Mexico

Comunidad de Ixtacamaxtitlán gana amparo contra concesiones mineras

Determina que las concesiones reclamadas son ilegales, por haberse violado el derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado.

La Comunidad Nahua de Tecoltemi, en Ixtacamaxtitlán, Puebla, ganó un juicio de amparo en contra de la Secretaría de Economía por haber entregado dos concesiones mineras sobre su territorio sin consulta ni consentimiento.

En un comunicado, Fundar explicó que el juicio también fue interpuesto por la comunidad contra el Congreso de la Unión y la Presidencia de la República por haber emitido diversos artículos de la Ley minera cuyo contenido es contrario a los derechos de los pueblos indígenas y ejidos reconocidos en tratados internacionales y en la Constitución.

En su resolución, el Juzgado concede a Tecoltemi el amparo y protección de la justicia, reconociendo no solo la violación al derecho a la consulta, sino también al consentimiento previo, libre e informado, y determinando que las concesiones mineras, cuya titular es la canadiense Almaden Minerals, “devienen ilegales, porque fueron otorgadas sin tomar en cuenta la opinión de la comunidad indígena afectada”.

Debido a esa ilegalidad, el Juzgado ordena a la Secretaría de Economía declararlas insubsistentes y dar una nueva respuesta a la empresa respecto de su solicitud original de concesiones, teniendo presente que se trata de territorio indígena..

La autoridad judicial reconoce en su resolución que Tecoltemi tiene carácter indígena y que por ello cuenta con una protección jurídica específica, señalando que, con base en lo establecido por la Constitución y el Convenio 169 de la OIT, basta que la comunidad se auto adscriba al Pueblo Nahua para que se le reconozca tal calidad y protección.

En este sentido, el Juzgado rechaza las afirmaciones de la empresa minera, quien de manera reiterada aseveró durante el juicio que en el municipio de Ixtacamaxtitlán, afectado por las dos concesiones, no existe población indígena.

El juzgado estableció que el Congreso de la Unión ha incumplido con su obligación de adecuar la Ley Minera para incorporar en ella el derecho a la consulta y al consentimiento previo libre e informado.

En este sentido, la autoridad judicial señala que el poder legislativo ha incurrido en una omisión legislativa relativa, que genera una  situación inconstitucional.

La sentencia fue dictada por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa, de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, el pasado 11 de abril y está sujeta a impugnación por cualquiera de las partes involucradas en el juicio.

 

Fuente:https://www.poblanerias.com/2019/04/comunidad-de-ixtacamaxtitlan-gana-amparo-contra-concesiones-mineras/?fbclid=IwAR3hiREvoY9igt0AONlE1f6l3KlEwYAthfmi5GhHv5rIVFtGrR2RsyLxy-g