No podemos sino condenar en la forma más enérgica posible el acuerdo al que llegaron algunos senadores de la Concertación con el gobierno, en el que prorrogan por 6 años la actual e ilegítima invariabilidad tributaria.
Si bien podría entenderse que el año 2005 hayan aprobado la actual invariabilidad tributaria, ya que era muy difícil que parlamentarios de la Concertación rechazaran un proyecto de ley presentado por el gobierno de la Concertación, pero ahora no puede existir ninguna razón que permita justificar que parlamentarios de la Concertación aprueben la lesiva, injusta, inicua, ilegítima e inconstitucional prorroga de la invariabilidad tributaria del un proyecto de modificación del royalty, presentado esta vez por un gobierno de derecha a instancias de las mismas transnacionales mineras.
Y lo peor de todo es que estos senadores de la Concertación, llegan a este acuerdo con un gobierno de derecha, un día 6 de octubre, al día siguiente de cumplirse 22 años del histórico triunfo del NO, día en que se derrotó a la dictadura, es decir a la derecha que hoy está en el gobierno.
Este proyecto de prórroga de la invariabilidad tributaria es tan inicuo y lesivo a los intereses nacionales, que ya por esta sola razón es inconstitucional, puesto que el artículo primero de Constitución, establece la obligación para el Estado de procurar la satisfacción del bien común, en virtud de lo cual el legislador no puede aprobar leyes o tratados internacionales que puedan estimarse lesivos al bien común y a los intereses generales de la Nación. El proyecto de ley de modificación de royalty, presentado por el gobierno y aprobado por senadores de la Concertación, al otorgar otros 6 años de invariabilidad tributaria a las empresas mineras, lesiona gravemente los intereses generales de la Nación, y por ende es inconstitucional.
El daño al bien común deriva de lo siguiente: El año 2017 se pone término a la actual invariabilidad tributaria, por lo que a partir del año 2018, a estas empresas se les puede legalmente aplicar una VERDADERA REGALIA MINERA, que, según las diferentes proposiciones parlamentarias que ya han circulado, podrían situarse entre el 10 y 20% de las ventas. Con regalías en estos porcentajes sobre las ventas, si tomamos en consideración el actual precio del cobre, cuyo promedio mensual en septiembre 2010 fue de 3,5 dólares la libra, y con una producción actual de estas empresas, de alrededor de 3,8 millones de toneladas de cobre, sin considerar otros minerales, el valor de esas ventas alcanzaría los 27 mil millones de dólares, tomando en consideración el descuento por fundición y refinación en el exterior de todo lo que se exporta como concentrados. Esto significa que la regalía minera podría situarse entre los 2.700 y los 5.400 millones de dólares anuales. Esto significa que en los 6 años de la prórroga de la invariabilidad tributaria el Fisco dejaría de percibir entre 16 mil y 32 mil millones de dólares, que irían en beneficio directo de las mineras extranjeras.
Pero este proyecto adolece también de otras inconstitucionalidades tanto de fondo como de forma. En lo formal, transgrede el inciso séptimo del N° 24 del art. 19 de la Constitución, que establece que los derechos y obligaciones de los concesionarios mineros, solo puede efectuarse por ley orgánica constitucional, y por esta razón, el primer proyecto de royalty que presentó el presidente Lagos el año 2004, fue por ley orgánica constitucional y fue rechazado porque la derecha no dio el quórum de cuatro séptimos de diputados y senadores en ejercicio.
Por ello el segundo proyecto de royalty, el de la actual Ley 20.026, el Presidente Lagos lo presentó como ley tributaria ordinaria, proyecto que por esta razón era inconstitucional, pero en esa ocasión no se pudo presentar un requerimiento al Tribunal Constitucional porque no había disposición entre los parlamentarios de la Concertación para oponerse a un proyecto de un gobierno de la Concertación. Pero ahora es diferente, se trata de un proyecto de un gobierno de derecha, que es lesivo a los intereses nacionales, y por ello es perfectamente factible que 30 diputados o 10 senadores de la Concertación apoyen la presentación de un requerimiento al Tribunal Constitucional, y hagan fracasar este lesivo proyecto de ley.