Fuente: Boletin minero 110
Cooperaccion
junio 2008
La Comisión de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República, acaba de presentar un informe que aborda el tema de la legalidad de la empresa en territorios de las comunidades de Yanta y Segunda y Cajas en la sierra de Piura.
Entre las principales conclusiones y recomendaciones a las que llega la comisión, podemos citar que: – De acuerdo al informe Nº 001-2006/ASPMA-MA de la Adjuntía para los Servicios Públicos y el Medio Ambiente de la Defensoría del Pueblo, se concluye que la empresa minera Majaz (ahora Río Blanco Copper S.A) no cumplió con los requisitos exigidos en la Ley Nº 26505, Ley de Promoción de la Inversión Privada, y la Ley Nº 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, sobre la autorización de los propietarios del terreno superficial, en este caso las Comunidades Campesinas de Yanta y Segunda y Cajas de las provincias de Ayabaca y Huancabamba respectivamente. – Las concesiones otorgadas a otras empresas mineras en torno al proyecto Río Blanco consolida la idea en los pobladores organizados en el Frente de Desarrollo Sostenible de la Frontera Norte que se empieza ha constituir un “Distrito Minero” en sus territorios, variable que contribuye al incremento del conflicto social y el rechazo a la actividad minera por el peligro de contaminación del medio ambiente.
– El conflicto entre las Comunidades y la empresa Minera Rió Blanco Copper S.A (ex Majaz) se ha extendido a un gran sector de la población y organizaciones públicas y privadas de la Región Piura, ocasionando conflictos sociales y violencia física entre los que apoyan una explotación minera y los que consideran este incompatible con el modelo de desarrollo basado en la agroindustria de exportación, consumo interno, ganadería y turismo.
– La empresa Minera Rió Blanco Copper S.A (ex Majaz), en su fase exploratoria ha incumplido con las normas de Seguridad e Higiene Minera y de Conservación y Protección del Ambiente, como lo señala la Resolución de Gerencia General Nº 444-2008-1-OS/gfm del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, de fecha 23 de febrero del 2008.
– Existe una controversia jurídica sobre la presencia de la empresa Minera Rió Blanco Copper S.A (ex Majaz) en los territorios de las Comunidades Campesinas de Yanta y Segunda y Cajas, entre la Adjuntía para los Servicios Públicos y el Medio Ambiente de la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Energía y Minas.
– Las Consultas Vecinales realizadas en los Distritos de Ayabaca, Pacaipampa y Carmen de la Frontera, en las que participó la Comisión de Pueblos Andinos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República como observador, dio como resultado que más del 94% de la población electoral no acepte incorporar la actividad minera en su opción de desarrollo sostenible.
El informe también recomienda que considerando que la Defensoría del Pueblo y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP han observado que no existe el permiso expreso de las Comunidades para la fase de exploración del proyecto minero Río Blanco, se recomienda que el Ministerio de Energía y Minas revise la legalidad de estas actividades y aplicar las sanciones administrativas, así como el inicio de las acciones judiciales que correspondan de acuerdo a la normatividad que establece el Estado peruano.
Igualmente se solicita que el Ministerio de Energía y Minas defina una fecha concreta para la finalización de los trabajos de cierre de operaciones en la fase de exploración que el Proyecto minero Río Blanco viene ejecutando hasta la fecha.