Maldonado dijo que las cooperativas, deben obligatoriamente contar con el Número de Identificación Minera (NIM) para comercializar oro, sin embargo se constató que las denunciadas no están registradas en el Sinacom.
senarecom-383794-34BC Jhonny Maldonado, director del Senarecom. Foto:ANF
La Paz, 8 febrero (ANF).- El Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom) deslindó a la Autoridad Jurisdiccional de Administración Minera (AJAM), la responsabilidad de establecer los tipos penales en las que estarían incurriendo las cooperativas mineras en el cantón Arcopongo del municipio de Inquisivi, por avasallamiento y explotación ilegal del oro.
El director del Senarecom, Jhonny Maldonado mediante una respuesta escrita afirmó que esta entidad, una vez que conoció de las denuncias de avasallamiento y explotación ilegal de oro en Inquisivi, dispuso un equipo técnico para que se constituya en el área señalada, con la finalidad de verificar las probables actividades de comercialización ilegal de oro en el municipio paceño.
“Producto del avasallamiento o explotación ilegal, los resultados de dicha inspección, más los antecedentes de la misma fueron puestos en conocimiento de la AJAM considerando la atribución otorgada por el artículo 40 de la Ley 535 con relación al avasallamiento y explotación ilegal denunciados, que son condición indispensable (Sine qua non) para que se configure el tipo penal de venta y compra ilegal de minerales”, señaló.
Consultado si las cooperativas denunciadas cuentan con autorización para comercializar oro, Maldonado respondió que “de acuerdo a lo previsto en el artículo sexto del decreto supremo 29165 los productores mineros y comercializadores entre estos las cooperativas, deben obligatoriamente contar con el Número de Identificación Minera (NIM), sin embargo se constató que “no existen registros de comercialización de las cooperativas mencionadas en el Sinacom”.
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