19 de Septiembre 2011
La medida busca “revertir los graves efectos del modelo minero capitalista, caracterizado por la degradación del ambiente, el irrespeto de la ordenación territorial”, explica el documento oficial. Foto: Archivo.
Oro
Con fecha del viernes 16 de septiembre de 2011, fue publicado en Gaceta Oficial N° 39.759, el decreto presidencial N° 8413, con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica, que reserva al Estado las actividades de exploración y explotación del oro.
“Se reserva al Estado por razones de conveniencia nacional y carácter estratégico, las actividades primarias y las conexas y auxiliares al aprovechamiento del oro, en la forma y condiciones que se deriven del presente Decreto Ley y demás regulaciones que se dicten al efecto”, establece la norma.
El Decreto aclara que el objeto es regular lo relacionado con el régimen de las minas y yacimientos de oro, la reserva al Estado de las actividades primarias, conexas, accesorias al aprovechamiento de ese mineral y la creación de empresas para su ejercicio.
“Con el propósito de revertir los graves efectos del modelo minero capitalista, caracterizado por la degradación del ambiente, el irrespeto de la ordenación territorial, el atentado a la dignidad y la salud de las mineras, mineros, pobladores y pobladores de comunidades aledañas”, explica el documento oficial.