Máximo Tribunal estimó que la reclamante debió apelar al fallo y no recurrir de casación.
Por cuatro votos contra uno, la Tercera Sala de la Excma. Corte Suprema rechazó el recurso de casación interpuesto por la Sra. Ana Stipicic en contra de la sentencia del Tribunal Ambiental de Valdivia, que rechazó la reclamación presentada contra la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que aprobó un Programa de Cumplimiento (PdC) presentado por Minera Invierno S.A. y Portuaria Otway Ltda.
El fallo de la Excma. Corte concluyó que no correspondía, en este caso, el recurso de casación, sino que se debió recurrir ante la I. Corte de Apelaciones de Valdivia, la cual es competente para conocer las acciones tendientes a revisar las decisiones del Tribunal que impiden la continuación del proceso. El Máximo Tribunal consideró, además, que la resolución que aprobó el PdC no era reclamable ante el Tribunal Ambiental, porque constituía un acto trámite, y no un acto administrativo que pusiera término al procedimiento administrativo sancionatorio.
En esta causa, la reclamante pretendía dejar sin efecto la decisión de la SMA de aprobar el PdC de Mina Invierno, mediante el cual la empresa busca regularizar incumplimientos a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto minero que se emplaza en Isla Riesco, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
La sentencia de la Excma. Corte Suprema fue pronunciada con el voto a favor de los Ministros Sra. María Eugenia Sandoval, Sr. Arturo Prado y los abogados integrantes Sr. Pedro Pierry y Sr. Julio Pallavicini; y el voto en contra del Ministro Sr. Sergio Muñoz, quien estuvo por acoger el recurso de casación -pues a su juicio era irrelevante que el acto reclamado fuere de trámite-, y dejar sin efecto la aprobación del PdC resuelta por la SMA.
Fuente:https://3ta.cl/corte-suprema-confirmo-sentencia-del-tribunal-ambiental-de-valdivia-por-proyecto-mina-invierno/