequipa y además serían miembros de seguridad de la empresa minera Xstrata.
Al respecto, debemos señalar que ninguna autoridad policial está autorizada a hacer uso de la fuerza de manera arbitraria e indiscriminada. El artículo 12 del Reglamento de la Ley de Orgánica de la Policía Nacional del Perú establece la obligación para el personal policial de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales de la persona. Así mismo el artículo 12.3 restringe el uso de la fuerza a situaciones estrictamente necesarias y en la medida que lo requiera el desempeño de las funciones.
El derecho humano a la integridad física y psicológica está garantizado en diversos instrumentos internacionales vinculantes para el Estado peruano, tales como el articulo 1 y 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el artículo 2 (literal c, 3 y 4 literal b) de la Convención Belén Do Para (Convención Interamericana para Prevenir , Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer).
CooperAccion tiene la clara convicción de que toda actividad extractiva debe desarrollarse en un clima de respeto de los derechos humanos y colectivos a favor del desarrollo integral de las comunidades involucradas y que los conflictos que se puedan generar deben de atenderse a través de mecanismos de diálogo y concertación, en forma pacífica y no de manera violenta.
Estos lamentables sucesos se contraponen con estos principios por lo que consideramos deben ser investigados en las instancias correspondientes, con la supervisión y vigilancia de la Defensoría del Pueblo.
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