La Puya que Viva
Guatemala

Comunidades de La Puya logran suspensión de licencia minera de una empresa norteamericana

La Puya que VivaHoy es un día de alegría pues los comunitarios de la resistencia pacífica “La Puya“ a través de sus Alcaldes comunitarios lograron que un Tribunal de amparo resolviera a su favor y que se suspenda la licencia de construcción del proyecto minero PROGRESO VII DERIVADA mina El Tambor de la empresa norteamericana Kappes Kassiday & Associates KCA – EXMINGUA.

Este amparo había sido puesto contra la municipalidad de San Pedro Ayampuc por los Alcaldes comunitarios de las comunidades El Guapinol y El Carrizal, con el apoyo de la Asociación de Abogados Mayas.

Por lo que el Juzgado tercero del ramo civil ordena al Concejo Municipal del Municipio de San Pedro Ayampuc suspender actividades de construcción de proyecto minero Progreso VII derivada, también ordena que se realice la consulta de vecinos.

“Por tanto: Este juzgado, constituido en Tribunal de Amparo, con base en lo considerado y leyes citadas, al resolver DECLARA: I) OTORGA la acción constitucional de amparo, promovida por VIDAL DIAZ MORALES Y MARIO DE JESUS CAMEY LLAMAS, quienes actúan en calidad de Alcalde Auxiliar de la Aldea Guapinol y de Alcalde Auxiliar Segundo de la Aldea El Carrizal, respectivamente, del Municipio de San Pedro Ayampuc, departamento de Guatemala, en consecuencia: se restablece en si situación jurídica a los amparistas y en virtud de ello: a) se conmina el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO AYAMPUC, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA, para que dentro del plazo de QUINCE DIAS, realice todas las actividades y acciones que estén acorde a sus funciones, para detener los trabajos de construcción del Proyecto Minero Progreso VII Derivada, propiedad de la entidad Exploraciones Mineras de Guatemala, Sociedad Anónima y defender los intereses de las comunidades el Guapinol y El Carrizal. Este plazo corre a partir de que esté firme la presente sentencia.; b) Se ordena la suspensión de las actividades de construcción de la infraestructura del Proyecto Minero Progreso VII Derivada, propiedad de la entidad Exploraciones Mineras de Guatemala, Sociedad Anónima, en tanto se resuelva la consulta de vecinos y se obtenga la autorización y aprobación del Concejo Municipal de San Pedro Ayampuc del departamento de Guatemala. C) se ordena a la autoridad denunciada cumpla con el artículo 151 del código municipal, siguiendo el procedimiento que corresponda; II) CERTIFIQUESE lo conducente al ministerio publico, a efecto realice la investigación que procede, para establecer la comisión de los ilícitos penales, en virtud de acta numero 45-2011 del código municipal de San Pedro Ayampuc, departamento de Guatemala».